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La Patria Potestad


Enviado por   •  27 de Julio de 2014  •  1.489 Palabras (6 Páginas)  •  224 Visitas

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UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

BARQUISIMETO-ESTADO LARA

Osraida.A.Garcia.T

CI: 13.922.892

BARQUISIMETO, JUNIO DE 2014

Patria Potestad

En el presente informe daremos a conocer los aspectos principales en donde se explica la figura de la patria potestad. Donde se toman generalidades en la cual se destacan aspectos relevantes e información específica. Se hará mención acerca de su concepto, atribuciones, principios y causas de la privación de la misma. La Patria Potestad, tiene sus orígenes en tiempos de los romanos, de donde por supuesto, proviene todo o casi todo nuestro ordenamiento jurídico occidental. Este derecho sobre los hijos, ejercido por el padre de familia, con el tiempo se fue reformando, hasta llegar a convertirse en más que un derecho del padre sobre los hijos, en un sistema de protección supraestatal, ya que es el estado quién vigila la protección de los derechos y deberes que tienen los padres para con sus hijos, de allí lo más nuevo en protección de Derechos del Niño y del Adolescente como lo es la LOPNA (Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en cuanto al tema de la Patria Potestad y su vinculación directa con el Derecho de Familia, por ser ésta la célula de la sociedad y donde el niño nace, crece y se desarrolla. En Venezuela, como ya hemos dicho, es la LOPNA quien estipula el Sistema de la Patria Potestad, siendo auxiliada por ciertos artículos, aún vigentes en esta materia, del Código Civil Venezolano. Por lo tanto la Patria potestad refiere al conjunto de deberes y derechos de los padres en relación con los hijos que no hayan alcanzado la mayoría de edad y tiene por objeto el cuidado, desarrollo y educación integral de los hijos según artículo 347 de la LOPNA. Tiene como principios la guarda, la representación y la administración de los bienes de los hijos sometidos a ella. Artículo 348 de la LOPNA, y se ejerce sobre los hijos comunes, corresponde al padre o la madre durante el matrimonio y la misma se ejerce de manera conjunta fundamentalmente en interés y beneficio de los hijos. Art. 349 LOPNA.

Es necesario señalar las atribuciones de la patria potestad y tenemos que La patria potestad se aplica exclusivamente como un régimen de protección a menores no emancipados., entendiendo como emancipación cuando alguien mayor de 16 y menor de 18 años pueda disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad. Es obligatoria, pues los padres tienen la patria potestad a no ser que la misma ley los prive de ella o los excluya de su ejercicio. Es personal e intransmisible porque son los padres quienes deberán ejercerla a no ser que la misma ley los excluya de su ejercicio. La patria potestad es un régimen de protección que ofrece las mayores garantías de protección de los menores no emancipados porque cuenta con el concurso de los protectores naturales de éstos. Es indisponible, porque el ejercicio de la patria potestad no puede ser atribuido, modificado, regulado ni extinguido por la propia voluntad privada sino en los casos en que la misma ley lo permita. Es importante señalar que los cónyuges pueden disponer sobre la guarda del hijo en el escrito de separación de cuerpos por mutuo consentimiento, pero este es un caso en que la ley lo permite (Art. 560 LOPNA).

La patria potestad es irrenunciable y en todas las cuestiones relacionadas con el estado civil y el derecho de familia, sólo son válidas las convenciones expresamente autorizadas por la ley, de manera que las que no se amparan en las normas jurídicas conducentes, adolecen de nulidad. Esto significa que en tales

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