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LEY ORGANICA


Enviado por   •  20 de Febrero de 2013  •  1.971 Palabras (8 Páginas)  •  285 Visitas

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LEY ORGANICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO

FEDERAL

ARTICULO 1.- Esta Ley tiene por objeto establecer las bases para la organización de la Secretaría de

Seguridad Pública, para el despacho de los asuntos que le competen de conformidad con lo que

establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del

Distrito Federal, la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal, este ordenamiento y las demás disposiciones aplicables.

ARTICULO 2.- Para los efectos de esta Ley, además de los conceptos establecidos en la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, se entenderá por:

I. Estatuto: al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;

II. Jefe de Gobierno: al Jefe de Gobierno del Distrito Federal;

III. Ley Orgánica: a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;

IV. Ley: la presente ley;

V. Policía: a la Policía del Distrito Federal, integrada por la Policía Preventiva, con todas las

unidades y agrupamientos que prevea el reglamento respectivo, así como por la Policía

Complementaria integrada por la Policía Auxiliar, la Policía Bancaria e Industrial y demás que

determine el reglamento correspondiente;

VI. Reglamento Interior: al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal;

VII. Secretaría: a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal;

VIII. Secretario: al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal;

IX. Unidades Administrativas Policiales: a las unidades dotadas de atribuciones de decisión y

ejecución en el ámbito de las funciones operativas de la Policía del Distrito Federal; y

X. Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo Policial: a las unidades que asisten

técnica y operativamente a las unidades administrativas policiales, y que preparan los elementos

necesarios para que se emitan o ejecuten los actos administrativos en el ámbito de las funciones

operativas de la Policía del Distrito Federal.

ARTICULO 3.- Corresponden a la Secretaría las siguientes atribuciones:

I. Realizar en el ámbito territorial y material del Distrito Federal, las acciones dirigidas a

salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos e infracciones

a las disposiciones gubernativas y de policía, así como a preservar las libertades, el orden y la paz

públicos;

II. Desarrollar las políticas de seguridad pública establecidas por el Jefe de Gobierno y

proponer al mismo, la política criminal en el ámbito local, que comprenda las normas, instrumentos y

acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos y de infracciones;

III. Formular propuestas al Jefe de Gobierno para el Programa de Seguridad Pública del

Distrito Federal, así como para llevarlo a cabo y evaluar su desarrollo;

IV. Establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar, procesar y difundir

información para la prevención de delitos, a través de métodos que garanticen el estricto respeto a los

derechos humanos;

V. Efectuar, en coordinación con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,

estudios sobre los actos delictivos denunciados y no denunciados e incorporar esta variable en el

diseño de las políticas en materia de prevención del delito;

VI. Ejecutar las políticas, lineamientos y acciones de su competencia, previstos en los

convenios de coordinación suscritos por el Distrito Federal en el marco del Sistema Nacional de

Seguridad Pública así como los derivados de los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de

Seguridad Pública y demás instancias de Coordinación que correspondan;

VII. Celebrar convenios de colaboración, en el ámbito de su competencia y en el marco del

Sistema Nacional de Seguridad Pública, con otras autoridades del Distrito Federal, federales,

estatales y municipales, así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares,

conforme a la legislación;

VIII. Colaborar, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cuando así lo soliciten

otras autoridades del Distrito Federal, federales, estatales o municipales competentes, en la

protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones

de peligro, cuando se vean amenazadas por disturbios u otras situaciones que impliquen violencia o

riesgo inminente;

IX. Establecer, integrar, supervisar, utilizar y mantener actualizados los instrumentos de

información del Sistema Nacional de Seguridad Pública que le competan, mediante las bases de

datos de la seguridad pública correspondientes;

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