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La Santa Sede


Enviado por   •  10 de Octubre de 2011  •  2.028 Palabras (9 Páginas)  •  1.009 Visitas

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LA SANTA SEDE La Ciudad del Vaticano alberga la Santa Sede, máxima institución del catolicismo romano. Aunque los dos nombres «Ciudad del Vaticano» y «Santa Sede» se utilizan a menudo como si fueran equivalentes, el primero se refiere a la Ciudad y a su territorio, mientras que el segundo se refiere a la institución que dirige la Iglesia y que tiene personalidad jurídica propia (como sujeto de Derecho internacional). En rigor, es la Santa Sede, y no el Estado del Vaticano, la que mantiene relaciones diplomáticas con los demás países del mundo. Por otro lado, el Vaticano es quien da el soporte temporal y soberano (sustrato territorial) para la actividad de la Santa Sede. La máxima autoridad del Vaticano y Jefe de Estado del mismo es el Sumo Pontífice, por lo que puede considerarse la única teocracia de Europa, aun cuando el Papa delega las funciones de gobierno en el Secretario de Estado. Gobierno y política: La esencia del estado de la Ciudad del Vaticano se fundamenta en su unión con la Santa Sede, de manera que el Papa es a la vez Cabeza Suprema de la organización católica romana y Jefe de Estado del Estado de la Ciudad del Vaticano. En consonancia con esta doctrina, el Vaticano es el único territorio europeo que explícitamente defiende su carácter de teocracia. Formalmente el Vaticano se autodefine como una monarquía absoluta cuyo monarca, el Sumo Pontífice, tiene plenos poderes legislativo, ejecutivo y judicial Es también una teocracia electiva, en la que la elección del Papa corresponde al Sacro Colegio Cardenalicio (cuyos miembros son designados por los anteriores Sumos Pontífices), reunido en Cónclave, lo cual actualmente se hace según las disposiciones de la Constitución Apostólica Universi Dominici gregis, promulgada por Juan Pablo II el 22 de febrero de 1996 y modificada por Benedicto XVI en junio de 2007. Sólo el colegio cardenalicio tiene derecho a voto, quedan excluidas el resto de las personas que residen en la Ciudad del Vaticano. El electo se convierte en Papa en cuanto manifiesta su aceptación, siempre que tuviera ya el carácter de obispo. En caso contrario, el elegido debe ser ordenado Obispo inmediatamente. En cualquiera de los dos casos, el Papa electo adquiere desde el mismo momento de su aceptación, y ordenación en su caso, la plena y suprema potestad en la Iglesia Católica y como Jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano. Los órganos de gobierno del régimen de la Ciudad del Vaticano no forman parte de la Curia Romana (Cfr. Art.1 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus), sino que tiene un ordenamiento jurídico específico. El segundo al mando del gobierno del Vaticano, después del Papa, es el Secretario de Estado aunque no corresponden a la formación real de Estado, labor que actualmente cumple el cardenal Tarcisio Bertone. La Ley Fundamental de la Ciudad del Vaticano constituye la norma constitucional más importante; según la cual el Papa, "tiene la plenitud de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial". Únicamente se prevé la distinción de funciones; es decir, el Papa no ejercita estas funciones de forma directa en la mayoría de los casos (de facto, la potestad judicial nunca la ejercita personalmente) sino que se constituyen diversos órganos vicarios que administran el gobierno de este Estado, cada uno de los cuales ejercita una de las funciones. No existe sistema judicial alguno que rija, dejando a Italia las diferentes tareas de enjuiciamiento criminal. El Papa administra el Estado mediante la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano, salvo en los casos que entienda reservarse a sí mismo o a otras instancias.6 Equivale al poder legislativo y está compuesta por cardenales nombrados por el Papa para un quinquenio. El Papa delega el poder ejecutivo en el Presidente de la Comisión, coadyuvado por el Secretario General y el Vice-Secretario General. El Presidente de la Comisión tiene también facultad legislativa: puede emitir ordenanzas, y en casos de urgente necesidad puede adoptar disposiciones con carácter de ley, siempre que la Comisión las confirme en los 3 meses siguientes. Asume también la representación diplomática del Estado excepto ante los Estados extranjeros, función que es reservada al Papa. Actualmente el Presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano es el Arzobispo Giovanni Lajolo. El cargo de Gobernador de la Ciudad del Vaticano (Governatore dello Stato della Città del Vaticano en italiano) fue, en una época, unipersonal y ejercido por el marqués y conocido numismático Camillo Serafini, desde 1929, año de la fundación del Estado, hasta la muerte de éste en 1952. Ulteriormente, no fue designado sucesor de Serafini y el cargo propiamente tal tampoco fue mencionado en la Ley Fundamental del Estado, emitida por el Papa Juan Pablo II el 26 de noviembre de 2000, y que entró en vigor el 22 de febrero de 2001. El Presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano ha ejercido desde 1952 las funciones que antes eran atribuidas al Gobernador y desde 2001, también recibe el título de Presidente de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano. El idioma oficial es el latín, aunque el idioma más hablado es el italiano. La moneda, según un acuerdo suscrito con la Unión Europea (UE), es el euro. Con el establecimiento de relaciones diplomáticas con la República de Botsuana, son ya 177 (2008) estados de todo el mundo los que mantienen reconocimiento bilateral con la Santa Sede, reconociendo la existencia del microestado. Entre los países que no tienen relaciones diplomáticas con la Santa Sede se encuentran China, Corea del Norte, Vietnam y Arabia Saudí. El Vaticano es uno de dos países europeos (el otro es Bielorrusia) que no ha firmado la Convención Europea de Derechos Humanos. Ley Fundamental de la Ciudad del Vaticano. Derechos humanos La Ciudad del Vaticano no es miembro de la Organización de las Naciones Unidas, aunque la Santa Sede es observador permanente en ella. En materia de derechos humanos, la Santa Sede está presente en muchos de los organismos de la Carta Internacional de Derechos Humanos, que incluyen al Comité de Derechos Humanos (HRC). Economía El Vaticano no puede mantenerse a merced de la actividad productiva de su propio territorio, limitada a la venta de recuerdos turísticos, libros, sellos

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