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La Constitucion Peruana

foxcusco9 de Febrero de 2012

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“Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo”

“UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS ANDES”

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TEMA:

LA CONSTITUCION

CURSO : DERECHO CONSTITUCIONAL

ALUMNO : FRANK LUQUE GUERRA

CUSCO PERU

PRESENTACION

El presente trabajo realizado, solicitado por el catedrático de la asignatura de DERECHO CONSTITUCIONAL DR. Luis H. Farfán Wilson , con el fin de investigar sobre el tema “CONSTITUCION” .

En la actualidad, el estudio del derecho en el Perú , se hace cada vez mas preponderante y los hechos más constantes , para el desarrollo del alumno en el presente aprendizaje del la asignatura de “DERECHO CONSTITUCIONAL” .

Es necesario puntualizar que este trabajo de investigación ha sido promovido gracias a la iniciativa del docente de la asignatura por lo que he de hacer llegar mi reconocimiento como alumno del presente curso.

INTRODUCCION

La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la Republica, en el año 1821, luego de que José de San Martin decretara la independencia del Perú.

Es elemental hacer un estudio más allá del significado etimológico de lo que es una constitución; por lo cual en este estudio buscamos encontrar la verdadera esencia de lo que es una constitución, los elementos que al integran, su finalidad, sus características, los tipos de constituciones que existen, quienes y con que objeto las elaboran; así como un enfoque más concreto hacia el análisis de los orígenes de nuestra constitucion .

La Constitución Política de un país es de suma importancia para la existencia del mismo. La Carta Magna dicta la organización de un Estado, de una sociedad. Sin la existencia de una Constitución, el Estado no se podría conformar como tal, de ahí la importancia de analizar los aspectos más importantes de una Constitución.

El concepto de Constitución ha sido tratado desde Aristóteles, en la antigua Grecia, así, podemos ve que desde hace muchos siglos ha sido necesario para el hombre establecer la organización de un Estado, ya que sin una Constitución, carecería de los elementos necesarios para la supervivencia de una sociedad.

INDICE

LA CONSTITUCION:

1.- Origen y evolución.

2.-significado del término Constitución.

3.-La Constitución formal y material.

4.-Clasificacion de las constituciones.

5.-Según su forma de expresión.

6.-Según su jerarquía normativa.

7.-Según su vigencia real.

1.- ORIGEN Y EVOLUCION.

Antecedentes de las constituciones en el mundo.

Su origen lo encontramos en la Grecia Clásica que tuvo como convicción que la comunidad política se gobierna por ley.

Aristóteles fue quien desarrolló el concepto de Constitución. Para él existían tres buenas formas de gobierno: la monarquía -gobierno de un solo hombre, aristocracia gobierno de los mejores y democracia moderada -gobierno de muchos. Su degradación daría lugar respectivamente: tiranía, oligarquía y democracia exagerada.

La mejor forma de gobierno, la de constitución, sería aquella que combinara elementos de las tres primeras de manera que cada clase de ciudadano tuviera garantizados sus derechos y aceptara sus responsabilidades en favor del bien común.

Otro principio aristotélico, aún vigente, afirma que los gobiernos son responsables ante los gobernados y que todos los hombres son iguales ante la ley. Sólo que hay que recordar que para Aristóteles su sentido de igualdad lo aplicaba únicamente entre los hombres libres ya que el admitió la esclavitud.

Cuando el cristianismo se convirtió en la religión predominante se defendió la concepción monárquica del gobierno, ya que en los últimos años del Imperio Romano, San Agustín postuló que las constituciones terrenas debían responder en lo posible al modelo de la ciudad de Dios, lo que se interpretó como la concentración del poder en un único soberano. Esta tesis se desarrolló durante la edad media y se postuló que el monarca recibía su mandato directamente de Dios, concepto que constituyó la base del absolutismo monárquico.

Los fundamentos teóricos del constitucionalismo se desarrollaron sobre las teorías del contrato social en los siglos XVII y XVIII , con Thomas Hobbes,John Locke, Barón de Montesquieu y Juan Jacobo Rousseau.

Estas teorías originaron la doctrina liberal, contraria al absolutismo. La doctrina liberal propuso cambios en la forma de Gobierno y defendió los derechos políticos de los ciudadanos.

El contrato social los individuos cedían parte de la libertad absoluta que caracteriza el estado de naturaleza para poder contar con la seguridad que proporcionaba un gobierno soberano aceptado. Para Hobbes la soberanía debería concentrarse en un solo individuo, mientras Rousseau lo remitía a la voluntad general.

Locke estableció la división de poderes dentro del gobierno y fue quien mayor influencia tuvo en la Declaración de Independencia y la Constitución de los Estados Unidos de América y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia realizadas a finales del siglo XVIII.

La experiencia constitucional de Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos fue decisiva para el desarrollo del pensamiento liberal en el siglo XIX, durante el cual se promulgaron constituciones en la mayor parte de los países europeos y americanos.

Cabe mencionar que las constituciones del siglo XIX tendían a ser breves y a contener sólo normas fundamentales. Desde la primera guerra mundial, sin embargo fue más frecuente incluir en el texto constitucional diversos principios referentes a temas sociales, económicos y políticos que anteriormente se remitían a las leyes ordinarias.

Antecedentes de las constituciones en el Perú.

La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la República, en 1821, luego de que José de San Martín decretara la independencia del Perú.

En esas circunstancias surgió la necesidad de elaborar y aprobar, al igual que se había dado ya en otras naciones, una constitución que estableciera la forma de organización de Estado que se iba a dar al Perú. Es en este episodio donde se llevó a cabo el primer debate del recién convocado Congreso Constituyente.

La posición de San Martín y de algunos precursores como Hipólito Unanue era establecer en el país una monarquía constitucional. Por otro lado, también la facción republicana tenía muchos adeptos, siendo ésta posición la que finalmente se impuso en el Congreso.

Desde entonces, el Perú ha sido regido por varios textos constitucionales de distintas orientaciones, cada una de ellas graficó la tendencia política predominante en ese preciso momento histórico.

[editar] Estatuto de Bayona

Nunca rigió en el Perú virreinal, por lo que la primera Constitución aplicada en el Perú fue la Constitución de Cádiz promulgada el año 1812.

[editar] Constitución de Cádiz

Constitución jurada en todas las intendencias del virreinato y aplicada parcialmente por el virrey Abascal durante los años 1812 - 1814 y en el periodo de los virreyes Pezuela y La Serna durante los años 1820 - 1824.

La importancia de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812 radica en que sirvieron de cauce para la difusión de la libertad de pensamiento y el ejercicio de las prácticas electorales. En efecto, gracias a la libertad de imprenta surgieron diversas publicaciones políticas difusoras de las nuevas corrientes de pensamiento herederas de la ilustración.

Del mismo modo, mediante las prácticas electorales para la elección de alcaldes y regidores, diputados provinciales y representantes a las Cortes, los "peruanos" empezaron a ejercer los derechos de ciudadanía y considerarse "iguales" a los peninsulares.

Durante el periodo de 1812 - 1814 hubo tres procesos electorales para elegir a los miembros de los ayuntamientos constitucionales de las principales ciudades del Perú (sin contar la infinidad de elecciones en los ayuntamientos de los demás pueblos y ciudades). Hubo dos procesos electorales para elegir a los diputados del Perú ante las Cortes españolas (22 propietarios y 10 suplentes) y para elegir a los miembros de las Diputaciones Provinciales (Diputaciones Provinciales de Lima y del Cusco). Las instituciones de la Constitución de Cádiz que tuvieron vigencia en el Perú fueron la escuela de muchos de los políticos que forjarían nuestra vida republicana. En ello radica su importancia. Por tanto, no debe caerse en el error de considerar a esta Constitución como la fuente de inspiración de la Constitución de 1823, como aparentemente lo daria a entender una comparación superficial del articulado de ambas constituciones. Esa semejanza tuvo otra razón y es la que manifestó José Faustino Sánchez Carrión (encargado de la redacción del articulado

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