Hermeneutica Juridica
tdjla17 de Octubre de 2014
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Hermenéutica jurídica
Origen.
Las intenciones por explicar la Biblia y los clásicos grecolatinos.
Hacia el siglo XIX, la hermenéutica constituyo un auxiliar básico de la historiografía y de la jurisprudencia, influyendo en la comprensión del lenguaje por los seres humanos.
Originalmente la hermenéutica fue una técnica para la interpretación de textos literarios bíblicos y jurídicos.
EN EL ROMANTICISMO, ADQUIERE EL CARÁCTER DE DISCIPLINA FILOSÓFICA.
En su origen fue concebida como el arte de la interpretación de textos sagrados, tanto desde el punto de vista de la significación lingüística como desde la interpretación filosófica del pensamiento.
Sitúa las raíces en la cultura griega desde las interpretaciones de Homero y en las tradiciones judeo cristiana ante las versiones de textos bíblicos.
El alcance de la hermenéutica va ligado según Gadamer, a los alcances de la ciencia, donde existe un lenguaje que trasmitir y comprender, o traducir textos.
El fenómeno de la comprensión tiene validez propia dentro de la ciencia y se resiste a cualquier intento de transformarlo en un método científico.
Definición.
El término HERMENÉUTICA proviene del griego: "Jermeneueien", que significa Interpretar, esclarecer, anunciar, declarar o traducir.
Se deriva del Dios HERMES a quien se le atribuía el origen del lenguaje y la escritura como patrono de la comunicación y del entendimiento humano.
Originalmente significaba "La explicación de una sentencia oscura y enigmática de los dioses a través del oráculo".
El principio de los estudios Hermenéuticos se encuentra en la teología cristiana, teniendo como principio fijar los términos y normas que han de aplicarse a los libros sagrados.
HERMENÉUTICA JURÍDICA
La necesidad de la disciplina hermenéutica está dada por las complejidades del lenguaje que con frecuencia conducen a conclusiones diferentes o contrapuestas, e incluso en lo que respecta al significado de un texto.
De ello se ocupa la hermenéutica jurídica, que establece los principios elaborados doctrinaria y jurisprudencialmente, para que el intérprete pueda efectuar una adecuada interpretación de las disposiciones normativas.
LA HERMENÉUTICA JURÍDICA; ES LA RAMA DE LA CIENCIA DEL DERECHO QUE TRATA DE LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS QUE LO CONSTITUYEN.
Elementos.
Los elementos que se deben tomar en cuenta, según De Ruggiero son:
1. El gramatical, tratando de entender lo que dice la norma en sus palabras, relacionándolas entre sí, para captar su sentido, en relación a los demás vocablos.
2. El lógico, para tratar de descubrir en caso de oscuridad del texto, el motivo para el cual fue creada (la ratio legis) y el contexto histórico social que determinó su sanción.
3. El histórico, que no debe confundirse con el anterior ya que allí se observaba las circunstancias del momento en que la ley se dictó y en este caso, cómo llegó a dictarse, y las normas que la precedieron.
4. El sociológico, adecuando la norma a los cambios sociales producidos.
Características.
El método hermenéutico dialéctico se caracteriza según Martínez (1998) por:
1º.- Ser un método interpretativo que permite la captación de diversos elementos, tales como estructuras o sistemas dinámicos.
2º.- Se basa en el estudio de la profundidad para determinar la generalidad.
3º.- Las técnicas más utilizadas son las que adoptan una forma de diálogo cotidiano.
4º.- Involucra un proceso interpretativo llamado círculo hermenéutico, el cual es un movimiento del pensamiento que va del todo a las partes y de las partes al todo.
5º.- Existe una relación entre el sujeto conocedor y el cognoscente.
Aplicación.
La hermenéutica tiene como propósito básico proveer los medios para alcanzar la interpretación del objeto o escritura que es interpretado, sorteando los obstáculos que surgen de la complejidad del lenguaje o de la distancia que separa al intérprete del objeto investigado.
Adaptada a su objeto de estudio, la Hermenéutica es usada en el arte, la historia, la literatura, la arqueología, ciencias jurídicas y la traducción.
Tradicionalmente se la consideró una disciplina teológica especial.
Actualmente se ha ampliado su ámbito de aplicación.
La hermenéutica brinda herramientas, guías, que van a auxiliar al juzgador para hacer su tarea de la forma más equitativa posible.
Importancia.
Analizar, interpretar y comprender desde la realidad de la comunidad, los casos concretos y problemas jurídicos que presentan las mismas y analizar desde el punto de vista de las diferentes leyes para dar al problema una respuesta adecuada, tomando en cuenta los derechos humanos.
Nos apoyamos en la hermenéutica como método interpretativo e involucrar a las comunidades, para encontrar la solución correcta a sus problemas presentados, buscando siempre una solución congruente y compatible con los ideales y anhelos de la misma, para obtener un sistema jurídico que no contrarié la norma fundamental y que haga que esta se respete y se cumpla, garantizando la vigencia del Estado de Derecho y la construcción de una nueva ciudadanía.
Principios.
1º.- Parte de que el ser humano es por naturaleza interpretativo.
2º.- Afirma que no hay método científico sino que todo hay que interpretarlo, el discurso hermenéutico no puede formalizarse.
3º.- No hay una última interpretación, siempre vendrán nuevas interpretaciones, el circulo hermenéutico es infinito.
4º.- No existe la verdad sino que el hermeneuta dice su verdad.
5º.- La hermenéutica es deconstructiva porque solo des construyendo la vida se re construirá de otra manera.
En este sentido, se expresa que la hermenéutica se puede aplicar correctamente a cualquier forma de la vida humana que puede tener algún significado, por medio de ciertas El método hermenéutico dialéctico se guía por los principios que, según Hurtado y Toro (1998) son: normas, reglas o técnicas que ayudan a hacer más clara la interpretación.
Técnica Jurídica
es la rama del arte jurídico que tiene por objeto perfeccionar la forma de la materia jurídica, en otros términos, el conjunto de los procedimientos por medio de los cuales este fin puede ser obtenido.
Los dos propósitos principales de la técnica jurídica son:
la SIMPLIFICACIÓN ( de todos los elementos que componen el derecho) y
la APLICACIÓN del derecho a los casos concretos.
Se va a ocupar de la FORMULACIÓN de las normas, PROCEDIMIENTOS DE INTERPRETACION y PROCEDIMIENTOS DE INTEGRACIÓN.
La TÉCNICA JURIDICA: Es un conjunto de procedimientos necesarios para la elaboración de las fuentes formales del Derecho y para su recta aplicación.
Consta de 2 tipos de operaciones:
* Elaboración del Derecho
* Aplicación del Derecho
La TÉCNICA LEGISLATIVA es
a. conocimientos de la legislaciUn conjunto de principios jurídicos,
b. postulados constitucionales,
c. ón vigente,
d. experiencias parlamentarias,
A TODO LO CUAL DEBEN SUMARSE:
los usos,
prácticas,
Costumbres y
precedentes del derecho reglamentario que las asambleas han acordado, productor del derecho positivo y vigente,
TOMA CONOCIMIENTOS PROPIOS DE:
la lógica,
el derecho,
la economía,
la información,
la lingüística, únicamente por lo que se refiere a la construcción formal propia de cada norma jurídica.
Y de todas las ciencias técnicas y artes, por lo que se refiere a sus contenidos.
La forma siempre será jurídica y normativa en tanto que los contenidos protegidos o regulados por el derecho serán de diversa materia.
La TÉCNICA Jurídica presenta 2 tipos de problema:
1) PROBLEMAS DE INTERPRETACIÓN DE LA NORMA
2) PROBLEMAS DE INTEGRACIÓN DE LA NORMA
PROBLEMAS DE INTERPRETACIÓN DE LA NORMA
Para resolver los problemas ocasionados por la falta de claridad de la norma, se recurre a los MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN de las normas, mismos que pueden ser de tres formas:
1) INTERPRETACIÓN LITERAL: Consiste en tomar en cuenta la interpretación literal de la norma, lo cual obviamente será muy subjetiva y dependerá del sujeto que la interprete, del sentido que pretenda darle de acuerdo a su posición frente al caso, etc., por lo que esta interpretación no nos lleva a resolver el problema, pues lejos de aclararlo, ocasiona más conflictos.
PROBLEMAS DE INTERPRETACIÓN DE LA NORMA
) INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA: Consiste en tomar en cuenta a la totalidad del orden jurídico aplicable al caso.
3) INTERPRETACIÓN EXEGÉTICA: En este tipo de interpretación, se buscará el sentido de la norma en relación con la realidad o el tiempo en que la norma se dio, para esto, se puede apoyar en la exposición de motivos que se dio para aceptarla.
Lo anterior ayuda por dos razones:
1.- puede existir el problema de que el tiempo le quite el sentido a la norma, y
2.- se debe buscar la intención que en ese momento tuvo el que creó la norma.
Estas tres maneras de interpretar
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