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OBLIGACIONES SUCESORIAS


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  1.311 Palabras (6 Páginas)  •  228 Visitas

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La sucesión testamentaria es una institución mediante la cual con motivo de la muerte de una persona, se transmiten a sus sucesores la universalidad de bienes, derechos y obligaciones que le pertenecían al primero (herencia), exceptuándose los que se extinguen con el fallecimiento.

La palabra sucesión proviene del latín sucedere que significa: suceder o reemplazar, es para el derecho la sucesión la “sustitución de una persona en los derechos transmisibles de otra”.

La palabra ha sufrido transformaciones a lo largo del tiempo y en la actualidad comprende distintas acepciones. Se dice que sucesión es el acto de suceder, ocupar el lugar de alguien, la acción de sustituir a alguien en algún espacio determinado.

ANTONIO DE IBARROLA define la sucesión como “una relación de momento, que sigue a otra”; ERNESTO GUTIÉRREZ Y GONZÁLEZ nos dice que la sucesión “implica el cambio de algo, de una persona por otra, o de una cosa por otra”; EDGAR BAQUEIRO ROJAS la define como “un cambio de titulares de un derecho u obligación, ya que un titular sigue y sucede a otro”.

En un sentido amplio conceptualiza a la sucesión como “todo cambio de sujeto de una relación jurídica” y en sentido restringido, como “la transmisión de todos los bienes y derechos del difunto, así como sus obligaciones, que no se extinguen con la muerte”.

La sucesión será inter vivos cuando se produzca como consecuencia de los contratos traslatativos de los bienes y derechos. Y será mortis causa, cuando se trate de una subrogación de una persona en los bienes y derechos transmisibles dejados a su muerte por otra.

Como queda visto, la sucesión puede ser de dos tipos, “inter. vivos” y “mortis causa”, la primera de ellas son los actos jurídicos que se realizan entre dos personas vivas, un causante y un causahabiente; mientras que la segunda, es el acto jurídico unilateral, que se produce a causa de la muerte del causante, y en el que hereda el causa habiente.

Hemos visto que toda sucesión, implica necesariamente dos partes, una persona jurídica que transmite un patrimonio, a otra persona que recibe ese mismo patrimonio.

En la sucesión testamentaria tenemos que existen los Herederos, legatarios y albacea. A continuacion veremos cuales son algunas de las obligaciones de estos:

HEREDEROS

El heredero está obligado a respetar los actos de administración que ha celebrado el poseedor de la herencia a favor de terceros, sea el poseedor de buena o mala fe, los actos de disposición a título oneroso de inmuebles efectuados por el poseedor de la herencia, tenga o no buena fe, son igualmente válidos respecto del heredero, cuando el poseedor ha obtenido a su favor declaratoria de herederos, o la aprobación judicial de un testamento y siempre que el tercero con quien hubiere contratado fuere de buena fe.- Si el poseedor de la herencia hubiese sido de buena fe, debe solo restituir el precio recibido. Si fuese de mala fe, debe indemnizar al heredero de todo perjuicio que el acto haya causado.

Será considerado tercero de buena fe quien ignorase la existencia de sucesores de mejor derecho o que los derechos del heredero aparente estaban judicialmente controvertidos.

Los herederos deben cumplir las obligaciones que gravan la persona y el patrimonio del difunto y las que nacen de la transmisión misma de ese patrimonio, o que el difunto ha impuesto al heredero en esta calidad.

Los acreedores de la herencia gozan contra el heredero de los mismos medios de ejecución que contra el difunto mismo y los actos ejecutorios contra el difunto lo son igualmente contra el heredero.

Si el heredero hubiese enajenado los inmuebles o muebles de la sucesión antes de la demanda de separación de patrimonios, el derecho de demandarlos no puede ser ejercido respecto de los bienes enajenados cuyo precio ha sido pagado. La separación de los patrimonios no puede aplicarse sino a los bienes que han pertenecido al difunto y no a los bienes que hubiese dado en vida al heredero, aunque debiese colacionarlos en la partición con coherederos.

La separación de patrimonios puede demandarse mientras los bienes esten en poder del heredero o de sus herederos, el derecho de los acreeedores de la sucesión

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