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Estatuto del centro de estudiantes (CEIFDBV)

fsdybnxxTutorial21 de Noviembre de 2013

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[ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES (CEIFDBV)]

ESTATUTO del CENTRO de ESTUDIANTES.

TITULO I

DENOMINACION, PROPÒSITOS y OBJETIVOS

Artículo1°: Con la denominación del CENTRO DE ESTUDIANTES del INSTITUTO DE FORMACION DOCENTE BELLA VISTA (CEIFDBV), se constituye en una asociación civil sin fines de lucro con domicilio en el Instituto De Formacion Docente- sito en Entre Rios y La Rioja, en la ciudad Bella Vista, Provincia de Corrientes, Argentina.

Artículo 2°: Principios, propósitos

El CEIFDBV sustenta los siguientes principios:

AUTÓNOMIA: de manera relativa ya que está regido por su propia normativa pero, a la vez, esta se encuadra en marcos legales más amplios como son los institucionales, Jurisdiccionales y nacionales.

DEMOCRACIA Busca representar fielmente la voluntad e intereses del alumnado, en cuanto a la toma de decisiones y, en el sustento de prácticas de resolución pacífica de conflictos.

PARTICIPACION: Por cuanto promueve la participación en todas las instancias, de todos y todas los estudiantes; desde donde el Centro se nutre de fuerzas y capacidades transformadoras.

SOLIDARIDAD: Por la propia esencia del Centro que no se entiende sin el sentido de lo colectivo conformado desde el compromiso, la responsabilidad y la participación, que se extiende más allá de las fronteras de la Institución para comprometerse con la comunidad de la que proviene.

Son sus propósitos:

Estimular la participación estudiantil en la gestión institucional, mediante una acción responsable y comprometida producto de un proceso gradual, desarrollado dentro del marco normativo vigente, actuando como un cuerpo representativo que brinde a los alumnos y alumnas la posibilidad de ser protagonistas, responsables y de participar democráticamente junto con los otros componentes de la comunidad educativa en el que hacer institucional.

Artículo 3°: Son objetivos de este Centro de Estudiantes:

• Posibilitar diversos modos de participación que permitan el aporte de los estudiantes a la gestión institucional.

• Promover la participación activa y la inserción democrática de los alumnos y alumnas en la propia organización y en el proceso de mejora continua de la calidad educativa.

• Desarrollar actitudes de servicio hacia la comunidad, basadas en la solidaridad, la cooperación, la lealtad y la justicia que favorezcan la convivencia institucional.

• Institucionalizar las prácticas de los procedimientos adecuados para el ejercicio del derecho a participar.

• Fomentar el ejercicio de los valores solidarios y el respeto por los principios democráticos.

• Promover el desarrollo de acciones de extensión del nivel superior aportando el saber y el servicio a la comunidad.

• Fomentar el acercamiento e integración de todos los componentes, para enriquecer el intercambio y la interacción de experiencias participativas de distintos órdenes: Cultural, político, social, deportivo, de recreación, etc.

• Defender y conquistar una educación pública, gratuita, laica, científica y de calidad para todos los estudiantes, tomando las acciones que estén a su alcance para lograrlo

• Construir canales de diálogo y encuentro con otros Centros de Estudiantes estableciendo actividades en conjunto, pudiendo pertenecer a una o más federaciones con los mismos, siempre y cuando éstas no sean incompatibles con los criterios acordados por nuestro cuerpo estudiantil. En dichos espacios se tratará de generar vínculos, que fortalezcan el espíritu de solidaridad y conciencia crítica, entramando la realidad de nuestra institución con la realidad social e histórica de nuestro país y del mundo.

• Propiciar el diálogo y la compresión con las autoridades del instituto, no perdiendo ni la firmeza, ni las posiciones, que se adopten a la hora de elevar los reclamos.

• Asumir posturas abiertas a las críticas con capacidad para rectificar y ratificar sus acciones cuando se considere necesario.

TITULO II

DEL CONSEJO DE DELEGADOS (CDD)

Artículo 4°: Integrantes:

Estará integrado por los Delegados y Co-Delegados de todos los cursos y carreras. En cada edificio en el que funcionen carreras, anexos o extensiones del Instituto de Formacion Docente.

Artículo 5: Funcionamiento

Inc. a): El Consejo de Delegados (CDD), se reunirá por lo menos una vez por bimestre para revisar parcialmente las acciones del Centro de Estudiantes, o convocarse o, ser convocado para trabajar algunas temáticas que se consideren necesarias.

Inc. b): El Consejo de Delegados (CDD), podrá ser autoconvocado, convocado por el presidente del CEIFDBV o, la mitad mas uno de los integrantes del Centro, o por la Coordinación de Políticas Estudiantiles. En tales casos las reuniones serán coordinadas por el organismo convocante.

TITULO III

DE LA COMISION Y LA MESA DIRECTIVA

Artículo 6º: Conformación y funcionamiento del CEISG

Inc. a): Condiciones para integrar el CEISG

• Ser alumno/a regular del Instituto de Formacion Docente.

• Ser respetuoso/a de la diversidad y de la dignidad humana que se expresa en el trato y consideración hacia el “otro”.

• No poseer sanciones disciplinarias en el año en curso.

• No practicar actividades partidarias, como integrante del Centro, o en su nombre, independientemente que, en lo personal, esto no tenga incompatibilidad.

Inc. b): Integrantes: La Comisión Directiva estará integrada por:

1. Presidente/a.

2. Vicepresidente/a

3. Secretario/a General y de Organizacion

4. Secretario/a de Finanzas

5. Secretario/a de Actas.

6. Secretario/a de Apuntes

7. Secretario/a de Extension Institucional y Cultural

8. Secretario/a de Asuntos Estudiantiles y Relaciones Institucionales

9. Secretario/a de Prensa y Difusión.

10. Secretario/a de Bienestar Estudiantil y Acción Social

11. Secretario/a de Deportes y Recreación

Inc. c): cómo se eligen: Los integrantes de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes se elegirán por representación de las mayorías, mediante el voto de los alumnos y alumnas regulares y libres del Instituto. Serán electos mediante voto único secreto, universal y obligatorio.

Inc. d): vacantes: Las vacantes que se produzcan en la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes serán cubiertas por designación y acuerdo de los demás miembros de dicha Junta.

Inc. e): estabilidad en los cargos: Durarán 2 (dos) años en sus mandatos y podrán ser reelectos consecutivamente, por única vez, teniendo que esperar un período para presentarse nuevamente a un tercer mandato. Podrán ser removidos por mal desempeño en sus funciones; o incumplimiento de tareas o de cualquiera de los enunciados de este marco normativo.

Los cargos a los que se accede importan más un compromiso antes que algún tipo de privilegio, por lo tanto sus conductas no debe contrariar los principios que son la base de este estatuto, pudiendo ser relevados de sus cargos por incumplimiento de sus obligaciones. La solicitud de relevo puede ser presentada por la mayoría simple de los integrantes de la comisión directiva del centro de estudiantes (CEIFDBV) o el cuerpo de delegados (CDD).

Inc. f): motivos de baja

• Renuncia

• Pérdida o abandono de su condición de alumno regular.

• Remoción o destitución.

• Expulsión del establecimiento.

• Ser sancionado en la Institución o, por un organismo público durante el ejercicio de sus funciones.

• Celebrar acuerdos con personas o instituciones, de manera personal, en nombre del IFD o del CEIFDBV, sin el conocimiento y consentimiento previos de los mencionados.

Inc. g): reuniones: Se reunirán en sesiones ordinarias, por lo menos, cada 15 días; y extraordinarias, las veces que se consideren necesarias. El lugar de reunión será el que, por necesidad, se designare. Los días de reunión ordinaria deberán ser acordados con cinco (5) días de anticipación, convocados por el Presidente o, la mitad más uno de la CD. Todo miembro que faltare a tres reuniones consecutivas sin que mediara causa justificada o sin previo aviso, será interpelado por incumplimiento de funciones.

• Las reuniones de Comisión Directiva serán abiertas y todo alumno tendrá derecho a participar con voz pero sin voto.

• Para sesionar, el quórum necesario será el de mayoría simple (mitad más uno). y las sesiones ordinarias se realizarán una vez cada quince días como mínimo, rotando el horario para que todos los turnos del instituto tengan la posibilidad de participar.

• El Presidente tiene la obligación de asistir a las reuniones ordinarias, así como también el Secretario General y el Secretario de Finanzas.

• Si la propia comisión directiva o el Cuerpo de Delegados lo creen necesario la comisión directiva puede realizar reuniones extraordinarias y/o en conjunto con el cuerpo de delegados.

• La Secretaría General llevará un registro de las sesiones en un libro de actas en los que se rubricará con la firma de los miembros presentes en cada reunión las resoluciones de las mismas, o la nulidad de las reuniones por falta de quórum u otros motivos que deberán constar en el acta.

Artículo 7º: Mesa directiva: Para los casos de emergencia funcionará la Mesa

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