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Juicio Oral


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2014  •  2.495 Palabras (10 Páginas)  •  198 Visitas

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PAUTA DE UN JUICIO ORAL (2)

Un Juicio Oral, contrario a los procedimientos inquisitorios escritos, ESTÁ REVESTIDO DE GRAN SOLEMNIDAD porque se trata de un acto de gran dignidad en el que un juez (o un tribunal colegiado) van a determinar el futuro de una persona presuntamente inculpada, sobre cual será su castigo y de qué manera se va a resarcir el daño que ha causado a su víctima, o bien que sea absuelta de toda culpa y pueda ser reivindicada a la sociedad.

Solemnidad

Por ello, en los nuevos Juicios Orales se demanda el mayor respeto para el Presidente del Juicio Oral, sobre todo en el entendido que va a realizar su trabajo de cara a la sociedad, y no como hasta ahora ha venido sucediendo, en la oscuridad de su oficina. En esta circunstancia el juzgador habrá de rendirle cuentas, al Estado y a la sociedad, al actuar pública y de manera transparente, y por ello el inicio de un Juicio Oral se da de forma solemne, en el momento en que el Secretario del Tribunal pida a todos los presentes ponerse de pie, para recibir al juez (o los jueces) que llevarán la causa.

Ponerse de pie

-SECRETARIO.- Pido a todos los presentes ponerse de pie, para recibir al señor juez, (de nombre), (o a los Magistrados)…, quien habrán de presidir este Juicio Oral.

-JUEZ.- Pueden tomar asiento…Señor Secretario, dé lectura al Auto de Apertura de este Juicio Oral.

-El Secretario da cuenta a los presentes, del contenido de la acusación, (de una manera muy breve), de los nombres del acusado a quien se le imputan los hechos delictivos, de la querellante o denunciante, de las medios de prueba que habrán que desahogarse, y objetos que habrán de introducirse en el tribunal, de los testigos y de quienes serán los fiscales y los defensores.

Advertencias

-JUEZ.- Hace advertencias: dice que los presentes habrán de guardar el debido respeto al Tribunal, pues en caso de alteración del orden podrá pedir a la fuerza pública que se desaloje la Sala…Que durante todo el tiempo que dure el juicio, tanto él (o los presuntos responsables) así como los fiscales y defensores, deberán permanecer en la Sala…No así la víctima, quien previa autorización del Tribunal podrá abandonar el recinto, pero estará a la disposición las veces que sea necesario (en una sala adjunta) o entre el público , para cuando se le requiera para rendir declaración o aclarar sobre un hecho controvertido…

Prohibiciones a Testigos

-También advierte a los testigos que no podrán permanecer en la Sala, ni antes ni después de rendir su declaración y que ésta no podrán divulgarla, so pena de ser sancionados.

-Igual prohibición se hará a los funcionarios policíacos que hubieren intervenido en la investigación.

-Se aclara que el presunto responsable no podrá abandonar la Sala, salvo que él lo solicite por causa justificada; o porque el juez se lo ordene, en virtud de que su presencia cause agravio o molestia a la víctima de delito o a los testigos que van a deponer en su contra.

En este supuesto, si el imputado abandona la sala, custodiado por la policía, el juez está obligado a informar al acusado de todo lo acontecido en su ausencia.

¿Le quedó clara la acusación?

-JUEZ.-Una vez que el Secretario dio lectura al Auto de Apertura del Juicio Oral, el juez preguntará al imputado si entendió perfectamente los cargos que se le imputan y si tiene alguna duda sobre la acusación en su contra…

JUEZ.- Preguntará al presunto responsable y al abogado de su defensa, si su detención se realizó conforme a derecho y de que durante ella no se violaron sus garantías individuales.

-En el caso de que el justiciable se declare inocente, proseguirá el Juicio Oral, hasta no probar su culpabilidad por parte del fiscal.

La Teoría del Caso

Es de suponerse que si el inculpado se declara CULPABLE en esta etapa, ya habrá perdido la oportunidad que le ofrecen los Procedimientos Abreviados dentro de las Salidas Alternativas, en donde los imputados, luego de resarcir el daño reclamado, pueden ser beneficiados con una penalidad hasta tres veces inferior a lo señalado por la ley. Y la pérdida de esta oportunidad se deriva de que no se acogió a ellos, en el momento procesal oportuno, luego del auto de sujeción a proceso.

-JUEZ.- Pregunta a las partes si tienen preparadas sus intervenciones, y cuando dicen que sí, pide a la Fiscalía que dé inicio a sus Alegatos de Apertura, y QUE EXPONGA SU TEORÍA DEL CASO por un término de quince minutos, y advierte a la contraria que esta intervención no podrá ser interrumpida.

Equipos de Defensores y del M.P.

-Está entendido que antes de que el Fiscal intervenga al inicio del juicio, el Secretario le habrá tomado sus generales y le habrá exhortado a conducirse con verdad y a que diga quienes serán los letrados que le acompañarán en el juicio, por parte de la acusación, haciéndole saber que sólo uno podrá hacer uso de la palabra a nombre de la Fiscalía y que si algún otro miembro del equipo de abogados del Ministerio Público, pretendieran hacer lo mismo, deberán pedir el permiso correspondiente al jefe del grupo, y éste a su vez al presidente del tribunal.

Equidad de las Partes

-Una vez concluidos los Alegatos de Apertura por parte de la acusación, le corresponderán los mismos derechos y obligaciones a la defensa. Ambos en esta etapa inicial establecerán a grandes rasgos su Teoría del Caso sobre la cual fundarán y motivarán sus respectivas pretensiones.

-Los Alegatos de Apertura de la Defensa se harán durante el mismo tiempo que la contraria y sin que fuera interrumpida en su discurso, el titular hará saber al Tribunal que la defensa ha concluido.

-Enseguida se iniciará el desfile de los testigos. En primer término pasará la víctima del delito o la querellante, quien a pregunta del fiscal habrá de narrar con sus propias palabras, la forma en que se produjeron los hechos presuntamente delictivos cometidos en su contra de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar.

Dirigirse al Juez

-SECRETARIA.- Antes de la declaración de la víctima, la Secretaría del Tribunal pedirá que diga sus generales; la protestará a conducirse con verdad y le señalará las penas a las que podría hacerse acreedora, en el caso de rendir falso testimonio ante autoridad

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