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Matrimonio


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2012  •  4.666 Palabras (19 Páginas)  •  282 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El matrimonio es la base de la familia y ésta a su vez de la sociedad, comprendiéndose de esta manera que es el asiento sobre el cual emergen los valores, de la protección de los cónyuges, procuración y obligación entre ellos y sus descendientes.

Santo Tomás de Aquino refiere que “… el matrimonio está instituido por Dios para el bien de la prole, no sólo para engendrarla, sino también para conducirla al estado perfecto…”.

Ahora bien, el matrimonio se logra vislumbrar como sacramento y como un acto jurídico o bien matrimonio civil que deriva del Estado mismo, dentro del cual se encuentran sustentadas cada una de las actuaciones, derechos y obligaciones que nacen al celebrar este acuerdo de voluntades.

El tema base de este documento es hablar de la naturaleza jurídica del matrimonio; sobre este particular es de mencionarse que existen diferentes puntos de vista en virtud de que en el Derecho Romano consideraba al matrimonio como contrato, de ahí que las distintas teorías traten de demostrar que el matrimonio se enfoca a un convenio de voluntad entre los contrayentes, ya que como bien se podrá apreciar en el presente documento el contrato, se compone de tres elementos (objeto, causa y consentimiento) y a falta de alguno de estos pierde esa figura.

El matrimonio dentro del Derecho Romano, forma parte de las fuentes de la patria potestad, el justae nuptiae o iustum matrimonium que es la denominación a la unión conyugal monogámica se llevaba a cabo de conformidad con las reglas del derecho civil romano (matrimonio legítimo), si bien es cierto y de acuerdo a lo que refiere Marta Morineau Iduarte y Román Iglesias Villegas, en la sociedad romana, debido al interés religioso y político que entrañaba la familia, resultaba de suma importancia la conservación de ésta a través de la institución del matrimonio, cuyo fin primordial era la procreación de hijos.

Si bien es cierto que existía interés político y religioso, así como la procreación de hijos, José Ferrández González, distingue que a esto se sumaba la consideración que disfrutaba la esposa en la casa del marido y en la ciudad por el sólo efecto del matrimonio, ya que se le daba la posibilidad de participar en el rango social del marido, de los honores de que estaba investido, así como de su culto privado, dando pauta a que su relación fuera aún más estrecha. Ahora bien, si a todo esto se sumaba la manus, la mujer entraba a formar parte de la familia civil del marido, que tenía autoridad sobre ella, de la misma manera que un padre sobre un hijo, y de esa misma forma se hacía propietaria de todos los bienes del marido, refiriendo asimismo Ferrández que estos caracteres de la asociación conyugal se encuentran trazados en la definición que da Modestino hacia el final de la época clásica señalando que “… es la unión del hombre y la mujer, implicando igualdad de condición y comunidad de derechos divinos y humanos…”.

Es de mencionarse que el matrimonio está constituido por dos elementos, el primero es el objetivo, el cual consiste en el trato del hombre y la mujer, asimismo el subjetivo el cual se refiere a los propósitos de los consortes de considerarse recíprocamente como marido y mujer, en sí se refiere al trato que se dispensan en público como cónyuges.

Por su parte Agustín Bravo González y Beatriz Bravo Valdés refieren que en el matrimonio romano no eran exigidas solemnidades de forma, así como tampoco la intervención de autoridad alguna, ya sea civil o religiosa, ya que si bien cuando dos personas hacen vida marital, es una cuestión muy delicada saber si su unión constituye un matrimonio o se trata de un concubinato.

Derivado de lo anterior es de referirse que el Código Civil del Estado de México, refiere dentro del artículo 4.1 bis, el concepto de matrimonio al cual lo define como “… una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual un hombre y una mujer voluntariamente deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia…”. Ahora bien, el matrimonio se considera como la unión solemne e indispensable de hombre y mujer para prestarse mutuo auxilio y procrear y educar hijos, derivado de esa solemnidad es que el Código Civil expresa igualmente dichos protocolos para la celebración del matrimonios, mismos que se encuentran expresados dentro del artículo 4.2 del citado ordenamiento legal.

En este mismo orden dentro del ordenamiento antes citado, en el Título Décimo Tercero nos refiere en su artículo 4.403 que “…Se considera concubinato la relación de hecho que tiene un hombre y una mujer, que sin estar casados y sin impedimentos legales para contraer matrimonio, viven juntos, haciendo una vida en común por un período mínimo de un año, no se requerirá para la existencia del concubinato el período antes señalado cuando reunidos los demás requisitos, se hayan procreados hijos en común…”.

En razón de lo señalado en los párrafos anteriores, es de observase que se tiene clara la definición de matrimonio y concubinato si bien es cierto esa convivencia hace deducir una relación más no así se compara a la categoría que deriva del vínculo matrimonial; es cierto que tanto del matrimonio como del concubinato se generan ciertos derechos y obligaciones, más no así el respaldo que refiere Ferrández, o sea ante una sociedad de ser considerados esposos.

Dentro de este mismo orden Ferrández señala que existen cuatro condiciones de validez del matrimonio refiriéndose a estos de la siguiente manera; la primera de ellas es la pubertad de los esposos, en la antigua roma la edad de pubertad era a los 12 años para la mujeres y 14 para el varón, en la actualidad la edad mínima es de 18 años tanto para hombres como para mujeres que como bien se precisa en el artículo 4.4 del Código en comento es la edad propia para poder contraer matrimonio sin tener que solicitar el consentimiento de las personas que ejercen sobre los púberos la patria potestad, ya que es en esta edad en que las facultades físicas del hombre y de la mujer están suficientemente desarrolladas para permitirles realizar el principal objeto del matrimonio; que como bien quedó expresado anteriormente es tener hijos que perpetúen en la familia.

La segunda condición es su consentimiento, refiriéndose a esto con la voluntad de ambas partes, que como bien se ha dicho el matrimonio es un acuerdo de voluntades de ahí que se derive el término de acto jurídico.

Es de mencionarse que debido a que el matrimonio es un acto de voluntad, las personas

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