Modelo De Elevación De Actuados
Angelavera04886 de Mayo de 2013
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DICTAMEN PENAL SUPERIOR No. - 2013-MP-2daFSPL-LORETO
Expediente N.° : 00190-2011-0-1903-SP-PE-01
Imputado : JOSE CLEMENTE RODRIGUEZ GALVEZ
Agraviado : JESUS ISRAEL RODRIGUEZ GALVEZ
Delito : CONTRA LA LIBERTAD – SECUESTRO
Vía : ORDINARIA
SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DE APELACIONES Y LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO:
Se ha remitido a este despacho la presente causa, para los fines del artículo 219º del Código de Procedimientos Penales concordante con el artículo 92º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que se tramita en Vía Ordinaria, y que se inicia en mérito a la Denuncia Penal No. 032-2011MP-FPM-MRC-CC, de fojas 108 a 122, y Auto de Inicio De Proceso, de fojas 123/133, por el delito de CONTRA LA LIBERTAD - VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL en la modalidad de secuestro, en agravio de Americo Callirgos Jara y el menor Elizgardo Callirgos Diaz, y se establece que:
HAY MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL, como autor del delito Contra LA LIBERTAD - VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL en la modalidad de SECUESTRO (Art. 152, primer párrafo e inciso 11 del segundo párrafo e inciso 1 del cuarto párrafo Penal.), en agravio de AMERICO CALLIRGOS JARA y ELIZGARDO CALLIRGOS DIAZ, contra:
JACK JERSON MINAYA CRUZ, identificado con DNI No 45185981, nacido el 28/06/1984, sexo masculino, soltero, con grado de instrucción secundaria, 1.80 cm, natural de San Pablo, Provincia de Mariscal Ramon Castilla – Loreto, hijo de Lucioo Minaya y Juana Cruz, con domicilio real en la Comunidad Santo Tomas - San Pablo, Mariscal Ramon Castilla.
GEODON CACERES VARGAS, identificado con DNI No 42419923, nacido el 20/06/1984, sexo masculino, soltero, con grado de educación secundaria, 1.75 cm, natural de Puerto Inca, Puerto Inca – Huanuco – hijo de Santiago Caceres y de doña Benedicta Gedeon, con domicilio Santo Tomas Rio Amazonas, Distrito San Pablo, Povincia Mariscal Ramon Castilla.
JOSE CLEMENTE RODRIGUEZ GALVEZ , identificado con DNI No 05793429, snacido el 23/11/1969, sexo masculino, soltero con grado de instrucción secundaria, con 1.66 de estatura, natural del distrito de Sartimbamba, Provincia de Sanchez Carrión, Región La Libertad, hijo de don Joaquin Rodriguez y de doña Augusta Galvez, con domicilio real en la Comunidad Santo tomas Bajo Amazonas, Distrito San Pablo Provincia Mariscal Ramón Castilla.
PAULINO ROBERTO RODRIGUEZ GALVEZ, identificado con DNI No 23159311, nacido el 05/06/1973, sexo msculino, con grado de instrucción primaria, con 1.61 cm de estatura, nacido en el Distrito de Sartimbamba, Provincia de Sanchez Carrión, Región La Libertad, hijo de don Juan Juaquin Rodriguez y de doña Augusta Galvez, con domicilio en el caserio Santo Tomas – Bajo Amazonas – Mariscal Ramon Castilla – Loreto.
JESUS ISRAEL RODRIGUEZ GALVEZ, identificado con DNI No 46392516, sexo masculino, nacido el 06/04/1986, estado civil soltero, con grado de instrucción primaria, con 1.60 cm
1. ANÁLISIS Y FUNDAMENTOS:
DE LOS HECHOS E IMPUTACIONES:
Se les imputa a los acusados, que el día tres de febrero del 2011, la persona de Reyna Flor Días Herrera, domiciliada en el caserío Santo Tomas, en el distito de San Pablo, dedenuncia que el día 28 de enero del 2011 a las 19.00 horas, aproximadamente los acusados y otros no identificados interceptrron a su conviviente AMERICO CALLIRGOS JARA y su hijo ELIZGARDO CALLIRGOS DIAZ llevandolos a la fuerza con dirección al centro de las chacras, en el monte, posteriormente las mismas personas hicieron regresar a asu hijo Elizgardo a eso de las 00.00 horas del 29 de enero del 2011, el mismo que se encontraba amarrado con las manos hacia la espalda y sujetado con una soga por la cintura, preguntandole donde esta la “merca” . Asimismo la denunciante refiere que un día antes la personas de JESUS ISRAEL RODRIGUEZ GALVEZ le pregunto a su convivente donde estaba la droga que habian robado hace varios dias , respondiéndole Américo que no sabía nada de lo estaban preguntando. Aduciendo que ese fue el motivo por el cual el día 28 de enero del 2011 siendo las 19.00 horas se llevaron a su conviviente e hijo, quienes no aparecen hasta la fecha. Además refiere que cuando le pregunto al señor Jose Clemente donde se encontraba su hijo le respondió diciendo que dos colombianos se lo llevaron aguas arriba, proponiendole llegar a un arreglo o de lo contrario se iba entregar el mismo a las autoridades para que cumpla su pena.
De igual mente la denunciante Reyna Flor Diaz Herrera a indicado a nivel policial qy en presencia de del Representnante del Ministerio Público, ratificarse en su denuncia, inficando que el día 28 de enero del 2011 a las 19.00, el acusado JOSE CLEMENTE RODRIGUZ GALVEZ se acerco a su convivient eamerico callirgos jara y le pregunto donde se encontraba la “merca” de su hermano JESUS ISRAEL RODRIGUEZ GALVEZ, por lo que su conviviente le dijo que no sabia nada y si la tuviera ya no estaría en dicho lugar entonces duicha persona se retiro y ellos continuaron su camino, pero estando al frontis de su domicilio, llegaron los hermanos Clemente, Israel y Paulino Rodriguez Galvez y las personas Gedeon Caceres Vargas, Juack jerson Minaya Cruz y otras personas no identificadas , quienes cogieron de los brazoso a su convivivnete e hijo y los llevaron con dirección al monete, para posteriormente los mismsos acusados hicieron regfrrsar a syu hijo por inmediaciones de su domicilio a las 00.00 hora sdel dia siguiente preguntandole donde esta la merca y ante ello el menor respondia que no sabia nada, percatandose que el menor se encontraba atado de manos hacia atras y sujetado con una soga por la cintura , desde esa fecha no sabe el paradero de los agraviados, pero el 30 de enero del 2011 le pegunto a clemtne donde estaba su hijo y este reacciono diciendole que se calmaran que llegaran a un arreglo po cuanto estaba dispuesto a dale una pensión de lo contrario se presentaria a la justicia, refiriendose a que su conviviente e hijo el dia de los hechos los sacaron a la orilla del rio desde donde dos colombianos, quienes con los dueños de la droga, los llevaron, enton ces ella le dijoq ue era mentira porque la drioga era su de hermano Israell, por otro lado manifiesta que los denunciados actuaron secuestrando a los agraviados porque los sindicaban como los que se habian quedado con la droga ademas dias ante el teniente gobernador Apolinario Gamarra Lara efectuo un registro en la casa de Jaime Emer Untiveros Gavila juntamente con el propietario de la droga porque tambien sospechaban de el.
DE LA IMPUTACION TIPICA
Sobre el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la figura de Homicido Calificado – Asesinato Alevoso:
Se le procesa a ROBINSON VELASCO ANDRADE, en calidad de autor del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la figura de Homicidio Calificado – Asesinato Alevoso, previsto en el artículo 108, primer parágrafo inciso 3, concordante con el artículo 106 del Código Penal, cuyo texto es:
“Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: ...3. Con gran crueldad o alevosía;
DE LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN.
Obra en autos, el Atestado Policial No 001-2009-VDTPI-RPL-DIVCT-PVF-PA, obrante a folios 01 a 11.
Declaración de Manuel Grefa Vega, a folios 12 a 14, quien indica que en su condición de cacique de la Comunidad Nativa de San Juan, tomo conocimiento del hallazgo de un Cuerpo sin vida, habiendo recobnocido que se trataba del agraviado, por cuanto días atras lo conocio porque la victima llego a la comunidad con la finalidad de comprar madera.
Declaración de Vitelia de Jesus Souza Manihuari, a fojas 15 a 16.
Declaración de JAMADALI GREFA LOPEZ, a folios 18 a 20 quien indico que el dia de los hechos se llevo a cabo una reunión en su domicilio, lugar donde se produjo una discución entre el occiso agraviado y el denunciado, a quien se conoce con el alias de “caqueta” llegando este ultimo a puntar y disparar con un arma de fuego.
La declaración de JAIME VILCHEZ CACHIQUE, a folios 21 a 22 quien indico haber trabajado con el occiso, y que el dia de los hechos estuvieron en una reunión en casa de Jamadali Grefa Lopez.
La declaración de JULIO CAMPOS TAMANI, a folios 23 a 24, quien es testigo presencial de los hechos.
La declaración de AIDE EMIR ZUÑIGA a folios 26 a 27 quien es conviviente del agraviado.
El Acta de Levantamiento de Cadaver, practicado al cuerpo sin vida de Jairo Pescador Morales, obrante a folios 28, donde s edetalla que presenta 15 perdigones de entreda y salida efectuada por arma de fuego, en el pecho, hombro derecho, cuello y parte de la espalda.
La Necropsia Externa practicada al occiso agraviado, obrante a foliso 29, donde sconcluye que el fallecimiento del agraviado fue causado por multiples impactos de arma de fuego.
El Acta de Hallazgo y Recojo, obrante a foliso 30
El acta de entrega de bienes, obrante a folios 31
El Acta de entrega y recepción de cadaver, obrante a folios 33.
Los registros civiles de nacimeinto de los menores hijos del occiso a foliso 35 y 36.
Las declaraciones Notariales de Maria Ines Almario Ramirez y Claudia Samboni de Pantoja, obrante a folios 37 y 38, quienes afirman haber conocido que el agraviado tuvo una relación convivencial
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