Matrimonio
Enviado por canuto_omar • 30 de Enero de 2013 • 2.823 Palabras (12 Páginas) • 267 Visitas
APITULO III
DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO
Los cónyuges están obligados, a contribuir cada uno por su parte, a los
fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Toda persona tiene derecho a
decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el
espaciamiento de sus hijos. Por lo que respecta al matrimonio, este derecho
será ejercido de común acuerdo por los cónyuges.
Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a
su alimentación y a la de sus hijos, así como a la educación de éstos en los
términos que la ley establece, sin perjuicio de distribuirse la carga en la forma y
proporción que acuerden para este efecto, según sus posibilidades. A lo
anterior no está obligado el que se encuentre imposibilitado para trabajar y
careciese de bienes propios, en cuyo caso el otro atenderá íntegramente a esos
gastos. Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre
iguales para los cónyuges e independientemente de su aportación económica al
sostenimiento del hogar.
Cada uno de los cónyuges y los hijos, en materia de alimentos, tendrán
derecho preferente sobre los ingresos y bienes de quien tenga a su cargo el
sostenimiento económico de la familia y podrán demandar el aseguramiento de
los bienes para hacer efectivos estos derechos. Los cónyuges vivirán juntos en el domicilio conyugal. Se considera
domicilio conyugal, el lugar establecido de común acuerdo por los cónyuges, en
el cual ambos disfrutarán de autoridad propia y consideraciones iguales. Los
tribunales, con conocimiento de causa, podrán eximir de aquella obligación a
alguno de los cónyuges cuando el otro traslade su domicilio a país extranjero, o
se establezca en lugar insalubre o indecoroso, a no ser que lo haga en servicio
público.
El marido y la mujer tendrán en el hogar autoridad y consideraciones
iguales; por lo tanto, resolverán de común acuerdo todo lo conducente al
manejo del hogar, a la formación y educación de los hijos y a la administración
de los bienes que a éstos pertenezcan. Los cónyuges podrán desempeñar
cualquier actividad, excepto las que dañen la moral de la familia o la estructura
de ésta.
El marido y la mujer, mayores de edad, tienen capacidad para
administrar, contratar o disponer de sus bienes propios y ejercitar las acciones y
poner las excepciones que a ellos corresponden, sin que para tal objeto
necesite el esposo del consentimiento de la esposa, ni ésta de la autorización
de aquél, salvo lo que se estipule en las capitulaciones matrimoniales sobre la
administración y el dominio de los bienes comunes. El marido y la mujer,
menores de edad, tendrán la administración de sus bienes, pero necesitarán
autorización judicial para enajenarlos o gravarlos y un tutor para sus negocios
judiciales. Las discordias conyugales sobre los aspectos anteriores serán
resueltas por el Juez competente.
Los contratos traslativos de dominio sólo pueden celebrarse entre los
cónyuges cuando recaigan sobre bienes propios. El marido y la mujer, durante
el matrimonio, podrán ejercer los derechos y acciones que tengan el uno en
contra del otro pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el
matrimonio.
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El matrimonio como vínculo permanente da origen a una serie de
relaciones que se proyectan durante toda la vida de los consortes, si no llegan
a disolver el vínculo. El estado del matrimonio impone derechos y deberes
permanentes y recíprocos. Los deberes impuestos a los cónyuges de forma
tradicional se designan como: a) deber de cohabitación (necesidad de hacer
vida en común); b) deber de fidelidad, y c) deber de asistencia.
Los esposos deben habitar la misma casa, la vida en común es esencial
en el matrimonio; ese deber permite el cumplimiento de los de fidelidad,
asistencia y socorro mutuos que se deben los cónyuges.
Los tribunales, con conocimiento de causa, podrán eximir de esa
obligación a alguno de ellos, cuando el otro se traslade de su domicilio a país
extranjero, a no ser que lo haga o servicio publico o social, o se establezca en
país insalubre o indecoroso.
La convivencia mutua permitirá que los cónyuges que están obligados a
contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio y a socorrerse
mutuamente, cumplan los fines del matrimonio.
El incumplimiento de este
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