ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley 9 De 1979


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  2.859 Palabras (12 Páginas)  •  1.484 Visitas

Página 1 de 12

LEY 9 DE 1979

SALUD OCUPACIONAL

OBJETO:

ARTICULO 80

Para preservar y conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la presente ley establece normas tendientes a:

Prevenir, proteger, eliminar o controlar todo año para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo, relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos y otros que puedan afectar a la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo; provenientes de la producción, almacenamiento, transporte, expendido uso o disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.

ARTICULO 81:

La salud del trabajador es indispensable para el desarrollo socioeconómico del país y el estado y los particulares deben de preservarlo.

ARTICULO82:

Estas normas son aplicables para todo tipo de trabajo cualquiera que sea su razón social o forma jurídica.

ARTICULO 83:

Al ministerio de salud y a los demás órganos le corresponde establecer las regulaciones con el fin de proteger, conservar y mejorar la salud de los trabajadores, supervisando el cumplimiento de las normas y de las reglamentaciones que se expidan, promoviendo y ejerciendo acciones de investigación, control, vigilancia y protección de la salud de las personas que trabajan, del mismo modo determinan los requisitos para la venta, el uso y el manejo de sustancias o equipos que puedan afectar la salud; además pueden limitar o prohibir cualquiera de estas actividades.

ARTICULO 84:

Todos los empleadores están obligados a: proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, estableciendo métodos de trabajo con el mínimo riesgo para la salud dentro de los procesos de producción. Cumplir y hacer cumplir las leyes y las normas responsabilizándose de un programa de higiene y seguridad dentro de los sitios de trabajo, adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores realizando instalación y mantenimiento de los sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes de trabajo.

Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo de igual forma las actividades tendientes a proteger la salud de los trabajadores.

Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones que se juzguen necesarias.

Realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que estén expuestos los trabajadores y sobre los métodos de prevención y control.

De igual forma los trabajadores independientes están obligados a adoptar medidas.

ARTICULO 85:

Todos los trabajadores están obligados a cumplir con las disposiciones reglamentarias de medicina, higiene y seguridad, así como mantener adecuadamente los dispositivos para control de riesgos y equipos de protección así como participar en la implantación y mantenimiento de las medidas de prevención de riesgos para la salud.

ARTICULO 86:

El gobierno expedirá las normas complementarias tendientes a garantizar la seguridad de los trabajadores tendientes a prevenir los riesgos de accidente y enfermedad.

ARTICULO 87:

Todas las personas que presten servicios de salud ocupacional a empleadores están sujetas a la supervisión del ministerio de salud o las entidades que los regulen.

ARTICULO 88:

Toda persona que entre a cualquier lugar de trabajo deberá cumplir las normas de higiene y seguridad del lugar.

ARTICULO 89:

Para el funcionamiento de centros de trabajo se requiere licencia expedida conforme a la ley.

DE LAS EDIFICACIONES DESTINADAS A LUGARES DE TRABAJO

ARTICULOS 93, 94, 95, 96, 97

Las edificaciones deben estar construidas adecuadamente cumpliendo con las disposiciones sobre localización y construcción establecidas en la ley; adecuada construcción de las dependencias, zonas especificas para determinado uso, los pisos de los locales deberán ser impermeables, sólidos, antideslizantes y secos; en caso que se utilicen procesos húmedos debe tener la inclinación y canalización adecuada para el escurrimiento de los líquidos. Todas las aéreas deben estar debidamente demarcadas de igual forma todas las zonas elevadas donde pueda existir riesgo de caída.

Las escaleras o rampas deben estar construidas con las normas técnicas de seguridad.

Las puertas de salida deben ser amplias y suficientes en caso de evacuación del personal durante una emergencia o desastre, las cuales no podrán mantenerse obstruidas o con seguro.

DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES:

ARTICULO 98, 99, 100

En todo lugar en que se emplee procedimientos, equipos, maquinas, materiales o equipos que puedan afectar la salud y seguridad de los trabajadores se deben adoptar medidas de seguridad para controlar en forma efectiva los agentes nocivos; si no es posible mantener los agentes nocivos dentro de los valores límite se debe adoptar métodos complementarios de protección personal. El ministerio de salud debe evaluar las condiciones ambientales de los lugares de trabajo.

DE LOS AGENTES QUIMICOS Y BIOLOGICOS

ARTICULOS 101, 102, 103, 104

En todos los ambientes de trabajo se deben adoptar las medidas necesarias para evitar la presencia de agentes químicos en concentraciones que representen riesgo para el trabajador, estos riesgos serán objeto de divulgación entre el personal potencialmente expuesto haciendo una clara titulación de los materiales y áreas expuestas informando sobre las medidas preventivas y de emergencia; cuando se manejen estas sustancia se deben tomar las medidas necesarias de prevención, el control de agentes químicos se debe efectuar

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (20 Kb)  
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com