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LA PREVENCIÓN ANTE EL ITER CRIMIS: EL ÉXITO EN EL CAMINO DEL DELITO


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2017  •  Trabajos  •  1.668 Palabras (7 Páginas)  •  181 Visitas

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“LA PREVENCIÓN ANTE EL ITER CRIMIS: EL ÉXITO EN EL CAMINO DEL DELITO”

SUMARIO:

  1. Introducción.
  2. Fase interna: a) Ideación, b) Deliberación, c) Resolución.
  3. Fase externa: a) Manifestación, b) Preparación, c) Ejecución.
  4. Conclusiones.
  5. Fuentes.

I.- INTRODUCCIÓN.

El delito es un fenómeno psíquico-físico, ya que puede surgir en la mente del autor, se exterioriza a través de la ejecución de una acción que puede producir un resultado. Este camino que sigue el delito se llama iter criminis, que va desde la idea delictiva hasta la consumación del delito, trayecto en el que pueden distinguirse varios momentos que se ubican en dos fases:[1] 

  • Fase Interna: Como sabemos el Derecho Penal sanciona conducta y no pensamientos. Esta fase no se castiga ya que se encuentra dentro del pensamiento de la persona.
  • Fase Externa: En esta fase se exterioriza la fase interna, o sea, los actos planeados por la persona se realizan en el mundo exterior con el propósito de cometer un delito.[2]

El iter criminis tiene una importancia fundamental, pues este, podría describirse como el esqueleto del delito, las dos fases que conforma el inter criminis traen como consecuencia la ejecución de un hecho que la ley penal sanciona como delito, lo curioso del tema surge en el sentido que si bien el citado proceso de iter criminis se compone de dos fases en la primera de ellas no existe sanción penal alguna, por tratarse de cuestiones psicológicas del sujeto activo del hecho delictivo, sin embargo, esta fase es necesaria para poder desarrollar la segunda, que es la exteriorización de los hechos que han de culminar en la comisión de un hechos delictivo; situación que resultan un tanto difícil de entender pues si bien la cuestiones psicológicas de las personas no se externan en un acto físico inmediatamente si se traducen después, en una acción u omisión. Por tanto podemos establecer que sin la primera fase que se enfoca en sus diversas etapas a planear el delito, no existiría una segunda fase en la cual se ejecutara lo planeado en la primera y consecuentemente de no realizarse el proceso en ese sentido no se podría existir delito y no habría necesidad de la imposición de una sanción penal.

En ese orden de ideas no resulta lógico sancionar la acción y no así la planeación de esta cuando la segunda se desprende de la primera, enfocándonos a la prevención, en esta situación en particular se vislumbra un grave conflicto, pues no existiría prevención alguna, puesto que actualmente la ley penal solo sanciona la acción u omisión y no así la planeación de las mismas.

Tal como se muestra en el siguiente esquema, en iter crimisnis se divide en dos fases y estos a su vez en etapas, que dan como resultado la comisión de un delito, en diversas modalidades.

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II.- FASE INTERNA.

La fase interna la constituyen las etapas de ideación, deliberación y resolución; todas estas se desarrollan en al interior del sujeto activo, es decir de la persona que decide comer un delito, es una cuestión interna y  psicológica, la cual no se exterioriza físicamente.

  1. Ideación.- Es el origen del crimen, es decir, cuando la idea surge en un primer momento en la psique del delincuente o sujeto activo.

Sin embargo, a pesar de ser una idea, y encontrarse en el interior de la mente del delincuente, es así como se genera el pensamiento, el cual no obstante de saber que los actos visualizados a ejecutar constituyen un delito, y que salen fueran del estar social de conductas permitidas, se continua con el proceso de iter crimis, siendo un acto consiente y deseado por parte del delincuente.

  1. Deliberación.- Es una etapa de valorización y equilibrio, pero no entre lo bueno y malo, sino más bien, entre la favorable y viable de la idea y lo desfavorable y aquellas fallas que pudiera tener esta.

El sujeto activo o delincuente, pone en una balanza las posibilidades de éxito de su ideal de acuerdo a lo planteado en la etapa anterior, es decir analiza, y visualiza los posibles resultados de lo imaginado.

  1. Resolución.- Es la etapa en la cual el sujeto activo o delincuente decide si ejercita la acción planeada o no hacerlo.

La autora Griselda Amuchategui Requena, menciona que de esta fase a de ocuparse la criminología y no el derecho penal, puesto que a la criminología le interesa conocer los antecedentes mediatos del agente y al derecho penal los inmediatos[3]; sin embargo, es en esta fase donde se retoma la problemática de la prevención, pues si bien la criminología tiene intervención, esta lo tendría a raíz de conocer los antecedentes de un hecho delictivo ya consumado en alguna de sus modalidades, y no así una prevención inmediata respecto de un hecho concreto que aún no haya sido consumado, es decir, no existiría posibilidad alguna de prevenir un hecho delictivo.

Independientemente de hablar de la psique  de una persona existen otros medios a través de los cuales se desarrolla la fase interna, como lo son búsquedas en internet, actos de investigación que realiza el sujeto activo respecto de objetos, sustancias, lugares etc., aquellos elementos que puede utilizar o le pueden ser viables para la comisión de un hecho delictivo y aun que están relacionados con la siguiente fase, estos no son sancionados hasta llegar a la etapa ejecución, siendo obvia la inexistencia de un prevención del delito.

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