Glosario Economía Solidaria
Enviado por lilianachitiva • 24 de Abril de 2015 • 2.187 Palabras (9 Páginas) • 409 Visitas
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
GLOSARIO
ECONOMÍA SOLIDARIA
INDICE
- Actividad financiera
- Acto cooperativo
- Acuerdo cooperativo
- Acuerdo cooperativo de trabajo asociado
- Administraciones públicas cooperativas
- Asamblea General
- Asistencialismo
- Asociaciones mutuales
- Cones
- Compensaciones
- Cooperativas financieras
- Cooperativas de ahorro y crédito
- Control
- Consejo de administración
- Cooperativa
- Cooperativas de usuarios o de servicios a los asociados
- Cooperativas especializadas
- Cooperativas integrales
- Cooperativas multiactivas
- Cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Dansocial
- Economía Solidaria
- Entidades promotoras
- Especialización de la actividad financiera
- Estatutos
- Fondos de empleados
- Inspección
- Instituciones auxiliares del cooperativismo
- Mutualismo
- Niveles de supervisión
- Precooperativas
- Sector cooperativo
- Sin ánimo de lucro
- Supersolidaria
- Supervisión
- Trabajo asociado cooperativo
- Vigilancia
- Actividad financiera
Captación de depósitos, a la vista o a término de asociados o de terceros para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados o de terceros. Solamente las cooperativas financieras podrán prestar sus servicios a terceros no asociados. Artículo 39 – Ley 454 de 1998.
- Acto cooperativo
Son los actos realizados entre sí por las cooperativas, o entre éstas y sus propios asociados, en desarrollo de su objeto social. Artículo 7º - Ley 79 de 1988.
- Acuerdo cooperativo
Contrato que se celebra por un número determinado de personas, con el objetivo de crear y organizar una persona jurídica de derecho privado denominada cooperativa, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y sin ánimo de lucro. Toda actividad económica, social o cultural puede organizarse con base en el acuerdo cooperativo. Artículo 3 - Ley 79 de 1988.
- Acuerdo cooperativo de trabajo asociado
Es el contrato que se celebra por un número determinado de personas, con el objeto de crear y organizar una persona jurídica de derecho privado, denominada cooperativa o precooperativa de trabajo asociado, cuyas actividades deberán cumplirse con fines de interés social y sin ánimo de lucro. Artículo 11 – Decreto 4588 de 2006.
Este acuerdo debe surgir de la manifestación libre y voluntaria de la persona natural que participa en la creación de la organización o que posteriormente se adhiere suscribiendo el acuerdo cooperativo correspondiente.
Este acuerdo obliga al asociado a cumplir con los estatutos, el régimen de trabajo y de compensaciones y el trabajo personal de conformidad con sus aptitudes, habilidades, capacidades y requerimientos en la ejecución de labores materiales e intelectuales, sin que este vínculo quede sometido a la legislación laboral.
- Administraciones públicas cooperativas
Empresas de servicios consideradas como formas asociativas del sector cooperativo que se caracterizan por ser de iniciativa de la Nación, los departamentos, las intendencias, las comisarías y los municipios o distritos municipales, mediante leyes, ordenanzas o acuerdos. Su objeto social es el de prestar servicios a sus asociados. Artículo 2- Decreto 1482 de 1989.
- Asamblea General
Es el órgano máximo de administración de las cooperativas y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados elegidos por éstos.
- Asistencialismo
Carácter empresarial de una organización en la que se busca el beneficio de terceros, como es el caso de las fundaciones de beneficencia y las asociaciones para ayuda de terceros.
- Asociaciones mutuales
Son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social. Artículo 2 – Decreto 1480 de 1989.
- Cones
Consejo Nacional de Economía Solidaria –Cones. Organismo que formula y coordina, a nivel nacional, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la Economía Solidaria. Artículo 21- Ley 454 de 1998.
- Compensaciones
Son todas las sumas de dinero que recibe el asociado, pactadas como tales, por la ejecución de su actividad material o inmaterial, las cuales no constituyen salario. Se deben establecer buscando retribuir de manera equitativa el trabajo, teniendo en cuenta el tipo de labor desempeñada, el rendimiento
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