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OBLIGACIONES MERCANTILES


Enviado por   •  7 de Mayo de 2015  •  1.929 Palabras (8 Páginas)  •  176 Visitas

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Concepto

Una obligación mercantil una relación jurídica entre personas y que está resulta de un acto o de un hecho comerciar o de cualquier actividad empresarial con finalidad lucrativa. Este concepto es unitario porque es una relación jurídica entre dos personas llamadas acreedor y deudor cuyo objeto o contenido es la prestación tanto en los civiles como no mercantil.

Según artículo. 82.- Cod Com.

Son mercantiles, y de consiguiente están sujetos a las disposiciones de este Código, todos los contratos u obligaciones relacionadas con los negocios a que se refiere este Código.

Los requisitos esenciales para la validez de las obligaciones son los siguientes:

1) consentimiento.

2) objeto o cosa cierta es posible que sirva en materia a la obligación considerando la capacidad.

En carácter mercantil las obligaciones

Los contratantes deben ser comerciantes de lo contrario la obligación o de naturaleza mercantil. Según el derecho si cuando efectivo no el lucro. Según el derecho mercantil la relación surge de un negocio de naturaleza jurídica. Una obligación mercantil se diferencia de una civil en que la mercantil resulta de un acto comerciar o de cualquier actividad empresarial con finalidad lucrativa la obligación civil es una sucesión jurídica que resulta de la ley cuerpos con más voluntades concertadas. La diferencia es la materia (civil o mercantil).

Las reglas principales de las obligaciones mercantiles están contenidas en los artículos 112, 113, 114, 115, 116, del código de comercio. Remisión de cuentas regulan acusaciones transacciones lo reconoce que contrata por cuenta ajena está regulado del artículos 104 al 110 del código el comercio.

Fuente de las obligaciones

Su fuente principal son los contratos mercantiles.

Los elementos bases de la obligación mercantil son los siguientes:

1. Sujetos Acreedor: exige el punto de miembros. Y deudor forzado a cumplir.

2. Vínculo: se refiere a que la exigencia del acreedor sólo es tal si es por culpa de exigencia es decir está bajo protección jurídica.

3. Objeto: es lo exigible, aquello de lo que puede demandarse su satisfacción, es decir la prestación.

4. Consentimiento: es la manifestación de la voluntad conforme a la oferta y la aceptación.

5. Capacidad: capacidad para olvidarse.

6. Causó dos puntos frente se buscan el contrato o que produce la obligación.

La fuente formal entre las obligaciones mercantiles son:

 la ley,

 el contrato,

 el cual se contrató,

 los actos ilícitos (delito y cuasidelito),

 la declaración unilateral de voluntad,

 en enriquecimiento ilegítimo, [la gestión de negocios ajenos (gestión codiciosa) es un cuasicontrato], la responsabilidad colectiva y el riesgo profesional.

Las fuentes de las obligaciones en el código civil son:

 La ley y el hecho obligatorio ilícito (contrato y cuasicontrato) y el

 hecho obligatorio ilícito (delito y cuasidelito).

Naturaleza de los contratos mercantiles

Un contrato mercantil o contrato civil tienen derechos y obligaciones para ambas partes; es decir, en un contrato de compraventa tanto el vendedor como el comprador tienen derechos y obligaciones reciprocas, si alguno de los dos no cumple con el contrato, puede reclamarse su cumplimiento ante los tribunales. Ahora bien, todo contrato tiene su naturaleza en el acuerdo de voluntades; es decir, para que exista un contrato debe existir un consentimiento mutuo o estar de acuerdo tanto en el precio, el objeto que se piensa comprar o vender, el precio, reunidos estos requisitos se esta ante la presencia de un acuerdo de voluntades. Esa es la naturaleza jurídica del contrato.

Especialidad del régimen de contratación mercantil

Los contratos mercantiles generan obligaciones que quedan sometidas a las normas generales del Código Civil a falta de un sistema específico de normas propias. Y así, en todo lo relativo a naturaleza, efectos, clases y extinción de las obligaciones, rigen los arts. 1094 y siguientes del C.Civil, pero el C.Comercio establece algunas reglas especiales que suponen una regulación distinta a la del derecho común y que afectan a los siguientes extremos :

Las obligaciones mercantiles tienen como característica su tendencia a la objetivización, es decir, a no tener en cuenta la personalidad de las partes que en ellas intervienen, y la necesidad de un exacto incumplimiento.

A – Cumplimiento de las obligaciones mercantiles

El Código de comercio, aparte de señalar que los Tribunales no pueden conceder términos de gracia o cortesía, indica que si no existe un plazo convencional o legal para el cumplimiento de las obligaciones mercantiles, ésta se considera exigible a los diez días después de contraída.

B – Morosidad en el cumplimiento

Se considera que el deudor se halla en mora cuando su obligación está vencida y retrasa su cumplimiento de forma culpable. Los efectos de la morosidad se inician al día siguiente de su vencimiento, si la obligación tiene señalada la fecha de su cumplimiento bien por la Ley o por las partes. Los efectos de la morosidad son la indemnización de daños y perjuicios siguiendo las normas del Cc.

C – La prescripción como causa de extinción de las obligaciones

La prescripción ha de alegarse por el deudor. El Cc no considera que la reclamación extrajudicial sirva para interrumpir el plazo de prescripción. Incluso en el campo mercantil las normas sobre la prescripción han de interpretarse restrictivamente.

Características del derecho Mercantil

Entre

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