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Griticas De Fugas De Gas

germayorlin14 de Octubre de 2014

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Objetivo

Conocidos son los diferentes tipos de peligrosidad de las substancias químicas (toxicidad, corrosividad, inflamabilidad ... ), pudiendo en una misma substancia concurrir varios de ellos. En particular, los gases licuados tóxicos encierran, además de la peligrosidad propia de su toxicidad, otros riesgos derivados de su almacenamiento a presión, pudiendo generarse liberaciones masivas al medio ambiente o efectos derivados de las sobrepresiones, aspectos éstos que pueden revestir singular gravedad. Existe reglamentación sobre aspectos relativos a las condiciones de seguridad en el almacenamiento de productos químicos, unos de carácter general como el RD 668/80 de 8 de Febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Productos Químicos y otros de carácter específico como la Instrucción Técnica Complementaria MIE-APQ-005 (Orden de 21 de Julio de 1992) en relación con dicho reglamento, referente al almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión, así como los relativos a productos concretos tales como el Cloro, Amoniaco y Oxido de Etileno. No existe, sin embargo, normativa específica que regule el almacenamiento de substancias tóxicas en general y de gases licuados tóxicos en particular. En base a ello y dada la especial peligrosidad de estos últimos, se ha considerado oportuno plantear en este documento una serie de medidas preventivas básicas a considerar en el diseño de estas áreas de almacenamiento, a fin de evitar y controlar el riesgo de fugas. Evidentemente, muchos de los criterios aquí apuntados han sido extraídos por extrapolación de la normativa vigente, así como de otras fuentes documentales exigibles en países de nuestro entorno.

No se contempla, sin embargo, en este documento, aquellas situaciones especiales de riesgo derivadas de la reactividad oinestabilidad química del gas licuado en cuestión. El objeto de la presente NTP lo constituye la exposición sintetizada de diferentes aspectos preventivos inherentes al control defugas en las áreas de almacenamiento de gases licuados de substancias tóxicas. Será asimismo objeto de consideración, los esquemas funcionales en dichas áreas, tanto en situaciones de normal actividad como en situaciones de disfunción operativa, considerando los posibles riesgos desde una doble perspectiva técnico-preventiva:l La toxicidad intrínseca de los gases. La posible inflamabilidad añadida de algunos gases al mezclarse con el aire

Criterios de toxicidad

Según la ITC-MIE-AP7 "Instrucción Técnica Complementaria

sobre botellas y botellones para gases comprimidos, licuados y disueltos

a presión", se entiende por gas licuado, aquel gas o mezcla de gases cuya temperatura crítica es mayor o igual a -10ºC. En la misma reglamentación, se define el gas tóxico como aquel cuyo límite de máxima concentración tolerable durante ocho horas día y cuaren ta semanales (TLV) es inferior a 50 p.p.m. (partes por millón)Cabe considerar otras reglamentaciones que aportan otros criterios de toxicidad.

Así, la Orden del 09.12.92 sobre "Reglamentación sobre Declaración de Substancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Substancias Peligrosas", establece como substancia tóxica aquella que posee una dosis letal CI-50 por inhalación - rata-4 hora,

entre 0,5 y 2 mg/l y muy tóxica cuando es menor de 0,5 mg/l.

El RD 886/888 sobre Prevención de Accidentes Mayores en determinadas actividades, establece como substancia muy tóxicala que tiene una concentración letal media, por inhalación (cuatro horas) en ratas, inferior o igual a 0.1 mg/l aire, así como aquella que, a

causa de sus propiedades físicas y químicas, pueda implicar riesgos de accidentes similares con concentraciones entre 0.1 y 0.5 mg/l aire. El referido RD 886/1988 considera como substancia tóxicaaquella cuyo CI-50 está comprendido entre 0,5 y 2 mg/l aire.

Independientemente de los criterios de clasificación expuestos, se hace necesario disponer de otros criterios de peligrosidad para intoxicaciones agudas tales como los IPVS (Indices inmediatamente peligrosos para la vida y la salud), los cuales se definen como las

concentraciones máximas expresadas en p.p.m. ó en mg/m

3, a las cuales, en caso de fallo o inexistencia de equipo respiratorio, se podría escapar en un plazo de 30 minutos sin experimentar síntomas graves ni efectos irreversibles para la salud. Tales IPVS aparecen recogidos como valores umbrales que afectan a los ámbitos físicos de las zonas de alerta e intervención en la Directriz Básica para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Químico (los valores IPVS se encuentran recogidos en la

NTP 292-

Concentración "inmediatamente peligrosa para la vida o la salud" (IPVS)

.Actualmente, se dispone de información precisa sobre los efectos agudos que en el ser humano provocan la exposición a algunas sustancias muy tóxicas tales como el cloro, sulfhídrico, amoníaco, etc. en función de la concentración ambiental de éstas y del

tiempo de exposición. Se recomienda, para el estudio de los efectos de una exposición a tales substancias, consultar la NTP 291- Modelos de vulnerabilidad de las personas por accidentes mayores- método Probit.

Comportamiento de los contaminantes

Para evaluar el riesgo de fugas de gases licuados tóxicos, es necesario conocer las características físicas del producto químico, las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento y las condiciones ambientales exteriores existentes en el momento de la fuga.

La densidad de la substancia es un dato de singular interés para prever el comportamiento en las etapas iniciales del escape. Los gases que , en condiciones normales, son más densos que el aire, tenderán a desplazarse hacia las zonas inferiores y si éstas están confinadas total o parcialmente, podrán generar graves riesgos al personal que allí se encuentre. Bien es cierto, que al cabo de un tiempo, en un espacio abierto, el gas se diluirá en el aire y quedará sujeto totalmente al movimiento que éste tenga.En otro orden de cosas, hay que destacar la diferente consideración que tiene un escape si éste tiene lugar en fase gaseosa o en fase líquida. Esta última, obviamente, representa una mayor gravedad por el mayor volumen de gas que libera. En tal sentido, resulta de capital importancia intentar que un escape en fase líquida se convierta, de resultar posible, en escape gaseoso.

Las condiciones de presión y temperatura, la fase en que se desarrolla el escape así como el tamaño del orificio son factores determinantes para evaluar el flujo másico de la emisión. Finalmente, las condiciones climatológicas (velocidad del aire, temperatura, humedad, etc.), serán factores ambientales asimismo decisivos en el comportamiento que va a tener el contaminante en el exterior, para poder estimar el correspondiente modelo de dispersión.

Independientemente del riesgo de toxicidad, no debe obviarse la posible formación de atmósfera inflamable, si de un gas inflamable además, se trata.

Características de las áreas de almacenamiento

El principio de agrupación por comunidades de riesgo, constituye la premisa básica que, en general, debe presidir las áreas de almacenamiento.

Las cantidades y diferentes clases de gases (inflamables, oxidantes, tóxicos corrosivos e inertes) y, consecuentemente, las distintas categorías de los almacenes, así como la tipología de los recipientes (botellas y botellones, tanques y depósitos), son factores

determinantes sobre las características y condiciones en que debe realizarse el almacenamiento (su carácter cerrado o abierto, la posibilidad o no de que las áreas de almacenamiento alberguen en su interior otras actividades, etc.)

Zonas de seguridad y protección

En los almacenamientos de interior, una vez se haya rebasado la zona de almacenamiento, resultaría oportuno planificar la existencia de una zona de seguridad que evitase, caso de producirse una fuga, que ésta, al trascender sus límites, se dispersase incontroladamente, procediéndose, por ello, a su desvío, canalización y aspiración con el menor riesgo posible. También cabría la posibilidad de que los gases procedentes de la eventual fuga quedaran retenidos por el efecto de una envolvente de seguridad (recipientes o tuberías de doble pared)

En esta línea, los recipientes al aire libre e incluso los enterrados (excepción hecha del cloro), deberían contar asimismo con una zona de protección permanente en la cual se localicen exclusivamente construcciones y dispositivos propios de la instalación.

Podría controlarse desde ella cualquier fuga o emisión, mediante el concurso de monitores motorizados instalados en dicha zona y controlados por mando a distancia. A esta zona no debería acceder entrada alguna de canal o zanja que pueda conducir a recinto u obra de fábrica subterránea, tratándose de gases no más ligeros que el aire o gases en estado líquido. Dentro de esta zona de protección solo podrá estar el personal propio de la instalación y mientras dure el trabajo al efecto asignado.

Los recipientes a presión para gases tóxicos, no deberían instalarse en locales donde de manera continua se encuentren personas.

Condiciones de ventilación en áreas cerradas

Las áreas cerradas de almacenamiento de gases licuados tóxicos deberían disponer de un sistema de renovación forzada de aire que permitiera, por un lado, evitar, en condiciones normales, alcanzar concentraciones ambientales peligrosas y al mismo tiempo, en el

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