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PRACTICA FORENSE DEL DERECHO SOCIAL.


Enviado por   •  14 de Abril de 2016  •  Trabajos  •  1.665 Palabras (7 Páginas)  •  414 Visitas

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PRACTICA FORENSE DEL DERECHO SOCIAL
1. Las normas procesales y sus características
a) Generalidades.
b) Normas procesales generales.
c) Autoridades en materia laboral
a. Autoridades jurisdiccionales.
b. Autoridades administrativas.
d) El proceso y sus características.
e) El proceso en las distintas materias.
f) Recusaciones y excusas.


2. El proceso en materia laboral y sus características distintivas.
a) El proceso ordinario ante las juntas
b) Los procesos especiales.
c) Proceso para la tramitación y resolución de los conflictos colectivos de naturaleza económica.


3. Providencias y medios de defensa inmediatos.
a) Providencias cautelares.
c. El arraigo.
d. El secuestro provisional de bienes.
b) Las tercerías.
a) Tercerías exclúyete de dominio.
b) Tercería de preferencia de derechos.
c) Los recursos.


4. El laudo y sus consecuencias jurídicas para las partes en el litigio.
a) Procedimiento de ejecución.
b) Procedimiento de embargo.
c) El remate.
d) Responsabilidades y sanciones de los trabajadores y patrones.

INTRODUCCION.
Seguridad Social: protege los derechos de los débiles (económicamente, obreros y/o trabajadores) de los patrones y/o dueños de la producción.

ANTECEDENTES.
DOS ETAPAS:
*Aspecto Social: acontecimientos sociales que se originan.
*Aspecto Jurídico: las primeras reglamentaciones jurídicas.

ASPECTO SOCIAL.
Edad media (siglos V-XII). Sistema de gobierno (XII).
ESCLAVISMO (dueño y esclavo) totalitarismo y dictadura.
FEUDALISMO (Sr feudal y/o siervo). Sr feudal: dueño de extensiones territoriales.
MONARQUÍA (Rey, Monarca, súbditos)
CORRIENTES IDEOLOGICAS.
La ilustración
VOLTAIRE: criticaba las religiones. (Libertad física y espiritual).
MONTESQUIU: Su obra: “el espíritu de las leyes”. Dividió el poder en: P. ejecutivo, P. legislativo y P. judicial. De aquí que Morelos retoma la ideología y surge su obra “Los sentimientos de la Nación “en Chilpancingo. Esto a su vez sirvió como base para la primera constitución mexicana de 1824.
J. J. ROSSEOUN: Su obra “El contrato social”.

ASPECTO JURIDICO
Surgen las primeras reglamentaciones del trabajo humano. (Siglo XX).

RIESGOS PROFESIONALES.
CREACION DE LAS SOCIEDADES MUTUALISTAS APOYADAS POR EL ESTADO (SINDICATOS).
NORMAS PROCESALES GENERALES.
PROCESO: PROCEDERE: Marchar, avanzar, ir hacia adelante. “El camino que conduce a una meta”.
“El fin normal de un proceso es llegar a una RESOLUCION” (LAUDO).
En materia laboral el fin es llegar a la CONCILIACION, porque habrá acuerdo de partes. De lo contrario se llega a un LAUDO.
Artículo 865: En los procedimientos antes las Juntas Federales y Locales de Conciliación, se observaran las normas que establecen las fracciones I y II del artículo 600 de esta Ley.

CARACERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO LABORAL: Publico, gratuito, eminentemente oral (toda tramitación debe de ser por escrito), a instancia de parte.
Cuando se presenta la demanda en oficialía de partes de la Junta de conciliación, la autoridad tiene 24 horas para realizar el ACUERDO INICIAL y a los 15 días se cita para la AUDIENCIA.
Si existen errores en la demanda (omisiones) se le requiere al promovente para que en un término de 3 días las subsane.
Hay dos tipos de omisiones:
1. Falta de nombre y domicilio del patrón (se dan 3 días para que subsane, pero no se interrumpe el termino para la audiencia).
2. Falta de copias o mal cálculo de las cuentas de lo que se demanda, entonces la JCA tiene la obligación de  hacerlo (sin que esto sea solicitado).
AUTORIDADES EN MATERIA LABORAL.
1. Autoridades jurisdiccionales.
2. Autoridades Administrativas.
AUTORIDADES JURISDICCIONALES
Municipios.
1. Junta Municipal Accidental de Conciliación (surgen en el momento).
2. Junta Municipal Permanente De Conciliación (surgen en zonas donde hay mucha actividad laboral).
En ambas el Juez menor cita al patrón y al trabajador para que lleguen a la conciliación.
3. Junta Local (Central) De Conciliación Y Arbitraje, su ámbito de funcionamiento se encuentra ubicado los artículos 621 al 624 LFT. Junta local de conciliación Artículos 601 al 603 LFT. Estas se crean donde el Gobernador determine.
4. Junta Federal de Conciliación “yArbitraje”, esto último porque primero son Juntas de Conciliación, todo depende del presupuesto del Gobernador y con posterioridad si no se da la conciliación usando todos los recursos entra la función de “Arbitraje”, esto reglamentado en los artículos 591 al 600 de LFT. La función Arbitral se da porque está integrada de:
1. Un representante del Patrón.
2. Un representante del Trabajador y;
3. Un representante del Gobernador.
De manera que estos tres dicten el LAUDO.
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN
Se da desde el momento en que el trabajador presenta su demanda por escrito en Oficialía de Partes, hasta antes del proyecto de RESOLUCION en forma de LAUDO por el secretario de la Junta, esto hecho así de manera que realiza dado el Proyecto se manda a citar a los integrantes arbitrales para que expresen con SI o NO están de acuerdo con el Proyecto de LAUDO.
JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y “ARBITRAJE”
Artículo 427 de LFT: también hay representantes pero estos son a nivel Federal.
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS
Autoridades de Trabajo y Previsión Social.
1. SHCP.
2. STPS° (Presidente de la República).
3. Procuraduría de la Defensa del Trabajador.
4. Servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento. (Nacional, capacitan y dan constancias de capacitación de valor curricular).
5. Inspección del Trabajo.
6. Comisión Nacional de Salarios Mínimos (y regional). INAPAC
7. Comisión Nacional parala Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas.
8. Dirección o Departamentos de Trabajo. (crean cursos).
9. Servicio Público del Empleo. (crean cursos).
10. Jurado de Responsabilidades, integrado por personas moralistas y crean sanciones para los que infringen, emiten veredictos. (crean cursos).
11. Otros.
La Procuraduría (Federal y Local) de la Defensa del Trabajador, solo asesora al trabajador; esta integrado por:
1. Representante y asesores jurídicos del trabajador, quienes tiene como función interponer recursos ordinarios y extraordinarios, proponer soluciones amistosas entre el trabajador y el patrón para llegar a la conciliación.
En el ámbito local el encargado es el Gobernador del Estado, en el DF será el Jefe de Gobierno del DF y en el ámbito Federal será STPS°.
La inspección de Trabajador, tiene como meta VIGILAR el cumplimiento de las normas del trabajo, facilitar y asesorar a trabajadores y patrones para el cumplimiento de las normas de trabajo, así como poner del conocimiento de las Autoridades las anomalías en el trabajo.
EL PROCESO Y SUS CARACTERISTICAS
¿EN QUE MOMENTO INICIA EL PROCEDIMIENTO EN MATERIA LABORAL?
1. Cuando el trabajador se presenta ante las Juntas Municipales, o;
2. Cuando el trabajador se presenta ante las Juntas Laborales (local, federal).
* Si hay un proceso formal.
* Hay un número de expediente.
* Se señala la audiencia.

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