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LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS

domenico314 de Noviembre de 2013

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INTRODUCCION

Las cooperativas, son una alternativa para ir construyendo relaciones de propiedad, basada en propiedad colectiva sobre los medios de producción para direccionar los procesos de producción, distribución y consumo de los bienes producidos en función de satisfacer las necesidades y aspiraciones culturales, sociales y económicas.

Las cooperativas en Venezuela, se activan cuando la comunidad se organiza y descubre sus potencialidades que pueden ser aprovechadas en beneficio de la colectividad. Un terreno abandonado, un campo industrial desmantelado, una tierra sin sembrar, un silo que lleva años sin sembrar un grano, esa conexión de comunidad organizada y posibilidad de desarrollo local, para satisfacer necesidades comunes, hace de un conglomerado coordinar y mancomunar esfuerzos en pro del cooperativismo.

ORIGEN

En 1890, se constituye la primera cooperativa en el estado Mérida, específicamente en la población de Achiguara, cuyo objeto era el ahorro y crédito, una década mas tarde, en el estado Nueva Esparta, en Porlamar nace la primera cooperativa de artesanos carpinteros, dedicados a la producción de bienes.

En 1900, se organizo la primera cooperativa de producción, en el estado Nueva Esparta, por artesanos de la carpintería.

En 1903, Porlamar, se constituye la sociedad de cooperativas de ahorro y construcción.

En 1910, se promulga la primera Ley de Cooperativas en Venezuela. Esta ley era una copia de la Ley francesa de 1857, vigente en ese entonces, en 1919 desaparece esta ley y la regulación del funcionamiento de las cooperativas fue atribuida al Código de Comercio, considerándolas como sociedades mercantiles.

Bajo la dirección del Presidente Eleazar López Contreras en 1937 se ordena la promoción del cooperativismo a través de los presidentes de estado y diversos funcionarios. En 1944, el Presidente Isaías Medina Angarita promulga una nueva ley de cooperativas, obligándose el estado a la promoción del sector cooperativo.

En 1939, se dicto un decreto presidencial sobre el fomento y constitución de sociedades cooperativas, dicho decreto estableció un incipiente sistema de financiamiento, mediante el cual, las cooperativas podían emitir acciones, que una vez adquiridas y pagadas por sus titulares, se incorporaba su valor al capital social de las mismas.

En 1940, surgieron unas 27 cooperativas “escolares y caja de ahorros” de empleados. Ninguna prospero. En ese mismo periodo el gobierno trato de fundar una cooperativa para el mercado de la leche (Cooperativa Venezolana de Productos Lácteos) el estado invirtió en ella casi 400.000,00 bolívares, pero no dio resultado.

En 1942, se promulgo la Ley de Cooperativas, la que entre otras cosas, exonero a estas, del pago de impuestos y asigno a los Ministerios de Agricultura y Cría, Educación y Trabajo las funciones de registro, vigilancia, sanción, estimulo y protección de las cooperativas y constituyó el Fondo Nacional Cooperativo con aportes obligatorios de todas las cooperativas.

Durante la década de los años 1940-1950, se crearon diversas cooperativas dedicadas a la producción, de consumo, agrícolas, ahorro y crédito, vivienda y pesca, desapareciendo bajo el gobierno del general de división (Ej.) Marcos Evangelista Pérez Jiménez.

Con el derrocamiento del Presidente Marcos Evangelista Pérez Jiménez, se activa nuevamente el movimiento cooperativista de Venezuela, el estado promueve las constituciones de las cooperativas, ejecutando acuerdos con la alianza para el progreso conjuntamente con el Movimiento Antagoniza de Canadá.

Desarrollo De Las Cooperativas Desde 1960 Hasta Nuestros Días.

 Se promociona la formación y educación cooperativa a través de sectores de la iglesia Venezolana, como el Centro Gumilla de Jesuitas, otras instituciones que promovieron el cooperativismo fueron: funda común, ciara, centro nacional de estudios cooperativos, (ceneco, y universidades como la UCV, ULA y LUZ.

 En 1955, se promulgo la Ley General de Asociaciones Cooperativas (LGAC), mediante la cual se profundiza los preceptos del derecho cooperativo del país y se crea la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) adscrita al ministerio de fomento, como órgano regulador del movimiento cooperativo nacional, lo que significo una etapa en las relaciones de las cooperativas con el estado, ya que de acuerdo a la ley de 1942, estas se desarrollaban de manera atomizada a través de varios ministerios, con distintas normas y procedimientos.

 El 18 de septiembre de 2001, entra en vigencia la Ley Espacial de Asociaciones Cooperativas, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.285.

 En el año 1975, se realizo la reforma de la ley de 1966, apuntando esta, fundamentalmente a la integración cooperativa. Esta Ley le atribuyo a SUNACOOP las funciones de legalización, registro, inspección, vigilancia y fomento de las cooperativas rurales y urbanas, así como la supervisión de su funcionamiento y desarrollo, además, la inspección de las cajas de ahorro, los fondos de empleados y similares.

DEFINICIÓN DE COOPERATIVA:

Decreto con fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas con su Reglamento.

Articulo 2º. Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la economía social y participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente.

OBJETO DE LA LEY:

Articulo 1º. La presente Ley tiene como objeto establecer las normas generales para la organización y funcionamiento de las cooperativas.

Esta Ley tiene como finalidad disponer los mecanismos de relación, participación e integración de dichos entes en los procesos comunitarios, con los Sectores Publico y Privado y con la Economía Social y Participativa, constituida por las empresas de carácter asociativo que se gestionan en forma democrática. Así mismo, establecer las disposiciones que regulen la acción del Estado en materia de control, promoción y protección de las cooperativas.

• Artículo 52: "Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de ese derecho".

• Artículo 299:"El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta".

Tipos de cooperativas

Aunque se hacen diversas clasificaciones de las cooperativas, es usual atender principalmente a la actividad o fin que desempeñan.

Se pueden mencionar a las siguientes:

• Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción.

• Cooperativas sociales también consideradas como una forma de cooperativas de trabajo.

• Cooperativa de ahorro y crédito

• Cooperativa de consumidores y usuarios

• Cooperativa agraria

• Cooperativa de servicios: tienen por objeto realizar toda clase de prestaciones, servicios o funciones económicas, no atribuidas a otras sociedades reguladas por esta Ley, con el fin de facilitar, promover, garantizar, extender o completar la actividad o los resultados de las explotaciones independientes de los socios, o los constituidos por profesionales y artistas que desarrollen su actividad de modo independiente y tengan como objeto la realización de servicios y ocupaciones que faciliten la actividad profesional de sus socios.

• Cooperativa de viviendas: formadas para la consecución de hogares.

• Cooperativa de transporte: es un grupo de conductores o chóferes, pilotos que deciden trabajar directamente en forma organizada y conjunta para prestar un servicio eficiente a la comunidad, a través del transporte de personas o cargas.

• Cooperativa de turismo: cuyo objetivo

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