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Lavado de dinero


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2012  •  5.548 Palabras (23 Páginas)  •  640 Visitas

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Lavado de dinero

I. Antecedentes:

El propio Fondo Monetario Internacional y el Grupo de Acción Financiera Internacional afirman que “México se enfrenta ahora a una amenaza a su estabilidad y a su seguridad nacional sin precedentes, por el tráfico de drogas y la delincuencia organizada”.

Agregan que “los poderosos cárteles de la droga, que recurren a la violencia extrema, han extendido sus actividades en diversas partes del país. Estas actividades suponen un importante desafío para el gobierno”. Sin embargo, es un hecho que en nuestro país mientras que las autoridades no combatan de manera efectiva el “lavado de dinero”, de nada servirá combatir con el ejército al crimen organizado y es que de acuerdo con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y con el Fondo Monetario Internacional (FMI), en nuestro país, los delitos financieros como el lavado de dinero no son adecuadamente investigados.

Tan solo como un ejemplo entre 2008 y 2009 la Procuraduría General de la República (PGR) impuso un record en las investigaciones abiertas por lavado de dinero. Al registrar 450, mientras que entre 2004 y 2007, los expedientes abiertos fueron solo 149.

Pese a ello, el promedio de sentencias que el gobierno logro para castigar este delito fue muy bajo, y las condenas, salvo algunas excepciones, muy reducidas.

Cifras de la propia PGR revelan que la mayoría de las sentencias obtenidas en 2007 por el delito de lavado de dinero (operaciones con recursos de procedencia ilícita) deriva de la detención de personas con fuertes cantidades de dinero, en aeropuertos del país, durante operativos contra el crimen organizado, o bien por denuncias anónimas.

En consecuencia, las sentencias son, generalmente, bajas, pues en estos casos se tipifican modalidades como el transporte o la custodia de dinero y sólo en casos claramente vinculados con alguna organización delictiva, se consigna por delincuencia organizada, ilícito que tiene una penalidad mayor.

Ejemplos de algunos casos

• Israel Clemente González, detenido el 4 de enero de 2006, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), cuando llegaba en un vuelo procedente de Tijuana, Baja California, con 725 mil 594 dólares americanos ocultos en su equipaje.

Clemente González fue sentenciado a siete años de prisión y una multa de 97 mil pesos por transportar recursos de procedencia ilícita con el fin de ocultar su origen.

• Un caso similar es el de María Clemencia Uribe de Trujillo, de nacionalidad colombiana, y la venezolana Laura Patricia dos Ramos Orozco, también detenidas en el AICM en 2005 y 2006 cuando pretendían viajar con destino a Colombia y Panamá, respectivamente.

Uribe llevaba ocultos 855 mil 379 dólares en el interior de accesorios automotrices, mientras Dos Ramos intentaba sacar del país 110 mil 366 dólares en el doble fondo de su maleta. La ciudadana colombiana fue sentenciada a siete años dos meses y 18 días de prisión, y al pago de 70 mil 200 pesos de multa, mientras a Dos Ramos se le impusieron cinco años tres meses y una multa de 48 mil 670 pesos.

• Destaca la iniciada en contra del ciudadano mexicano de origen chino, Zhenli Ye Gon tras el aseguramiento de 205 millones de dólares en una casa de su propiedad en Las Lomas de Chapultepec, de la cual no se sabe más que la extradición de este personaje a los EUA .

La PGR también tiene en curso indagatorias contra presuntos integrantes de los carteles de Sinaloa o del Pacífico, el Golfo y La Familia derivadas también de la incautación de fuertes sumas de dinero en divisas o de la detención de algunos integrantes de estas organizaciones. De las cuales aun no existen sentencias firmes sobre el Lavado de Dinero. Respecto del cartel del Pacífico, la PGR investiga por lavado de dinero a Sandra Ávila Beltrán, la llamada Reina del Pacífico y Jesús Raúl Beltrán Uriarte, conocido como El Tío, presunto lugarteniente de Ignacio Coronel. De las cuales aun no existen sentencias firmes sobre el Lavado de Dinero.

De esta manera un reporte de 2009 del Fondo Monetario Internacional (FMI) señala que pese a la expansión del tráfico de drogas y las actividades del crimen organizado en México, los delitos del lavado de dinero no han sido adecuadamente investigados, pues las autoridades mexicanas solamente han obtenido 25 sentencias condenatorias por este ilícito desde 1989 a 2007; 14 de ellas fueron dictadas en 2007,

Más aún la mayor parte está relacionada con delitos en flagrancia, es decir, aseguramiento de dinero y detenciones en operativos policiacos o militares, y prácticamente ninguna con el intercambio de información de inteligencia con la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda.

Y es que por ejemplo entre 2007 y el primer trimestre de 2011, a pesar de que la expansión del tráfico de drogas y las actividades del crimen organizado en México ha mostrado un considerable aumento, los delitos del lavado de dinero no han sido adecuadamente investigados, pues las autoridades mexicanas solamente han obtenido 20 sentencias condenatorias por este ilícito ; a pesar de que durante ese lapso la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP ha recibido 185 mil 677 reportes de operaciones “inusuales” en el sistema financiero del país, de las cuales fueron; 52 mil 958 en 2009, 46 mil 876 en 2010, y 10,509 al primer trimestre de 2011.

Por su parte durante el mismo período la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP, recibió 576 reportes de operaciones que fueron catalogadas como “operaciones preocupantes”; 119 de este total fueron en 2009, 89 durante 2010 y 22 al primer trimestre de 2011, sin embargo, durante todo este tiempo sólo existen 20 sentencias condenatorias por este tipo de “ilícito”.

Conviene señalar que de acuerdo a la propia Unidad de Inteligencia Financiera, se denominan “Operaciones Inusuales”, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos que no concuerden con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes de las instituciones financieras, o con su patrón habitual de comportamiento.

Por su parte las “Operaciones preocupantes” son aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones que, por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas en esa misma materia, o aquella que, por cualquier otra causa, resulte dubitativa para dichas instituciones

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