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Obligaciones del abogado como auxiliar de la justicia


Enviado por   •  13 de Octubre de 2015  •  Tesinas  •  3.060 Palabras (13 Páginas)  •  523 Visitas

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Es dificil definir o establecer un concepto de abogado, es un profesion que tiene como objetivo la colaboracion con la justicia que es el medio para llegar a la paz social, a traves de la defensa de derechos intereses tanto publicos como privados, es decir que aboga ante los jueces utilizando criterio que le son propioa a la ciencia y tecnica juridica. Se presenta asi como un defensor, mediador, que aboga por otra persona, asi en el  Código de ética Argentino en art. 6 dispone como misión afianzar la justicia y la intervención profesional del abogado, función indispensable para la realización del derecho, debiendo ser independiente en relacion tanto al interior de la justicia, es decir de los magistrados, debiendo tener una conducta irreprochable en relacion al cumplimiento de las normas tanto en la vida profesional como vida privada actuando con buena fe y honor. Se presenta como una necesidad de la sociedad la accion del abogado para llegar al ideal de  justicia por alguien que esta capacitado en el conocimiento del derecho para prestar un servicio, siendo asi es necesario que el abogado tenga un fuerte sentido de defensa de a justicia, como tambien probidad no solo desde lo pecuniario sino de la veracidad y el buen actuar de su conducta profesional, debe conducirse con el decoro que implica conducise como el maximo rigor moral posible.

La obligacion primaria de respetar la ley y hacerla respetar, cumpliendo con las obligaciones tributarias correspondientes a su profesion, las cuales considere injustas debera iniar los procedimiento pertinentes sin llegar al deito de evasion  

El desarrollo del conocimiento del derecho debe ser permanente requiriendo la lectura de Códigos, textos de doctrina y de jurisprudencia siendo necesario para la aplicación del derecho que se complementa con enseñanzas de buenos profesores, dedicados a la docencia, y del ejercicio de las virtudes propias como son la justicia y la prudencia. Asi como la objetividad no dejando que sus intereses interfieran, teniendo fortaleza para prolongar en el tiempo tanto moral como fisica, no debiendo tomar caminos que sea aventurado o que sean de alto riesgo para el cliente.

La historia del derecho inicio con pocas normas que se desarrollaron a traves de costumbres que adquirieron obligatoriedd como tambien de la influencia de la iglesia e instituciones que llevaron a que se desarrollara y conformara una ciencia que la estudia y esta en permanente actualizacion y adaptacion a los cambios de la sociedad, cambios a los que el abogado tambien debe adaptarse.

Conveniencia y/o necesidad del patrocinio letrado:

Lo primero lleva a plantear la competencia tecnica, es decir los conocimientos que aporta el abogado que generalmente las partes no cuentan en relacion al derecho y la mejor defensa de lo intereses que estan comprometidas en un proceso, la objetividad que aporta en cuanto no comprometan los resultados del mismo por sentimientos de la partes que dificulten la resolucion de un conflicto en el mas corto tiempo posible. Es un colaborador del juez en cumplimiento de la norma constitucional de defensa en juicio como garantia de proteccion.

Obligaciones del abogado para con su cliente:

Siempre que el nombramiento no sea de oficio el abogado es libre para aceptar o rechazar los casos que se le presenten, no debiendo expresar las causas, siempre sera en referencia a ideales politicos, morales o religiosos que le son contrarios siendo prudente apartarse, se hace necesario abtenerse de seguir en la defensa cuando se presenta un conflicto de enemistad con el cliente, al igual cuando haya una causa que pueda afectar su independencia o se presente un conflicto de intereses siendo una actuación por un cliente que es directamente adversa a otro cliente, salvo que abogado pueda actuar de una manera profesional pudiendo  proveer u servicio competente y diligente aunque sea proveerla a casos con intereses opuestos para los clientes siempre que previamente se informe a los mismos.

La informacion que el cliente le proporcione al abogado no puede utilizarse en contra de este, ya que se consideraria una violacion del secreto profesional obligacion de la profesion aunque se produzca situacion de deslealtad con el cliente que lo obliguen a alejarse de la causa debera reservar la informacion proporcionada que pueda producirle algun daño,es un deber y un derecho del abogado, siendo  hacia los clientes un deber que puede ser eximido solo por ellos y un  derecho del abogado hacia los jueces, no pudiendo escuchar dichos secretos que tendria que dar a conocer posteriormente; el alcance de esta va desde la mención  del nombre que no se a autorizado por el y secretos revelados por terceros al abogado, se debe guardar reserva del los encuentros producidos en la mediación o transacción fracasada y respecto a los hechos que haya conocido tan sólo por tal medio, esto obliga tambien con lo colegas en casos del cual sea parte o consultado pudiendo dar a conocer su conclusiones  a quien encargó la auditoría jurídica, se mantendra con la maxima reserva asuntos y documentos del cliente, comprometiendo a colaboradores y dependientes con la misma  obligación. Se extiendo por un plazo que no es inferior a 50 años despues de la resolucion de la causa o en el caso del consentimiento dado por el cliente siempre y cuando no afecte a terceras personas, unicamente se extingue la obligación del secreto profesional ante  la defensa personal del abogado debido a persecusiones que sufra de  su cliente o  terceros en complicidad  con el cliente.

No podra haber negocios con  los clientes, como tampoco adquiririr derechos económicos adversos,  como tampoco puede exigir la entrega de bienes tanto muebles como inmuebles incluyendo legados testamentarios, por medio de documentos ya sea al abogado o personas con algn tipo de relacion con el, sera permitido si el abogado o esa otra persona relacionada sean cónyuge, hijo, nieto, padres, abuelos u otro pariente o individuo con quien el abogado o el cliente mantenga una relación familiar cercana del cliente.

El abogado no puede acordar un resultado de su actuacion solo explicara de acuerdo a su conocimiento si su derecho está o no amparado por la ley estableciendo las probabilidades de éxito judicial; no dando certezas , como tampoco podra pactar con un cliente limites relativos a su responsabilidad por su desempeño profesional, debiendole aconsejar el asesoramiento independiente necesario para su derecho a la informacion, una vez que el caso es aceptado no puede revocarse el asesoramiento en caso de que haya motivos que lo justifiquen debe procurar que la interrupcion no sea intempestiva; asi no produzca  circunstancias que perjudiquen al cliente no pudiendo encontrar otro patrocinante o defensor, si fuera reemplazado por un colega debe informarselo previamente a s cliente ya sea  que  integren la misma firma profesional o no aportando su consentimiento e informando los cammbio que puedan producirse especialemnte en relacion a los montos de honorarios, se da como excepcion el caso de impedimento súbito e imprevisto, por el cual debe dar aviso inmediato al al cliente; como consejero debe actuar de acuerdo con el  legítimo interés del cliente, realizando las diligencia eficazmente y  concurrir a las audiencias y visitas de cárceles, teniendo  libertad de medios  a utilizar debiendo ser legales, ya que no puede formar parte de un acto que se realizado por un tercero o el cliente que sean ilegales, ya sea la  corrupcion de funcionarios publicos o privados debiendo abandonar el patrocinio e informar a la justicia el delito. Es necesario la actuacion objetiva del abogado no ser parte de los sentimientos del cliente; su independencia que se revele en el consejo hacia su cliente, siendo la mas importante la obligación de mantener informado al cliente  del  estado de sus asuntos en la forma pactada comunicandole el Tribunal  donde se tramita para que este pueda determinar si se han realizado las actuaciones corresponidentes, deben advertirse los riesgos de las decisiones que se tomen asi se proveera un asesoramiento responsable y eficaz, si se diera la situacion de no compartir las decisiones de estrategia decididas por el cliente puede optar por  abandonar el caso informando tal decision  disponiendo un plazo prudecial para que lo reemplace.

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