Marco Legal
claudiaguardado23 de Septiembre de 2014
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(CONSTITUCIONALISMO)
1. La transformación del estado (de la arbitrariedad al estado de derecho).
2. Consagración del principio de la soberanía popular (conversión a favor del pueblo y no del rey).
3. Sometimiento del pueblo (a normas de derecho, por él creadas y no a una sola persona).
4. Imposición de un sistema de libertades al poder del estado (garantía de la libre acción de los individuos).
5. Promoción de un régimen de seguridad jurídica (crear en los individuos la confianza de la
6. Se sustenta en la Constitución.
7. División de poderes (Poder Legislativo, Poder ejecutivo y Poder Judicial)
8. Protección del Estado de Derecho (el poder estatal sometido a un orden jurídico)
9. Soberanía nacional y los derechos fundamentales (estabilidad y control de la constitucionalidad, que es el mecanismo jurídico que garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales)
1.1.3 GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Los derechos de las personas, mirados desde la perspectiva del Estado, son las garantías constitucionales. Los elementos de la personalidad humana jurídicamente protegidos, vistos desde la óptica de los favorecidos con aquella protección, se llaman derechos subjetivos, y mirados desde el punto de vista del Estado se llaman garantías constitucionales. De modo que enfocados desde abajo son derechos y vistos desde arriba son garantías. Los derechos consisten en bienes del hombre o elementos de su actividad amparados jurídicamente frente al Estado y a los particulares. Las garantías son los mecanismos que el Estado crea para hacer eficaz ese amparo.
La persona humana es titular de una serie de derechos —tiene derechos subjetivos— pero es el Estado el que los hace efectivos. Para lo cual ha creado instancias judiciales y mecanismos administrativos a fin de que ellos no queden simplemente escritos en el papel sino que reciban una protección jurídica y política eficaz. No basta con la “declaración” de un derecho: es menester asegurar su eficacia. Asegurarla incluso con la imposición de penas a quienes lo violen. La garantía es el acto de afianzar lo prescrito en las normas constitucionales. En unos Estados se han erigido tribunales de garantías constitucionales y en otros la custodia se ha entregado a los tribunales de justicia ordinarios. A ellos puede acudir el ciudadano cuando siente que sus derechos han sido conculcados.
Son Derechos fundamentales del ser humano , que actualmente forman una parte integrante de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, han sido objeto fenómenos sociales, tanto nacionales como internacionales , pues se ha buscado su reconocimiento y protección.
Como proceso instituido por la misma Constitución de un Estado cuya finalidad es defender la efectiva vigencia de los derechos fundamentales que este texto reconoce o protege, haciendo efectiva la estructura jerárquica normativa establecida, realmente son los derechos que la constitución de un Estado reconoce a los ciudadanos.
-Otro sector de la doctrina, en un sentido genérico, comprende dentro del término, las medidas de protección constitucional (en el sentido expuesto) y además las propias garantías procesales. Así, el término garantía, seria sinónimo de defensa constitucional.
-las garantías son medios técnicos-jurídicos, orientados a proteger las disposiciones constitucionales cuando estas son infringidas, reintegrando el orden jurídico violado.
-el conjunto de instrumentos de garantía de las normas constitucionales también ha sido designado con el termino de justicia constitucional, término que prefiere fix zamudio por considerar que con el se subraya el carácter preponderantemente axiológico de estos instrumentos y por su preciso sentido jurídico.
CONCLUSION:
El derecho público es el que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público y los derechos constitucionales es el que surge del derecho público, este también tiene sus características muy especificas y sus garantías constitucionales que con ellas llegan los recursos de garantías constitucionales.
PREGUNTAS:
¿Qué es el derecho público?
Es el que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas.
¿Qué es el derecho constitucional?
El derecho constitucional o político, surge del derecho público. Es el conjunto de normas fundamentadas para el bien social de estado por medio de la constitución. La constitución es el documento que contiene las normas de la estructura fundamental del estado.
¿Cuántas características tiene el derecho constitucional?
9 características
1. La transformación del estado (de la arbitrariedad al estado de derecho).
2. Consagración del principio de la soberanía popular (conversión a favor del pueblo y no del rey).
3. Sometimiento del pueblo (a normas de derecho, por él creadas y no a una sola persona).
4. Imposición de un sistema de libertades al poder del estado (garantía de la libre acción de los individuos).
5. Promoción de un régimen de seguridad jurídica (crear en los individuos la confianza de la
6. Se sustenta en la Constitución.
7. División de poderes (Poder Legislativo, Poder ejecutivo y Poder Judicial)
8. Protección del Estado de Derecho (el poder estatal sometido a un orden jurídico)
9. Soberanía nacional y los derechos fundamentales (estabilidad y control de la constitucionalidad, que es el mecanismo jurídico que garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales)
¿Qué son las garantías constitucionales?
Las garantías son medios técnicos-jurídicos, orientados a proteger las disposiciones constitucionales cuando estas son infringidas, reintegrando el orden jurídico violado.
Son Derechos fundamentales del ser humano , que actualmente forman una parte integrante de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
1.2 Derecho Administrativo.
1.2.1 Conceptos
El derecho administrativo, es la rama del derecho público, regula la actividad del estado que se realiza en forma de función administrativa, es indispensable saber el primer término en qué consiste la actividad estatal.
1.2.2 Estado y sus funciones.
Concepto político que se refiere a una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones, que tienen el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
Organización jurídico-política, unitario, estructurado jurídicamente que detenta el ejercicio del poder
Las funciones del Estado tienen un apoyo lógico y jurídico. Por medio de los fines se reconocen las etapas para alcanzar una meta, por las funciones se consagran procedimientos en la legislación que necesitan para su realización de las tres funciones esenciales del Estado. La doctrina clásica y la legislación positiva han reconocido tres actividades esenciales del Estado para realizar los fines resultados del principio lógico-jurídico de la división del trabajo aplicado a la teoría constitucional:
A) La función legislativa, que es la función encaminada a establecer las normas jurídicas generales. El Estado moderno es el creador del orden jurídico nacional.
B) La función administrativa, que es la función encaminada a regular la actividad concreta y tutelar del Estado, bajo el orden jurídico. La ley debe ser ejecutada particularizando su aplicación. En sentido moderno el estado es el promotor del desarrollo económico y social de un país.
C) La función jurisdiccional, que es la actividad del Estado encaminada a resolver las controversias, estatuir o declarar el derecho. La superioridad del Poder Judicial en la sociedad moderna, lo coloca como el órgano orientador de la vida jurídica nacional.
1.2.3 Clasificación de los actos administrativos.
La actividad del estado es el conjunto de actos materiales y jurídicos operaciones y tareas que realiza en virtud de las atribuciones que la legislación positiva le otorga.
Las atribuciones son medios determinados para alcanzar fines.
Los criterios para fijar unas y otras no constituyen cuestiones jurídicas, sino que corresponden al campo de las ciencias políticas.
Las atribuciones que en esa forma a través del tiempo se han asignado al estado y que en los momentos actuales conserva, se pueden agrupar en las siguientes categorías:
a) Atribución de mando, de policía o coacción que comprenden todos los actos necesarios para el mantenimiento y protección del estado y de la seguridad, la salubridad y el orden público.
b) Atribuciones para regular las actividades económicas de los particulares.
c) Atribuciones para crear servicios públicos.
d) Atribuciones para intervenir mediante gestión directa en la vida económica, cultural y asistencial del país.
1.2.4 Responsabilidad del Estado
La problemática de la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios públicos, conjuntamente con la protección administrativa y jurisdiccional de los administrados, constituye uno de los puntos esenciales del derecho administrativo. Cuando el estado dicta un acto antijurídico, existirá la posibilidad de impugnarlo en sede administrativa (procedimiento administrativo) o judicial (derecho procesal administrativo); pero además
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