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Niños Nacidos En La Carcel

iran18 de Febrero de 2012

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NIÑOS CON SUS MADRES EN PRISION: RETOS EDUCATIVOS

Laura Galera García, Profesora Universidad Complutense de Madrid (lauragalera@edu.ucm.es)*

Los menores ingresados en prisión con sus madres: marco general.

El reto de la educación en prisiones cobra mayor significado si atendemos a un

fenómeno internacional: las tasas de encarcelamiento y construcción de prisiones

crecen exponencialmente. En este marco general, el incremento de las mujeres en

prisión un hecho notable. Por ejemplo, España posee la tasa más alta a nivel Europeo

con un 8% de la población reclusa femenina. Entre otros factores ello se debe a que

desde el punto de vista criminológico, en torno al 50% de ellas se encuentra en prisión

por un delito especialmente penado en los Códigos Penales europeos: el delito contra

la salud pública. Es decir, a pesar de que estas mujeres no implican una peligrosidad o

violencia directa para la comunidad, no existen suficientes medidas alternativas a la

prisión o no se tienden a aplicar. La tendencia general es que estas mujeres residan

en pequeñas unidades dentro de las prisiones de hombres porque las cárceles

exclusivamente para mujeres que existen son insuficientes. Obviamente, esto se

traduce en una menor disponibilidad de espacios y recursos para organizar la

respuesta educativa de acuerdo a sus necesidades y características.

En efecto, contextualizar la atención educativa a las madres y niños en prisión requiere

partir de las características básicas de estas mujeres, cuyo perfil sigue un patrón

común en todos los países. Estas variables interactúan generando una situación

particular y diferencial con respecto al colectivo de los hombres en prisión, y entre ellas

podemos subrayar las siguientes:

• Suele ser una mujer joven, marginada socialmente y frecuentemente de

minoría étnica, con un bajo nivel de estudios y formación laboral.

• Presentan una situación multiproblemática que puede incluir

drogodependencias, desempleo, falta de vivienda y enfermedad física y /o

mental.

• También es común que posean un historial de maltrato y abusos sexuales.

• A nivel psicológico y en el ámbito de la personalidad, presentan una baja

autoestima, dependencia emocional, apatía y desmotivación y una tendencia

depresiva.

• Finalmente, hay un elevado porcentaje de madres solteras o separadas con

varios hijos o con su pareja también en prisión.

Este hecho es el que ha originado que históricamente, muchos países hayan

permitido la estancia de sus hijos en prisión con ellas, en algunos todavía no regulada

explícitamente. No obstante, las condiciones y la edad límite de permanencia varían

notablemente. Por ejemplo, en Reino Unido se permite su estancia hasta los 18

meses, en Alemania hasta los seis años, en Holanda hasta los cuatro, en España

hasta los tres años y en El Salvador hasta los cinco. No obstante, el debate sobre la

estancia de niños pequeños en prisión está más vigente hoy que nunca y exige

reflexionar sobre los pros y contras que ello conlleva. En este sentido, podemos

subrayar algunas de las razones que han justificado esta realidad:

• Desde el punto de vista de la Psicología Evolutiva, en esta etapa infantil el

vínculo de apego con la madre se considera primordial para el desarrollo.

• Según algunos estudios (Schaffer & Dellinger: 1999) la separación por el

encarcelamiento produce en las madres mayores sentimientos de ansiedad,

abandono y desarraigo que en los padres, y que además los niños

experimentan consecuencias más negativas si es su madre la que está

encarcelada.

• Muchas de estas mujeres suelen ser el principal sustento familiar (emocional y

económico). Por ello, en la mayoría de los casos en los que no existe el apoyo

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de familiares cercanos optan por tener consigo a sus hijos para que no se

integren el en sistema de protección del menor.

Sin embargo, el derecho de la madre a disfrutar de su hijo y ejercer su rol materno

debe conjugarse con el derecho de los menores a una vida digna, a un desarrollo

integral y a no sufrir las condiciones estrictas de la privación de libertad. Este derecho

de los menores está reflejado en las diferentes legislaciones penitenciarias, que

regulan su proceso de ingreso y su seguimiento, pero no debemos olvidar que además

está avalado por pactos y convenios internacionales como la Convención de los

Derechos del Niño de la ONU. De este modo, las principales preocupaciones se han

centrado en que disfruten de unas condiciones de internamiento adecuadas. En este

sentido, tanto en España como en el resto de países estos niños residen

principalmente en tres dispositivos:

• En primer lugar, en departamentos de mujeres situados en cárceles de

hombres: esta modalidad se define como la menos apropiada porque conviven

con otras mujeres que no tienen niños, la clasificación penal, por grado o edad

es más heterogénea y el control y el régimen no están atenuados.

• En segundo lugar en Unidades o módulos de madres dentro de prisiones de

mujeres: estas unidades están separadas arquitectónicamente del resto de

departamentos para facilitar un régimen de vida normalizado, en teoría cuentan

con servicios médicos ginecológico y pediátrico y con un entorno y recursos

apropiados para el descanso y juego. Asimismo en ellas:

o Hay un centro de educación infantil para los más pequeños (en general

de 0 a 3 años) y se intenta que los mayores asistan a una guardería

externa. No obstante la planificación educativa de estos centros

infantiles no está suficientemente regulada ni adaptada a las

necesidades de estos niños y las características del contexto.

o Suele elaborarse una programación específica de actividades

formativas y lúdicas para la integración del niño en la comunidad

(campamentos, salidas programadas de fin de semana, celebración de

fiestas y cumpleaños…)

o Finalmente, es posible llevar a cabo una mayor colaboración y

participación de instituciones externas, por ejemplo mediante

programas para desarrollar la relación madre-hijo y la personalidad del

niño.

• Por último y en el caso de mujeres clasificadas en tercer grado (semilibertad),

los niños pueden residir en Unidades dependientes para madres. Éstas

constituyen viviendas del entorno comunitario gestionadas conjuntamente por

la prisión de referencia y una organización no gubernamental, con una

convivencia que se basa en la confianza y autorresponsabilidad propias del

régimen abierto. En estas Unidades Dependientes:

o Se da un proceso dirigido a la plena integración laboral y escolar de las

madres y los hijos y a normalizar las relaciones familiares.

o Se enfatiza el entrenamiento de habilidades para la solución de

problemas de la vida cotidiana.

Por ello, es el mejor dispositivo para la reeducación y reinserción social de la madre y

el desarrollo del niño, ya que hay una mayor participación en la comunidad, uso de los

servicios sociales y educativos generales y una intervención más individualizada. No

obstante su número es muy reducido y los perfiles de entrada muy selectivos.

Junto a estas tres modalidades de residencia, España introdujo en 1998 la experiencia

innovadora de los Módulos de parejas. Esta modalidad da respuesta también al

derecho de los padres en prisión a tener también con ellos a sus hijos. Así, se crearon

para proteger los núcleos familiares y porque el desarrollo de la personalidad y la

socialización tienen sus bases en la primera infancia, lo que aconseja el contacto con

las pautas diferenciadas de conducta que representan los modelos del padre y la

madre. Actualmente existe uno en la prisión de Aranjuez (Madrid) con capacidad para

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36 parejas y una demanda importante, ya las parejas desean la convivencia y el apoyo

mutuo junto a sus hijos. En síntesis, este módulo se define por:

• Estar destinado a parejas ambos condenados y clasificados en 2º grado

(régimen ordinario), que pueden tener consigo hasta 2 niños menores de 3

años.

• No pueden acceder los condenados por delitos contra la libertad sexual o con

antecedentes de violencia doméstica.

• La selección es exhaustiva: existe una etapa de preconvivencia que dura entre

1 o 2 meses en la que se pone a prueba la relación. Durante este tiempo se les

permite estar juntos dos horas al día tres días a la semana.

• Hay un programa de formación para padres que incluye cursos sobre hábitos

higiénicos y alimenticios y directrices sobre las distintas fases educativas del

bebé.

• Finalmente, ambos padres participan en las actividades educativas y trabajan

en los servicios del centro o los talleres productivos, por lo que son

remunerados.

La opinión de uno de los padres que pasaron por este módulo de familia refleja lo

positivo de la experiencia:“Esto es el cielo para un preso” exclamaba,

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