Escuelas Del Derecho Romano
caguilar7 de Julio de 2014
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INTRODUCCION
LAS ESCUELASDEESTUDIODELDERECHOROMANO
Para hablar de las escuelas jurídicas de Roma debemos necesariamente
remontarnos a la época clásica del derecho romano; justo al comienzo de esta
etapa nos encontramos con dos personajes característicos de la jurisprudencia
romana M. ANTISTIO LABEON, Y C. ATEIO CAPITON, estos dos marcaron el
inicio en Roma de discusiones y controversias jurídicas y algunos llegan a
considerar que n stricto estudio estos fueron los primeros juristas de la época
porque ellos estudiaban las leyes de la época como fueron las XXII tablas o el
derecho pretoriano y discutían alrededor de ellas.
Como vemos en la época clásica se libraron fructuosas discusiones jurídicas
que enriquecieron el derecho en ese período y de allí nacieron las escuelas
SABINIANOS y PROCULEYANOS, los primeros liderados por Masuro Sabino,
conocido por su famoso sucinto manual de derecho civil, de allí la
denominación que reciben, también sobresalen en ésta escuela Cassius
Longinus, Salvio Juliano y más tarde Gayo, y la otra (Proculeyana),
encuentra su mayor exponente en PROCULO, del que no se conoce mucho y
en Casio Nerva colaborador de Tiberio, Celsos, los Nervas, Pegaso y
Nerascio Prisco. Las escuelas eran agrupaciones de juristas ya hechos y de
juristas en carrera cultivando cada una de ellas diferentes tradiciones jurídicas,
de ahí que se exprese que sean muchos los puntos controvertidos por parte de
los juristas de una u otra escuela. Por ejemplo mientras los Proculeyanos
afirmaban que se era persona al momento que el bebé llorara los Sabinianos
afirmaban que no que era cuando el nacido diera cualquier muestra de vida
(respirar por ejemplo), pero ambas coincidían en que el principio de la
existencia era al nacer. De tal manera que, hacer un estudio punto por punto
los innumerables postulados discutidos por estas fabulosas escuelas ería
materia de un estudio específico; sin embargo debemos resaltar que estas
escuelas fueron de vital importancia durante este tiempo y que por ende
trascienden en la historia. ESCUELA HUMANISTADELDERECHO
Humanista: fundada en el siglo XVI, investigan el Derecho desde una visión
histórica, llevando una crítica de interpolaciones, desde 4 criterios:
• Criterio Filológico: comparan el lenguaje empleado en los textos.
• Criterio Histórico: comparan los textos para ver si son del siglo II o IV.
• Criterio Lógico: comparan los textos para ver si el jurista se contradice.
• Criterio Textual: comparan un texto del Digesto con otro de cualquier
autor para ver si es un texto original.
• Racionalista: fundada en el siglo XVII y XVIII, considera al Derecho
como un Derecho natural que viene de la razón humana.
El Humanista Jurídico: Mos Gallicus.- La época del renacimiento generó
juristas que apoyaban el regreso al derecho romano antiguo, inclusive
proponían regresar a las fuentes antiguas del derecho, Cuyacius publica la
Consultatio veteris cujusdam jurisconsulti y uno de sus alumnos la Collatio, en
1534 Viglius publica la Paráfrasis de Teófilo a las Instituciones de Justiniano y
Fabrot hace en esta época una traducción latina de las Basílicas. Además se
analizan varios contratos y testamentos antiguos.
Esta tendencia no floreció en Italia donde estaba arraigada la tradición de los
posglosadores nacionales, sino que encontró su hogar en Francia,
especialmente en la Universidad de Bourges.
Los primeros
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