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Fondo De Ahorro Obligatorio Para La Vivienda


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  1.059 Palabras (5 Páginas)  •  874 Visitas

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Introducción:

El Fondo de Ahorro Obligatorio está establecido en el capítulo III, Título III, de la Ley de Vivienda y Hábitat promulgada mediante el decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley (Ley Habilitante 2008) y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el 31 de julio de 2008. El FAOV reemplaza la figura del Ahorro Habitacional Obligatorio establecido en la drogada Ley de Política Habitacional.

El aporte total para el fondo será el tres por ciento (3%) del salario integral de cada mes, del cual un tercio (1/3) será aportado por el trabajador y dos tercios (2/3) serán aportador por el patrono. El patrono esta obligado por la ley a retener estos montos y depositarlos antes del quinto día hábil de cada mes en la cuenta de cada trabajador

Uno de los mayores beneficios laborales que tienen las trabajadoras y trabajadores venezolanos es el ahorro habitacional, mediante el cual pueden acceder a planes hipotecarios para adquirir su vivienda principal, o para sustituir, remodelar y ampliar el inmueble en el que habitan con su familia.

Fondo De Ahorro Obligatorio Para La Vivienda (F.A.O.V)

El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro – individual y patronal – equivalente al 3% del salario integral mensual de los empleados (2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador) y por la recuperación de los créditos ya otorgados. Este fondo permite a los trabajadores el acceso progresivo a créditos para la compra de vivienda principal. El pago de este aporte debe realizarlo el patrono los primeros cinco días de cada mes, a través de una institución financiera calificada por el BANAVIH.

Quienes pueden ser ahorristas del F.A.O.V:

Todos aquellas y aquellos trabajadores (as) bajo la relación de dependencia. El aporte debe corresponde al 3% de su salario integral.

Requisitos mínimos que debe reunir una persona para solicitar un crédito:

Ser venezolano(a) o extranjero(a) residente en Venezuela por más de 5 años. Ser aportarte del FA.O.V, tener un mínimo de 12 aportes y no poseer vivienda propia.

Quien Administra los recursos del F.A.O.V:

El banco nacional de vivienda y habitad (BANAVIH) es el organismo administrador del F.A.O.V y encargado de garantizar la veracidad y la información oportuna de tus aportes.

Ventajas:

*Las empresas y los trabajadores tienen a su disposición una herramienta que simplifica y agiliza los trámites asociados al pago de los aportes.

*Permite a los empleadores obtener un estad de cuenta electrónico. Este documento será tu solvencia del F.A.O.V para cualquier trámite que desees realizar.

*la cancelación de los aportes puede realizarse ante cualquier operador financiero calificado por BANAVIH.

*las empresas que administren 2 a mas nominas, pueden cargarlas e identificarlas con un numero de afiliación.

*La afiliación y todos los trámites para la cancelación del F.A.O.V pueden hacerse vía electrónica, sin tener que acudir a la sede el BANAVIH.

Cálculo Del Aporte Al F.A.O.V Es Sobre Salario Integral Mensual De Los Trabajadores

La nueva

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