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JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO


Enviado por   •  19 de Junio de 2017  •  Ensayos  •  4.788 Palabras (20 Páginas)  •  371 Visitas

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QUEJOSA: MÓNICA GARCÍA CRUZ

AMPARO INDIRECTO

ESCRITO INICIAL

JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA,

CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO,

EN TURNO.

P R E S E N T E.

Mónica García Cruz por propio derecho, señalo como domicilio para recibir y oír notificaciones las listas de este juzgado, asimismo autorizo al Licenciado en derecho ´´Hector Huerta Serrano, en TÉRMINOS AMPLIOS DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE AMPARO, también autorizo a los estudiantes en derecho Kevin Axel Suárez Martínez, Iván Uriel Álvarez Díaz, , Blanca, Irma Serrano Alpízar, Cano de la Cruz Eduardo, Castillo Silva Miguel, Daniel Arriaga Riech, conjunta e indistintamente en términos restringidos del artículo12 de la ley citada, expongo:

Que mediante este escrito, con fundamento en los artículos 103 fracción I y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, 5, 6, 17, 19, 22, 37, 75, 76, 77, 107 fracción IV, 108, 110 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo en relación con lo dispuesto en el artículo 52, fracciones III y IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, VENGO A SOLICITAR EL AMPARO Y LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL EJERCITANDO LA ACCIÓN DE AMPARO DERIVADO DE RECLAMAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO RECLAMADO EN VÍA INDIRECTA, en contra de las autoridades y de los actos que en los capítulos relativos de esta demanda precisaré:

A efecto de dar cabal cumplimiento a los requisitos formales que impone el artículo 108 de la Ley de Amparo, manifiesto:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.

Ya han quedado indicados en el proemio de la presente demanda.

II.-NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS INTERESADOS.

Son inexistentes, dada la naturaleza del acto que en la presente demanda se reclama.

III. AUTORIDADES RESPONSABLES.

A) EJECUTORAS:

-EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

-DELEGADO REGIONAL ORIENTE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

-SUB DELEGADO DE PRESTACIONES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

-JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PENSIONES SEGURIDAD E HIGIENE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

B) ORDENADORAS:

- CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

-CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

- PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

IV.- ACTOS RECLAMADOS

A las autoridades responsables denominadas DIRECTOR, DELEGADO REGIONAL ORIENTE, SUB DELEGADO DE PRESTACIONES Y JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PENSIONES SEGURIDAD E HIGIENE, TODOS ELLOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, les atribuyo el acto que consiste en:

La negativa de otorgar a la quejosa en su calidad de cónyuge supérstite del señor Agustín Terrón Espinosa, la pensión por causa de muerte, fundando su negativa (entre otros) en el artículo 136 fracción I, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y a través del oficio de fecha 25 de agosto del año 2016, DRO/SP/DPH/2804/2016.

A la autoridad responsable denominada CÁMARA DE DIPUTADOS, CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, le atribuyo el acto:

-La discusión, aprobación, promulgación y expedición del decreto relativo a la expedición de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en lo particular su artículo 136 fracción I, publicada el 31 de marzo del 2007, en el Diario Oficial de la Federación.

Las normas generales SE IMPUGNAN EN SU CARÁCTER DE HETEROAPLICATIVAS Y CON MOTIVO DE SU PRIMER ACTO DE APLICACIÓN A LA QUEJOSA AL MENOSCABAR UN DERECHO LEGÍTIMO.

V.- ANTECEDENTES.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que los hechos y abstenciones que me constan y que constituyen ser los ANTECEDENTES de los actos reclamados, son los siguientes:

PRIMERO: Con fecha 15 de marzo del año 2016, contraje matrimonio con mi hoy finado esposo de nombre Agustín Terrón Espinosa, quien en vida fue trabajador al Servicio del Estado (Régimen del artículo Décimo Transitorio) y que en sus últimos días gozaba ya de la pensión por jubilación que otorga el Estado.

SEGUNDO: Desafortunadamente con fecha 19 de abril del 2016, fallece mi cónyuge y una vez que pasaron tres meses (19 de julio del año 2016) acudo a las oficinas de la autoridad responsable a solicitar mi pensión por causa de muerte (viudez), ingresando mi solicitud con las formalidades requeridas para tal efecto.

TERCERO: Asimismo, es de resaltar que se dio contestación a mi solicitud hasta el día 25 de agosto del 2016, (27 días hábiles después) a través del oficio DRO/SP/DPH/2804/2016, NEGANDO la pensión solicitada, por lo que tal negativa inserta en el citado oficio constituye ser uno de los actos reclamado de los que me duelo en la presente demanda de amparo por estimarlo, junto con la norma en que se sustenta, inconstitucional.

VI.- PRECEPTOS QUE CONTIENEN LOS DERECHOS HUMANOS VIOLENTADOS.

Los establecidos en los artículos 1, 14 y 123 apartado B fracción XI inciso a, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se cita en los siguientes.

VII.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.

Para una mejor comprensión se vierten dichos conceptos de violación de la siguiente manera:

-Conceptos de violación

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