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Modelos Criminologicos


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  5.671 Palabras (23 Páginas)  •  534 Visitas

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LOS MODELOS VICTIMOLÓGICOS*

Hace sólo algunas décadas se empieza a hablar de victimología. Las perspectivas criminológicas se amplían a propósito de la llamada criminología crítica, y es cuando la víctima empieza a revestir importancia en su discurso. Su aceptación, por ende controvertida, crea polémica en cuanto a su naturaleza; ciencia, disciplina o una simple rama de la criminología, son las diferentes posturas. Tomar partido por alguna de ellas, no es, en esta ocasión, nuestra intención; sí por el contrario, evidenciar cómo es que el discurso sobre la víctima, interesa en gran medida a las tres grandes, o al menos más importantes, vertientes de la criminología crítica. Estas suponen, claro está, las perspectivas más recientes de las así entendidas posturas victimológicas.

Sin embargo, es pertinente hablar primero de cuál ha sido el proceso evolutivo de las llamadas ideas penales, cuyo eje principal era la víctima. Recordemos cómo en la etapa de la denominada venganza privada, ésta era la encargada de hacer justicia, lo que seguramente ocasionó venganzas crueles y despiadadas que en mucho superaban a las agresiones recibidas. Esto dio paso -con el devenir del tiempo- al surgimiento de leyes que dieran proporción a las venganzas y se evitaran pleitos interminables entre familias -y por supuesto entre sus descendencias- una de las principales, la Ley del Talión, que limitaba las facultades vengativas de la víctima, "dando proporción a la justicia". El devenir histórico pronto marcó el paso a la creación de medios de composición por los cuales el agravio cometido era resarcido a través del pago de una cantidad específica acordada.

Cabe advertir la importancia que se asignaba a la víctima desde la antigüedad hasta bien entrado el medievo. Era titular, por así decirlo, de la acción y la justicia que ejercía sin miramientos. Era debidamente compensada por el daño irrogado, pudiendo al principio fijar su monto. Después quedará sepultada durante mucho tiempo en el más completo de los olvidos, hasta el advenimiento de la victimología.1 Estos sistemas funcionaban así, en razón de protección de los directamente agraviados. Posteriormente, al revestir los pueblos características de organización teocrática, todos los problemas se proyectan hacia la divinidad, incluso como eje fundamental de la constitución misma del Estado; la justicia represiva es manejada generalmente por la clase sacerdotal.

El surgimiento de las nacientes formas de gobierno, trajo consigo, a su vez, diversos modos de "control" hacia los agresores; formas específicas de infligir castigo con el firme propósito de expiar la culpa. Lapidaciones, muerte en la hoguera y acciones similares, ejecutadas por los representantes de la divinidad en la tierra, fueron característicos durante largo tiempo. Aquí, la víctima ya no jugaba un papel principal, la lesión a ella no importaba tanto como la transgresión al orden social dado por la divinidad. A medida que los Estados adquirieron mayor solidez, comienza a hacerse la distinción entre delitos privados y delitos públicos, según el hecho de que se lesione de manera directa los intereses de los particulares o el orden público.

Surgen los tribunales que juzgan en nombre de la colectividad; y para la supuesta salvaguarda de ésta, se imponen penas cada vez más crueles. Así la represión penal aspira a mantener, a toda costa, la tranquilidad pública, fin que intenta conseguir mediante el terror y la intimidación que causa la frecuente ejecución de las penas. La pena de muerte era común, pero acompañada de formas de agravación espeluznantes; también lo eran las corporales consistentes en terribles mutilaciones, las infamantes y las pecuniarias impuestas en forma de confiscación. En éste -puntualiza Carrancá y Trujillo-, la humanidad agudizó su ingenio para inventar suplicios, para vengarse con refinado encarnizamiento. Nacieron los calabozos, donde las víctimas sufrían prisión perpetua en subterráneos; la jaula de hierro o de madera; la argolla, pesada pieza de madera cerrada al cuello; el "pilori" rollo o picota en que cabeza y manos quedaban sujetas y la víctima de pie; la horca y los azotes; la rueda en que se colocaba al reo después de romperle los huesos a golpes; el descuartizamiento por la acción simultánea de cuatro caballos; la hoguera y la decapitación por el hacha; la marca infamante por hierro candente; el garrote que daba la muerte por estrangulación y los trabajos forzados y con cadenas.2

A la excesiva crueldad siguió un movimiento humanizador de las penas, y en general de los sistemas penales. La iglesia dio el primer paso contra la penalidad crudelísima de los antiguos tiempos. Sin embargo, entre las influencias que actuaron con esta finalidad humanitaria, las más cercanas a nuestros días deben buscarse en las ideas que a finales del siglo XVIII dominaron en el mundo de la inteligencia, a las que se les ha dado el nombre de iluminismo. Lo preparan los escritos de Montesquieu, Voltaire, D'Alambert, etcétera, pero la doctrina coincide en señalar muy especialmente a César Bonnesana Marqués de Beccaria quien en su famoso libro De los Delitos y de las Penas publicado en 1764, dio luz tímidamente a la reforma penal. Su obra pronto agotó las 32 ediciones con traducción a 22 idiomas diferentes. En esta obra se une la crítica demoledora de los sistemas empleados hasta entonces, a la proposición creadora de nuevos conceptos y nuevas prácticas; se pugna por la exclusión de suplicios y crueldades innecesarios; se propone la certeza contra las atrocidades de las penas; se orienta la represión hacia el porvenir, subrayando la utilidad de las penas sin desconocer su necesaria justificación; se preconiza la proporcionalidad como punto de mira para la determinación de las sanciones; y entre otras muchas cosas, se propugna por una legalidad de los delitos y de las penas.3

Tan grande fue su eco que pronto se creó un ambiente favorable a la humanización de la legislación criminal, y algunos monarcas, movidos por las influencias de estas ideas, introdujeron serias reformas en las leyes penales. Una marcada preocupación por el criminal empezó a surgir, los sistemas de justicia centran su atención en él, y los estudiosos, encausan sus mejores esfuerzos para entenderlo. La víctima desaparece así del escenario, es dejada de lado por los procesos penales y por los mismos estudiosos. Poco pareció importar su papel protagónico en el evento penal. Así durante décadas, hasta el surgimiento de las ideas victimológicas.

Este problema es palpable si observamos el cuidado y trato que merece el delincuente en las obras de dogmática penal, como en las de criminología y de disciplinas que le convergen. Basta con dar un repaso a la temática de

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