ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Matrimonio

raismellys31 de Enero de 2013

10.439 Palabras (42 Páginas)308 Visitas

Página 1 de 42

EL MATRIMONIO.

Concepto: El matrimonio (del latín: matrimonĭum) es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.

Por ser una institución sumamente extendida en el mundo. La definición del matrimonio es materia de diversas disciplinas. El matrimonio constituye una unión de dos personas que tiene por finalidad constituir una familia. Hasta hace pocos años se consideraba un elemento esencial de la definición el hecho que ambos contrayentes debían ser de sexo opuesto, pero en el último tiempo este elemento ha sido objeto de moderaciones debido a la introducción, por algunos ordenamientos, del matrimonio entre personas del mismo sexo.

El matrimonio puede ser civil o religioso y, dependiendo de la religión o del ordenamiento jurídico, los derechos, deberes y requisitos del matrimonio son distintos. Ahora bien, no todas las sociedades establecen la distinción entre matrimonio civil y matrimonio religioso. Esta distinción sólo puede existir en aquellos contextos donde el Estado ha atraído el reconocimiento del matrimonio como una de sus atribuciones. En algunos países occidentales el matrimonio civil no ha sido reconocido hasta fechas relativamente recientes. Por ejemplo, Chile lo reconoce desde 1884. Argentina, lo hace desde 1888, en virtud de la Ley 2393. Algunos estados que han adoptado el matrimonio civil no reconocen las uniones conyugales realizadas bajo las normas religiosas, otros las reconocen como opción con validez jurídica equivalente al matrimonio civil. En contraparte, las religiones no suelen reconocer el matrimonio civil como una forma de unión conyugal acorde con sus preceptos.

EL MATIMONIO EN VENEZUELA Y SU IMPORTANCIA

.

El matrimonio es la unión legal de un hombre y una mujer con la finalidad de vivir juntos, a perpetuidad, procrear y socorrerse mutuamente.

Lo relativo al matrimonio está regulado en el derecho venezolano en el titulo IV, artículos 41 al 196 del Código Civil venezolano.

El matrimonio es, sin lugar a dudas, el más importante de todos los negocios jurídicos y de todas las instituciones reconocidas por el derecho. Constituye la base y el fundamento de la familia legítima y por ende el pilar fundamental de la sociedad organizada.

FINES DEL MATRIMONIO.

Para el Derecho de Familia los fines son:

1. Legalización de las relaciones intersexuales. (Esto descarta el Concubinato-Estado de un hombre y una mujer que conviven en pareja sin estar casados-)

2. Procreación y educación de los hijos.

3. Asistencia, comprensión, cooperación y compañía mutuas. La asistencia incluso sub-siste luego del divorcio.

Para el Derecho canónico los fines primarios son:

1. La procreación y

2. La crianza de los hijos.

Y un fin secundario es el deber reciproco de asistirse mutuamente en todas las necesidades.

CLASIFICACIÓN O CLASES DE MATRIMONIO.

• Matrimonio Civil: Es un acto jurídico mediante el cual dos personas de distintos sexos, de mutuo acuerdo entre ellos, una comunión de vida que la ley protege.

• Matrimonio Religioso: Es un acto que se celebra de acuerdo a las creencias religiosas que profesan los contrayentes y se efectúa después del matrimonio civil.

SISTEMAS MATRIMONIALES.

Sistema exclusivamente religioso: matrimonio religioso católico, el acto del matrimonio se celebra conforme al rito católico y los efectos civiles de este matrimonio son regulados por las leyes del Estado que también puede exigir la concurrencia de los requisitos de capacidad para contraer matrimonio.

Sistema exclusivamente civil: La Ley del Estado solo reconoce y autoriza la unión que ella regula a la que atribuye efectos civiles. Puede celebrarse el matrimonio en forma religiosa pero carece de efectos desde el punto de vista legal.

Sistema mixto: (civil y religiosa), se combina de tres maneras diferentes al las dos anteriores se exige la celebración conjunta de ambos, permite aceptando como invalido, cualquier de los que sea escogido; y establece como válidos solamente el matrimonio religioso; pero permite por vía de excepción la celebración del matrimonio civil para aquellas personas que no profesen la religión oficial.

MATRIMONIO CIVIL: SUS CARACTERISTICAS

Características del Matrimonio Civil

• Monogámico: Solo se contrae entre un solo hombre y una sola mujer.

• Solemne: Para realizarse deben cumplirse una serie de requisitos y formalidades exigidas por la ley.

• Carácter Laico: Solo el matrimonio produce efectos jurídicos.

• Perpetuidad: Los contrayentes se casan con el propósito de que la unión sea para toda la vida, aunque después se divorcien.

• Consentimiento mutuo: Ambos contrayentes deben manifestar su deseo de contraer el acto jurídico.

• Intervención del Estado: A través de un funcionario público

Competente quien declara la formación del vínculo

REQUISITOS O CONDICIONES PARA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO.

Requisitos de fondo:

1. Diversidad de sexos: art 44 c.c únicamente pueden unirse en matrimonio un hombre y una mujer, es decir dos personas de sexos opuestos.

2. Capacidad: se entiende por capacidad la posibilidad legal de ser sujeto o parte en una relación jurídica matrimonial.

2.1 pubertad: estando dirigido el matrimonio a la procreación y conservación de la especie humana, es necesario que la persona que lo contrae haya llegado a la etapa de desarrollo físico a partir de la cual es apta para reproducir.

2.2 discernimiento: que la persona que pretende celebrar nupcias, sepa en realidad lo que hace, es decir comprende lo que es el matrimonio, al menos como hecho natural.

2.3 sexualidad: no pude contraer matrimonio válidamente el que adolece de impotencia manifiesta y permanente.

2.4 cordura: que se encuentre en sano juicio.

3. Consentimiento libre de:

3.1 error: es cuando queriendo contraer matrimonio con una persona, se contrae con otra por equivocación.

3.2 violencia: es la coacción física o moral que se ejerce sobre una persona a fin de arrancarle su consentimiento matrimonial.

4. Ausencia de impedimento para contraer matrimonio:

4.1Impedimentos dirimentes:

- Impedimento de vinculo anterior (art 50cc)

- Impedimento de orden (art 50cc)

- Impedimento de rapto (art 56cc)

- Impedimentos de consanguinidad (art 51cc)

- Impedimento de afinidad (art 51cc)

- Impedimento de adopción (art 54cc)

Requisitos de forma:

1. Los espósales: esponsalicia, publicación.: (art 66-69) (art68-81)

2. Solemnidad:

2.1 personal: es un acto jurídico personal. Únicamente puede llevarse a cabo estando presente los contrayentes.

2.2 público: el matrimonio no puede celebrarse en secreto.

2.3 gratuito: no existe en Venezuela tasa o contribución alguna que se cause con la celebración del matrimonio.

2.4 funcionarios autorizados para presenciar la celebración: la primera autoridad civil de la parroquia, el presidente de la junta parroquial, el juez de municipio, el prefecto de municipio, el alcalde.

2.5 personas que deben concurrir al acto: además de los contrayectes y del funcionario autorizado el secretario del último nombrado y los testigos.

2.6 formalidades de la celebración: el matrimonio solo puede celebrarse después de vencidos ocho días de la fecha de fijación del cartel esponsalicio y antes de que transcurra seis meses desde la fecha de la manifestación de esponsalicia.

IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO.

Se llama impedimentos a los hechos o situaciones que importan un obstáculo para la celebración del matrimonio.

La ley que tiende a favorecer la celebración del matrimonio, parte de la premisa de que todas las personas están facultadas para hacerlo, salvo las que se encuentren en las situaciones de excepción expresamente previstas.

Los impedimentos legales están taxativamente enumerados y no pueden ser ampliados por vía interpretativa.

CLASIFICACIÓN O CLASES DE IMPEDIMENTOS.

Impedimentos dirimentes:

1. Absolutos:

1 De vínculo anterior: mientras subsista; El matrimonio anterior.

2 De orden: no puede contraer matrimonio el ministro de cualquier culto, cuya religión se lo prohíba.

3 De rapto: no puede contraer matrimonio el encausado por rapto, violación o seducción, mientras dure el juicio criminal que se le forme y hasta tanto no cumpla la condena que se le haya impuesto, a no ser que lo celebre con la mujer agraviada.

2. Relativos:

1 De consanguinidad: La consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación; La consanguinidad entre hermanos o medios hermanos.

2 De afinidad: La afinidad en línea recta en todos los grados.

3 De adopción: El vínculo derivado de la adopción plena, en los mismos casos de los incisos 1º), 2º) y 4º). El derivado de la adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (66 Kb)
Leer 41 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com