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Genealogía de la Justicia Transicional-Teitel Rug


Enviado por   •  21 de Febrero de 2019  •  Ensayos  •  1.431 Palabras (6 Páginas)  •  144 Visitas

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Pontificia Universidad Javeriana

Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

Posconflicto y Reconciliación

David Aponte

Isabela Bocanegra


Genealogía de la Justicia Transicional-Teitel Rug

El texto inicia con una definición básica de la justicia transicional, que suele pensarse como una justicia asociada a períodos de cambio político, caracterizados por respuestas legales, que se encarga de enfrentar los crímenes cometidos por regímenes represores anteriores. Así mismo, la genealogía que entabla, demuestra que existe una relación cercana entre el tipo de justicia que persigue esta emergente, con las restricciones políticas relevantes del contexto al que pertenece. Con el tiempo, se ha llegado a la conclusión que el discurso de esta justicia busca preservar un Estado de derecho mínimo que se identifique, así mismo, con la conservación de la paz. Esto me remite al documental La Negociación, en la que resonaba la frase, por parte de un abogado, que decía: la paz no cabe en un modelo de justicia penal.

En el imaginario colectivo, la justicia transicional nos remite directamente a los Juicios de Nüremberg, para tratar los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial, pero de hecho, sus orígenes se remiten a la Primera Guerra. Lo característico de los procesos posteriores a la Segunda Guerra, es que la justicia transicional pasa a ser entendida como extraordinaria e internacional, ya que afectó a todo el continente europeo.

Así, el texto divide a la genealogía en 3 fases: primera, el período en la posguerra; segunda, la ola de transiciones hacia la democracia y modernización que inicia en 1989 y la tercera, el conflicto persistente que construye las bases para establecer como normal un derecho a la violencia.

Dando comienzo con la primera fase, el texto indica algo de suma importancia. Durante los Juicios de Nüremberg, se observa el éxito de la justicia transicional en el derecho internacional, pero existe un factor interesante que complejiza el panorama y es que existían unas condiciones excepcionales en este período, como la debilidad y agotamiento extremo de Alemania, que favoreció la construcción y reconstrucción de los Estados. Estos juicios, sin embargo, superan los precedentes de la penalización de crímenes en el derecho internacional y sentó las bases para la regulación, reglamentación y penalización de los crímenes de guerra y las violaciones a los derechos humanos.

Durante la primera fase, el objetivo se cernía sobre establecer los límites de la guerra justa e injusta y trazar parámetros para castigos justificables impuestos por la comunidad internacional. Quedaba claro que la justicia punitiva de la Primera Guerra había desencadenado la Segunda Guerra, entonces, se trató de evitar procesamientos a nivel nacional, es decir, penalizar a un país completo. Así, se buscó la responsabilidad criminal del liderazgo del Tercer Reich a nivel internacional. Aunque se buscaba la determinación de responsabilidades, no deja de sorprender que la extensión de la aplicabilidad del derecho internacional se desplegaría hasta el individuo. Posterior a la Segunda Guerra, se observa un apogeo en la justicia internacional, reflejándose en respuestas internacionalistas como garantía del Estado de Derecho. Por último, la justicia internacional se materializó en forma de convenios, tratados, convenciones y consignas constitucionales, que tomaban al derecho cómo un instrumento de modernización del Estado.

En la segunda fase, durante las últimas dos décadas del siglo XX, hubo un auge de transiciones políticas, siendo el colapso de la Unión Soviética el más significativo. Aquí, a nivel mundial, los países buscaron democratizarse y se consolidó el período de posguerra fría. Según el texto, la ola liberalizadora comenzó con las transiciones a la democracia de los países en dictadura en Suramérica, a finales de los setenta y comienzo de los ochenta. Estos conflictos locales, en el Cono Sur, Centroamérica y Europa del Este, fueron apoyados por alguna de las caras del sistema bipolar. Como parte del proceso de modernización y de la constitución del Estado de derecho, los países fueron equiparados con someter a un proceso criminal a los inculpados, para legitimar el nuevo régimen y potenciar la reconstrucción de la nación. Aunque no hubo fallos a nivel internacional en esta etapa, el derecho internacional desempeñó un rol constructivo, que le brindaba al Estado de derecho una guía a los juicios nacionales en países en transición. Así, se crea una sensación de continuidad y consistencia en el Estado de derecho, por tener un respaldo transnacional. A este modelo se le asocia una teoría del perdón y la reconciliación, proveniente de la ética, la medicina y la teología, que profería la amnistía para alcanzar la reconciliación.

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