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DERECHO MERCANTIL TEMA: CONTRATO DE HIPOTECA


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2019  •  Ensayos  •  2.086 Palabras (9 Páginas)  •  170 Visitas

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UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA

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MATERIA:

DERECHO MERCANTIL

TEMA:

CONTRATO DE HIPOTECA

DOCENTE:

DRA. CORINA MACHUCA BRAVO

FECHA DE ENTREGA:

14 DE JUNIO DEL 2016

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene como finalidad conocer y demostrar que la figura de la hipoteca otorga soluciones seguras para garantizar obligaciones derivadas de un préstamo con garantía de bienes muebles o inmuebles. De acuerdo al artículo 2309 del Código Civil Ecuatoriano la Hipoteca está definida como: “Hipoteca es un derecho de prenda, constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor.”

Es un derecho real según el artículo 595 del mismo código “Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determina persona”.

La hipoteca se constituye sobre bienes inmuebles o muebles, es un derecho real que nace de un contrato, es una manifestación de voluntad por la cual un deudor o un tercero constituyen un gravamen a favor del acreedor sobre bienes inmuebles o muebles, los cuales sirven de garantía.

         

La hipoteca civil es un derecho constituido sobre inmuebles a favor de un acreedor para la seguridad de su crédito, sin que por eso dejen aquéllos de permanecer en poder del deudor.  Art. 2157 Cód. Cv. Es un contrato real de garantía, o sea un acuerdo entre acreedor y deudor que le permite al acreedor asegurarse el cobro de su crédito, tomando posesión de uno o varios bienes determinados del deudor, para cobrarse el valor de su venta, en caso de que éste no cumpla la obligación principal. Por ejemplo, si una persona compra una propiedad inmueble en cuotas, y coloca esa misma propiedad en garantía hipotecaria, y luego no cumple el pago de las cuotas, esa propiedad podrá ser rematada para que el acreedor pueda cobrar el monto de su crédito. Mientras tanto, si el deudor paga las cuotas, podrá usar y gozar sin problemas del inmueble adquirido, Se aplica generalmente a inmuebles, los cuales han constituido hasta ahora los bienes más valiosos en nuestro medio, sirve para respaldar los créditos de mayor cuantía. Existen diferentes tipos de hipotecas como las hipotecas voluntarias las convenidas entre partes o impuestas por disposición del dueño de los bienes sobre que se constituyen,  Hipoteca necesaria es para determinar un crédito es la hipoteca especial y expresa que por disposición de la ley están obligadas a constituir ciertas personas para asegurar los bienes que administran o para garantizar los créditos de determinados acreedores;  Hipoteca ordinaria es a favor de la persona determinada, por una cantidad precisa, transferible también por instrumento, etc.; Hipoteca excepcional es la destinada a garantizar una obligación de existencia dudosa o de cuantía no determinada; Hipoteca inmobiliaria es aquella que se constituye sobre bienes inmuebles. Así como también existen diferentes tipos de traspaso de hipotecas una de ellas es la de sección de derechos que se presenta cuando el acreedor transmite lo que tiene contra su deudor y este se da sin consentimiento del deudor. También existe la subrogación que es la transmisión de obligaciones en la que opera un cambio en el sujeto activo, por ministerio de ley, a través de un pago, en los casos en que la misma ley lo indique, y sin necesidad de declaración alguna de los interesados. Cesión de deudas es cuando hay una transmisión de obligaciones y el consentimiento del acreedor es tácito o expreso.

La hipoteca también puede ser cancelada y esta tiene por finalidad extinguir los efectos de otra inscripción esta cancelación debe ser en documento público y registrarse en el Instituto de la Propiedad.

Características de la hipoteca una de ellas es de carácter accesorio es un contrato  de Accesorio, ya que no existe por sí mismo, depende de una obligación principal. La hipoteca no puede existir sin una obligación principal que garantizar. Art. 2179. C. Cv.  Cuando la obligación principal se extingue, la obligación accesoria también se extingue. Art. 2180 C. Cv. Otra de ellas es que se constituye mediante  un contrato solemne: Las solemnidades que requiere son el otorgamiento de escritura pública y su inscripción en el Registro de Hipotecas. Art. 2159 y 2160; ambos son requisitos constitutivos, es decir, sin los cuales el contrato hipotecario no tiene valor alguno.

La hipoteca es una garantía indivisible En base al principio de la indivisibilidad de la hipoteca, que sustenta el art. 2158 C.Cv., puede decirse que cada parte del inmueble hipotecado garantiza la totalidad del crédito, y que a su vez cada parte del crédito está garantizado con la totalidad del bien hipotecado. Según esto, la indivisibilidad puede verse a través del inmueble dado en garantía y desde el punto de vista del crédito garantizado. La hipoteca recae sobre inmuebles que se posean en propiedad o en usufructo: El art.2167 CV., al indicar los bienes que son susceptibles de hipotecarse,  establece que “la hipoteca no podrá tener lugar sino sobre bienes raíces que se posean en propiedad o en usufructo, o sobre naves”. Conserva el deudor el bien hipotecado: El propietario del bien gravado no pierde su posesión. No obstante la constitución de la hipoteca, el dueño del inmueble conserva las facultades inherentes al dominio, esto es  la de usar, gozar y disponer del inmueble gravado. Para disponer del inmueble la faculta en art. 2164 CV., reconociéndole esta facultad aunque haya estipulación en contrario.

La hipoteca abierta es una línea de crédito garantizada con una hipoteca de primer grado cuyos sub préstamos u operaciones derivadas, pueden dirigirse hacia diferentes actividades y que permiten al beneficiario mantener una disponibilidad de recursos durante un plazo determinado, en el cual, sus amortizaciones forman automáticamente montos nuevos disponibles.

La hipoteca como contrato es una forma jurídica constituida por dos componentes el cual la entidad acreedora realiza un préstamo por un importe de dinero a la entidad deudora y lo obliga a la devolución total del préstamo incluyendo intereses y otros gastos en un determinado plazo, la hipoteca es la garantía que ofrece la persona deudora. Un préstamo con garantía hipotecaria es un tipo de préstamo que le permite a los dueños adquirir un préstamo además de la hipoteca de retención usando una porción o todo el capital en su casa, además de la garantía personal del solicitante, se aporta garantía real, es decir de un bien inmobiliario. La situación de compromiso queda reflejada mediante inscripción en el Registro de la Propiedad, Debe hacerse por escritura pública, que contenga todos los datos del acreedor y deudor, los datos de la obligación principal, los datos del inmueble dado en garantía, y la cantidad cierta del monto adeudado. Tiene efectos contra terceros, a partir de su inscripción en el Registro de la Propiedad, con efecto retroactivo al día de su constitución, siempre que la inscripción se haya realizado dentro de los seis días del otorgamiento de la escritura.

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