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Nociones Generales De La Ley 16744


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  2.269 Palabras (10 Páginas)  •  469 Visitas

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1.- Introducción

En todas las empresas independiente del rubro que tengan existen o existirán accidentados y/o enfermos, productos de las labores que desempeñan, para este tipo de situaciones se creó un seguro que protege a los trabajadores de estas contingencias que muchas veces se producen por ignorancia de los trabajadores.

Por lo, tanto se hace necesario que los empresarios conozcan esta ley para hacer cumplir los derechos de trabajadores como también los propios, y este elemento pretende cumplir con ese objetivo.

2.- Conceptos generales de esta ley

Nombre de esta ley “Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales “, consta de 100 artículos. Y es un seguro social, el cual como su nombre lo indica normas todo lo relacionados con estas dos contingencias accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, exclusivamente

Se publicó en el diario oficial el 1º de Febrero de 1968.

3.-Artículos e interpretación de estos

Obligatoriedad

Artículo 1º

“Declárase obligatorio el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ley”.

• Señala la obligatoriedad de tomar este seguro por parte de los empleadores.

Personas Protegidas

Artículo 2º

“Estarán sujetas, obligatoriamente, a este seguro, las siguientes personas “

• En este artículo se indican las personas que están protegidas bajo esta Ley siendo estos los siguientes

Trabajadores dependientes (excepto F.F.A.A,

investigaciones )

Trabajadores independientes ( suplementeros,

cuidador predios )

Personas protegidas

Los dirigentes sindicales

Los estudiantes ( trabajos del colegio, en práctica,

estudiando )

Afiliación

Artículo 4º

“La afiliación de un trabajador, hecha en una Caja de Previsión para los demás efectos de seguridad social, se entenderán hecha, por el ministerio de la Ley, para este seguro, salvo que la entidad empleadora para la cual trabaje se encuentre adherida a alguna mutualidad”

• La afiliación de los trabajadores a este seguro, puede ser a cualquier organismo que este autorizado para administrarlo, es decir el empleador la hará en donde el prefiera

Contingencias Cubiertas

Artículo 5º

“Para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte “

“También son accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo “

“Se considerarán también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales “

“Exceptúanse los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador “

Intencionalmente

Por la persona

Provocadas por el hombre

Por el hombre

Excepciones de accidentes de trabajo ej. Huelgas.

Provocadas por la naturaleza: Sismo

Artículo 7º

“Es enfermedad profesional la causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que reproduzca incapacidad o muerte “

• De lo anterior se desprende que las únicas contingencias que cubre este seguro social son los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.

En el caso de las enfermedades profesionales estas deben estar en el Decreto Supremo Nº 109.

Administración

Artículo 8º

“La administración del Seguro estará a cargo del Servicio de Seguro Social, del Servicio Nacional de Salud, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores, en conformidad a las reglas contenidas en los artículos siguientes.”

• Es decir, los trabajadores accidentados o enfermos profesionales deben ser atendidos en el organismo administrador que el empleador haya elegido siendo estos los siguientes:

Organismo Públicos ( ISL y Servicio Nacional Salud )

Organismos administradores Organismo Privados (MUSEG, ACHS, IST )

del Seguro Social

Organismo de Administración delegada (Codelco, CAP

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