Ordenamiento jurídico y fuentes de derecho
eferreres7Apuntes26 de Enero de 2017
16.135 Palabras (65 Páginas)254 Visitas
Tema 1: Ordenamiento jurídico y fuentes de derecho
Introducción al derecho
El derecho es un conjunto de normas con la finalidad de organizar la sociedad y resolver así los conflictos que se generan reservando el uso de la fuerza de manera excepcional. Se encarga de organizar la sociedad.
Dichas normas son coercibles, es decir, que el estado puede forzar a que sean cumplidas.
El derecho es dinámico y es:
- Territorial: Cada territorio tiene su propio derecho (normas).
- Temporal: Cada tiempo (época) tiene su propio derecho.
El derecho se ramifica en:
- Derecho privado: Conjunto de normas que establece o regula las relaciones personales entre individuos.
- El derecho civil: Es la base de todos los demás derechos y se dedica estrictamente a las relaciones entre ciudadanos.
- Derechos de la persona: Son todas aquellas normas que establecen las normas esenciales de los individuos.
- Derecho a actuar judicialmente: Todos tenemos derecho a defendernos en un juicio y a poder hacer un testamento.
- Derecho de obligaciones y contratos: Son todas las normas que se establecen en contratos entre personas.
- Derechos reales: Es el derecho que tenemos sobre las cosas (propiedades).
- Derecho de usufructo: Es el derecho a utilizar cosas aunque no sean de nuestra propiedad.
- Derecho de familia: Normas estrictas a la pareja y/o los hijos.
- Derecho de sucesiones: Normas estrictas a las herencias o testamentos.
- El derecho mercantil: Nace de la costumbre. Regula los contratos entre los comerciantes i la entrega de mercancías.
- Derecho de sociedades: Regula las relaciones dentro de las sociedades mercantiles. Siempre tiene ánimo de lucro.
- Derecho bancario: Regula el financiamiento de los bancos ya que tienen normas propias.
- Derecho público: Es el que regula las relaciones de los individuos con las instituciones públicas.
- Derecho administrativo: todo lo que relaciona al ciudadano con las normas administrativas.
- Derecho financiero y tributario: Todo lo que tiene que ver con pagos e impuestos.
- Derecho procesal: Es el derecho que nos indica cómo nos relacionamos con la justicia para conseguir derechos formales. (Nos dice cómo hacer los plazos u obligaciones en un juicio)
- Derechos mixtos:
- Derecho penal (publico): Castiga el incumplimiento de la ley y contempla faltas y delitos. Es público porque el estado interviene asiduamente y persigue los delitos de manera pública. Es privado en el sentido en que a veces se establece entre particulares.
- Derecho laboral: Rige las relaciones entre empresarios y trabajadores.
Fuentes del derecho
- La ley: Son el conjunto de normas escritas que hay en un ordenamiento. Estrictamente, las normas escritas en un estado son de varios niveles:
- Leyes -> Anotadas en la Constitución de 1978, aunque las normas de la UE y los tratados internacionales están por encima.
Las cortes españolas son bicamerales (congreso de los diputados y senado) y de las cuales salen las leyes:
- Leyes orgánicas: Una ley orgánica es una ley que se hace sobre un tema excepcional, como los derechos fundamentales. Para que una ley orgánica sea aprobada, necesita una mayoría absoluta de los miembros del estado.
- Leyes ordinarias: Son todas las demás leyes y las cuales las puede hacer los parlamentos de cada territorio autonomía.
La diferencia entre ley orgánica y ordinaria es que no hay jerarquías y tratan de
Luego hay normas con decreto de ley que las aprueba inmediatamente el gobierno ante situaciones excepcionales. Desde entonces, hay 30 días para llevarlos a las cortes y que se apruebe formalmente.
- Reglamentos.
- La costumbre: Si no hay ley, se aplica la costumbre.
- La jurisprudencia: Son sentencias no escritas pero que se han resuelto alguna vez.
- Principios generales del derecho.
Tema 2: Principios esenciales del derecho privado en las relaciones comerciales
La persona física y la jurídica
Una persona física es todo ser humano que ha llegado a vivir de manera independiente al útero materno. (Art. 29 y 30)
Una persona jurídica es una entidad creada por el derecho que no tiene vida física pero que existe jurídicamente. Que se puede someter a derechos y obligaciones. Las personas jurídicas principales son; las asociaciones, las fundaciones y las corporaciones (que corresponden al derecho civil) y las sociedades (corresponden al derecho mercantil).
Asociación: Es una reunión de tres o más personas con un objetivo común. Normalmente sin ánimo de lucro aunque puedan recaudar fondos para su objetivo. Lo fundamental son las personas. Tienen ciertos límites, deben respetar las leyes vigentes.
Fundación: Es similar a la fundación pero esta se puede crear con una sola persona. Para crearla es esencial que haya patrimonio. Si este no existe, no se puede crear una asociación. Tiene ventajas fiscales, es decir, por el hecho de aportar dinero, obtienes ciertos beneficios (descuentos fiscales).
Corporaciones: Se define como una entidad de naturaleza mixta público-privada. Las principales corporaciones son los colegios profesionales.
Sociedades: Creadas por una o más personas, pero con ánimo de lucro.
*ESTE TEMA ES MUY PROBABLE QUE CAIGA EN EL EXAMEN.
Capacidad jurídica: No es graduable. Se tiene o no se tiene y es la capacidad de ser sujeto a derechos y obligaciones. Todo el mundo tiene capacidad jurídica, excepto si se declara incapacidad.
- Nasciturus: Niño no nacido pero que ya obtiene la capacidad jurídica.
Capacidad de obrar: Es graduable y se adquiere con el paso del tiempo, alcanzándose el máximo grado con el cumplimiento de la mayoría de edad.
La capacidad de obrar puede verse disminuida:
- Totalmente: En este caso se nombra la figura de un tutor legal para defender los derechos y obligaciones. El tutor tiene la obligación de defender a la persona en cuestión y proteger todos sus bienes. Al tutor lo designa un juez.
- Parcialmente: Puede haber dos causas por las cuales se incapacite legalmente a una persona.
- Incapacitación parcial por temas médicos: El juez puede incapacitar a la persona para que tome decisiones médicas.
- Incapacitación parcial por temas económicos: El juez puede incapacitar a la persona para que tome decisiones económicas en caso de que lapide se fortuna si otra gente depende de ella (Prodigalidad)
A estas personas no se les asigna un tutor legar, sino un curator.
Las emancipaciones
La emancipación es una situación jurídica que se da entre los 16-18 años. El menor pasa a ser contemplado jurídicamente para CASI todos los actos que solo se dan a la mayoría de edad.
Se puede declarar una emancipación por:
- Matrimonio.
- Decisión de los padres.
- Emancipaciones de hecho.
- Concesión del juez cuando considere que hay una necesidad importante.
Pero tiene limitaciones ya que estando emancipado no se puede comprar a préstamo, hipotecarse o alinear bienes de lujo sin permiso de los padres o tutores legales.
El matrimonio
Regímenes económicos del matrimonio. El único matrimonio realmente legal es el matrimonio civil.
En cada territorio se aplica un régimen económico matrimonial. En Cataluña se x
El fallecimiento
Hablando jurídicamente, un fallecimiento puede ser:
- Por muerte.
- Por declaración judicial del fallecimientos. Contempla varias opciones:
- Que haga más de 10 años que ha desaparecido la persona.
- En caso de violencia extrema y no aparezca la persona.
- Un laxo de 5 años si la persona tiene 75 años.
- Un laxo de 1 año si ha sido una desaparición en circunstancias violentas.
En derecho civil
1. Las asociaciones (Esencial —> Las personas)
Reunión de tres o más personas con un objetivo común, normalmente sin ánimo de lucro pero pueden recaudar fondos para su objetivo.
...