LOS IMPUESTOS
Fabi21G18 de Marzo de 2015
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INTRODUCCION
El presente trabajo, tiene por contenido el tema de impuestos, y está realizado con el objetivo de mostrar y conocer los mecanismos que emplea el Estado venezolano en la aplicación de los mismos, así como valorar su influencia en la economía nacional.
Antes de comenzar con esta unidad muy importante, considero que debemos tener en cuenta la definición y algunos aspectos relevantes de lo que son los impuestos; todo esto para manejar posteriormente con mayor facilidad todo lo que abarca este tema.
Es importante destacar, que los impuestos no son más que contribuciones obligatorias que todas las personas ya sean naturales o jurídicas realizan al Estado, según lo establecido en las leyes. Dichas contribuciones se pueden realizar de manera directa e indirecta, más adelante se encontrarán más detalles de las mismas para poder observar sus diferencias, ventajas y desventajas de cada una de ellas.
En un sentido amplio, básicamente el objetivo principal de los impuestos es la recopilación del fondo de los mismos mediante el Estado, este a su vez al momento de obtenerlos se encarga de llevar a cabo una serie de funciones con la finalidad de satisfacer las necesidades comunes que todos los venezolanos poseemos, ya sea en diferentes áreas como lo son la salud, la educación, la seguridad, entre otras.
Ahora bien que ya conocemos la definición de los impuestos y uno de sus aspectos importantes como lo es su objetivo, procederemos a realizar una investigación más a fondo sobre este valioso tema.
UNIDAD IV
LOS IMPUESTOS
Según el Sitio Web:
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/economia/econo102.htm, (18/10/2014 9:45 am), se indica lo siguiente:
“Los impuestos son el dinero que una persona, una familia o una empresa deben pagar al Estado para contribuir con sus ingresos. Esta es la forma más importante por medio de la cual el Estado obtiene recursos para llevar a cabo sus actividades y funciones (administración, inversión social, en infraestructura, en seguridad nacional, en prestación de servicios, entre otros)”.
Según Edgard José Moya Millán (2003), indica lo siguiente:
“Los impuestos son como las prestaciones en dinero o en especies, exigidas por el Estado en virtud de su poder de gobierno, a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley como hecho imponible.
Los impuestos son contribuciones obligatorias, sin contraprestaciones no recuperables, recaudadas por el gobierno con fines públicos".
Valor Agregado: Tomando en cuenta las dos definiciones anteriores, se puede inferir que los impuestos en Venezuela y en general, no son más que una serie de tributos que los habitantes de una sociedad (personas naturales y jurídicas) están en la obligación de aportar al Estado según una cierta y determinada ley; todo esto con la finalidad de contribuir con los ingresos del mismo, y este a su vez se encarga de llevar a cabo sus funciones para poder satisfacer las necesidades comunes que todos nosotros como ciudadanos poseemos, ya sea en el área de salud, educación, seguridad, vivienda, infraestructura, sistemas de protección social, entre otros.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LOS IMPUESTOS
Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se indica lo siguiente:
“Es fundamental que cualquier aspecto tributario sujeto a estudio sea relacionado con los principios tributarios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estos principios son:
• Principio de Generalidad del Tributo: Toda persona tiene el deber de contribuir a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley. (Art. 133 - CN).
• Principio de Progresividad y Capacidad Contributiva: El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos. (Art. 316 - CN).
• Principio de Legalidad y No Confiscatoriedad: No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no estén establecidas en la ley, ni concederse exoneraciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes que cree el tributo correspondiente. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio. (Art. 317 - CN)”.
Según el Sitio Web:
http://topicostributarios.blogspot.com/2013/01/cuales-son-los-principios-tributarios.html, (18/10/2014 10:32 am), se indica lo siguiente:
“Una de las preocupaciones fundamentales de la Hacienda Pública ha sido determinar los criterios y principios que deben regir un sistema impositivo, para que sea calificado de óptimo; es por ello que se clasifican los siguientes principios fundamentales:
• Principio de Justicia: consiste en que los habitantes de una nación deben de contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo más cercana posible a sus capacidades económicas y de la observancia o menosprecio de esta máxima depende la equidad o falta de equidad en la imposición.
• Principio de Certidumbre: todo impuesto debe poseer fijeza en sus elementos esenciales (objeto, sujeto, exenciones, tarifa, época de pago, infracciones y sanciones), para evitar actos arbitrarios de la autoridad.
• Principio de Comodidad: todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en las que es más probable que obtenga a su pago el contribuyente.
• Principio de Economía: consiste en que el rendimiento del impuesto debe ser lo mayor posible, y su recaudación no debe de ser gravosa”.
Valor Agregado: En virtud de lo citado anteriormente, se puede decir que los impuestos en nuestro país poseen unos principios fundamentales, estos a su vez están fijados en nuestra Carta Magna como lo es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Estos principios, básicamente lo que nos dicen es que todas las personas tenemos la obligación de contribuir con el Estado a través del pago de impuestos; además, nuestro sistema tributario busca tener una distribución estable dependiendo de la capacidad económica del contribuyente. Cabe destacar, que todos estos impuestos deben ser cobrados únicamente por lo establecido en las leyes y éstas a su vez no permiten ninguna exoneración ni rebajas.
Adicionalmente a esto, también se mencionó que la Hacienda Pública también posee ciertos criterios y principios, de los cuales se puede decir que se fundamentan en la justicia, la certidumbre, la comodidad y la economía. Basándonos en ellos, se puede inferir que en el ámbito de la justicia se refiere a la capacidad que cada contribuyente pueda tener al momento de realizar sus aportes al Estado, la certidumbre representa la certeza que se debe tener; cuando se refiere a la comodidad es la disponibilidad que el contribuyente pueda tener para que se le haga más cómodo realizar dicho aporte, y por último el principio económico lo que busca es que el Estado realice un buen rendimiento de dichos aportes aplicándolos en buenas obras que garanticen el bienestar social.
CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS
Según el Sitio Web:
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/economia/econo102.htm, (18/10/2014 11:24 am), se indica lo siguiente:
“Los impuestos tienen muchas formas de clasificación. A continuación veremos algunas de éstas:
• Impuestos Directos: son aquellos que recaen directamente sobre la persona, empresa, sociedad etc. Entre los impuestos directos se pueden clasificar: los impuestos sobre la renta, al enriquecimiento, o aquellos que se cobran por trámites personales como la obtención de documentos, pagos de derechos y licencias, entre otros.
• Impuestos Indirectos: son aquellos que se le imponen a bienes y servicios y a las transacciones que se realizan con ellos; es decir las personas, indirectamente, a través de la compra de bienes y servicios, pagan el impuesto, aun cuando el Estado no les está cobrando directamente el impuesto a éstas. Los impuestos indirectos, entonces, se cobran en la compra y venta de bienes y servicios y al realizar otro tipo de transacciones comerciales como la importación de bienes. Un caso típico de este tipo de impuesto es el impuesto al valor agregado (IVA).
Valor Agregado: Claramente lo anterior nos indica y nos hace observar la principal diferencia que existe entre los impuestos directos e impuestos indirectos. Esta diferencia se fundamenta en la manera en que incurre el pago de dichos impuestos, ya que en el directo el pago de los mismos recae sobre las personas ya sean naturales o jurídicas; en cambio, los impuestos indirectos recaen de igual manera sobre las personas naturales o jurídicas pero de una forma indirecta,
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