ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

JUICIOS ESPECIALES CIVILES Y MERCANTILES

renatahc.95Apuntes1 de Junio de 2020

16.378 Palabras (66 Páginas)328 Visitas

Página 1 de 66

JUICIOS ESPECIALES CIVILES  Y MERCANTILES

DERECHO PROCESAL:

Jurisdicción: facultad del estado para resolver un problema, funciona ejercido por los órganos del Estado para conocer y resolver mediante un proceso un litigio.

Proceso: conjunto de actos y hechos a través de los cuales se resuelven las controversias. Garantiza que las partes tengan los mismos garantías.

Acción: derecho que se les confiere a las personas para promover un proceso ante un órgano jurisdiccional a fin de obtener una resolución, sobre su pretensión litigiosa.

  1. Fondo: la acción, la jurisdicción y el proceso.
  2. Estructura: Litigio, procedimiento, sentencia y ejecución.  

🡪 el derecho de acción mediante una interpelación judicial.

  • Derecho de acción [constitucional]: Art. 17 CPEUM 🡪 Nadie puede hacerse justicia por su propia mano ni ejercer violencia para reclamar su derecho sino que se debe acudir con la autoridad competente para que se le administre justicia.
  • Derecho de acción [Procesal]: Aquel mediante el cual una persona puede materializar un derecho a su favor mediante la debida impartición de justicia.
  • Etapa preliminar: aquella en la que se pueden realizar determinados actos para que no se pierda el objeto del juicio, Medidas Preparatorioss: a juicio ejecutivo puede convertirse en ejecutivo y puedes embargar desde el principio es por ello que es importante comparar.
  • Etapa expositivo: se expone lo que se busca y contestación así como la reconvención
  • Etapa prueba : se lleva a cabo audiencia tienen que ofrecerse en el escrito de prueba.
  • Etapa conclusión: alegatos
  • Etapa sentencia: definitiva interlocutoria.

Demanda: acto a través del cual haces valer tu acción.

Partes de la demanda:  El motivo es que estas en el supuesto y porque. La firma, nombre de las partes, domicilio, cuantía. La cuantía es muy importante para ver que procedimiento le va a tocar y que juez.

Las prestación tienen que pedirse * La consecuencia de no presentar las pruebas (matrimonio- acta de matrimonio y convenio) es que el juez te puede desechar la demanda, otros te podrían prevenir.

Cuando presentas una demanda: te la aceptan, te la desechan, te previenen.

  • Estructura de la demanda [instrumento procesal con el que se hace valer el derecho de acción y se formula determinada pretensión ante el órgano jurisdiccional]:
  1. Proemio: Datos de identificación del juicio.
  • Nombre y domicilio de las partes.
  • Valor de lo demandado.
  • Tribunal ante el que se promueve.
  • Tipo de juicio [vía procesal][Ej. Ordinario, hipotecario, ejecutivo, etc.].
  • Pretensiones de las partes. 🡪 Lo más importante.
  1. Hechos: Aquello que sucedió.
  • Se redactan por orden cronológico.
  • Únicamente deben referirse a un hecho por vez, no se pueden mezclar nada de derecho ni argumentar nada.
  1. Derecho: Fundamentar el derecho sustantivo y adjetivo.
  • Adjetivo: Es lo procesal.
  • Sustantivo: Es la esencia de la materia las normas no procesales.
  1. Puntos petitorios: Aquello que tú le pides al juez en relación con la admisión de la demanda y con el trámite a seguirse para la prosecución del juicio.
  • Que te reconozcan la personalidad.
  • Que tengan por señalado el domicilio que estás estableciendo.
  • Las personas que autorizas para checar un expediente.
  • Protesto  [implica la buena fe de decir siempre la verdad].
  1. Firma de quien promueve.

ORGANO COMPETENTE PARA PRESENTAR LA DEMANDA

  • Vas con la OFICIALIA DE PARTES COMÚN [Vas con la demanda y ahí designan el juzgado al que se va (aleatoriamente) , el número de expediente y los datos del juicio (partes) cuatro días después sale un auto que se llama AUTO ADMISORIO si todo sale bien.
  • Tribunal superior de Justicia : juzgado de cuanto menor es de 500,000.00 juzgados primera instancia salas de 3 magistrados, federales juzgados DTTO: juicio ordinario amparo.

EL JUEZ FRENTE A LA DEMANDA

  1. Admite [se cumplió con todo y se ordena que se emplace al demandado teniendo éste 15 días hábiles para contestar].
  2. Previene [Para subsanar cuestiones de forma, te da 5 días, sólo se puede dar una prevención en teoría].
  3. Desecha [Por cuestiones de fondo, de derecho sustantivo, por no reunir requisitos legales o que se considere con defectos insubsanables; el medio de defensa es la apelación porque lo resuelve la sala y resuelve cuestiones de fondo no de forma].

ESTRUCTURA DE LA SENTENCIA

  1. Proemio: Datos de identificación del juicio.
  • Nombre de las partes y abogados.
  • Objeto del juicio.
  • Número de expediente [Año, Lugar: Secretaría].
  1. Resultandos: Descripción del desarrollo concreto del proceso.
  • Antecedentes y pretensiones. [Resumen del caso].
  • Pruebas propuestas y realizadas.
  1. Considerandos [Parte más importante de la sentencia]: Consideraciones jurídicas que realiza el juez para efectos de resolver la controversia. 🡪 Se ataca la parte sustantiva, es el fondo.
  • Análisis y valoración de las pruebas.
  • Fijación de los hechos.
  • Razonamientos jurídicos.
  1. Puntos resolutivos:
  • Se determina el sentido del fallo o decisión.
  1. Firma del juez y del secretario de acuerdos.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE TODA RESOLUCIÓN TIENE QUE CUMPLIR [Aplica a toda materia] 🡪 Art. 14 y 16 CPEUM.

CONCEPTOS FAMILIAR:

Matrimonio:  Cuidado o misión de la madre. Objeto del matrimonio: procurarse el bien común. “Acto jurídico solemne por el cual se crea una relación permanente y estable entre dos personas con igualdad de derechos y deberes formando una comunidad de vida”  No es un contrato porque no estás como tal obligado a cumplir con los términos del contrato, no puedes obligar a la otra parte a hacer algo, lo que si puedes es disolver el matrimonio y no necesitas la voluntad del otro, la consecuencia y tu máxima defensa en rescindir el mismo.

Dos puntos de vista:

  • Como acto jurídico
  • Como un estado permanente de los que lo celebran: antes si no vivías en el domicilio conyugal era una causal de divorcio.

Características de un matrimonio:

  1. Solemne
  2. Genera o establece una situación permanente (porque es para toda la vida supuestamente) y estable.
  1. Se constituye siempre entre dos personas: si llega un musulmán con dos esposas sólo cuenta el primer matrimonio por el primero en tiempo primero en derecho. No hay que confundirlo con alimentos para los hijos.  En España por ejemplo flexibilizo la ley y mediante un arbitro pueden llegar a acuerdos. En México si tienes hijos o bienes vas a divorciarte con el juez de lo familiar, el administrativo es en el registro cuando no tienes hijos ni bienes.
  2. Surgen derechos y obligaciones recíprocas:
  • Son irrenunciables: no te puedes desistir de una acción si afecta un tercero, por ejemplo si te vas a divorciar y tienes un hijo y presentaste tu solicitud  ya no te puedes desistir. No puedes renunciar a las normas de orden público y que afecte a terceros.
  • No es e exigible 🡪 ¿ Se puede exigir? No, no puedes y tu arma es divorciarte
  •  vivir en el mismo domicilio
  • se espera fidelidad, asistencia y socorro mutuo
  • Débito carnal.
  1. Forman una comunidad de vida ( enfrentan todas las dificultades..)
  1. Todo tiene que tener consentimiento.
  2. Edad : 18 o con permiso de los papás.
  3. Ante el juez del registro.

DOS FORMAS DE CASARTE:

Separación de bienes: es mejor y más fácil. Y da igual porque si alguien se dedico al hoja le toca la mitad.

Las capitulaciones matrimoniales son las reglas de cómo administrar los bienes que se tienen, sólo son válidas y útiles cuando te casas por sociedad.  Se hacen ante un notario público.

Sociedad conyugal: Si me caso en sociedad y pusiste otro porcentaje en las capitulaciones como 20%, tu si podrías decir que estás renunciando a ese porcentaje.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (95 Kb) pdf (502 Kb) docx (1 Mb)
Leer 65 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com