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PRINCIPIOS INFORMANTES DE DERECHO LABORAL Y VINCULACIÓN CON INSTITUCIONES PROCESALES


Enviado por   •  28 de Octubre de 2015  •  Informes  •  19.362 Palabras (78 Páginas)  •  195 Visitas

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PRINCIPIOS INFORMANTES DEL DERECHO DE TRABAJO

CURSO:

DERECHO LABORAL

INTEGRANTES:

  • ROMERO SALINAS, KATERIN ISABEL
  • RUBIO MESTA CHRISTINA GIOVANNA
  • SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ, CHYSTEL G.

CICLO:

VI

FACULTAD:

DERECHO

2015- CHICLAYO

INTRODUCCIÓN

En una sociedad es sumamente importante la existencia de principios que den sustento y base a le ley, los cuales deben de ser inamovibles para que la ley, aún con modificaciones a lo largo del tiempo, tenga un sentido legítimo y legal, valga la redundancia, para su existencia misma.

Estos principios se extienden al concepto del ordenamiento legal en el ámbito laboral. Así pues, en ese espacio permiten dar protección y permanencia al trabajador al ser amparado por estos mismos a la hora en que éste deba recurrir a las leyes para la defensa de sus derechos, o por otro lado, si no debe recurrir a leyes, los principios producirán directrices y normas de conductas éticas, morales y de mínima aceptación de comportamiento social, bajo los cuales los dueños de los medios de producción deben actuar respecto al trabajador que en la realidad, es el eslabón más débil de todo el sistema de engranajes del sistema general económico.

Dicho esto, vemos que uno de las razones que justifican la existencia de principio es su la labor supervisadora y correctora de los desvíos, que se podrían dar, a propósito del evidente y desbalanceado poder que da a los empleadores la concentración del poder económico. Estos principios brindarán, en todas las fases que abarquen la relación laboral, un trato justo dentro de un orden natural de su condición humana y además como consecuencia un eficaz y óptimo desarrollo en su ser laboral (y por ende humano).

Siendo tal la importancia de los principios que en este trabajo trataremos sobre ellos y posteriormente se realizará un análisis de dos principios básicos: irrenunciabilidad y primacía de la realidad y su actuación frente a institutos procesales como el arbitraje, conciliación, desistimiento, abandono, prescripción y caducidad sobre los cuales podrían existir un conflicto aparentemente.

CONTENIDO

  1. Principios informante del Derecho Laboral
  1. Principio Protector.

Llamado también tuitivo, principio que inspira todo el derecho laboral y toma especial importancia en la desigualdad de posiciones existente entre empleado y trabajador, manifestada en la subordinación de éste hacia aquél.

El  principio  protector  se  actualiza,  por  ejemplo, al   momento de elaborarse una norma, con una dirección, una naturalmente admitida: promover mejores condiciones para los trabajadores, a partir de su reconocimiento como la parte más débil de la relación laboral.

Contiene tres modalidades que se muestran a continuación:

  1. Principio IN DUBIO PRO OPERARIO.

Conforme a este principio, en las relaciones laborales debe predominar la interpretación que favorezca al trabajador siempre y cuando la duda sea insalvable en el sentido de una norma[1].

Parafraseando al autor argentino Deveali, tenemos que:

“El derecho de trabajo importa que en los casos dudosos deben resolverse en favor del deudor (indubio pro operario). Con ello se acepta que su propósito consiste en otorgar un amparo a la parte débil en el contrato de trabajo.[2]

Todo lo mencionado anteladamente debe ser asó puesto que considerando al empleado como parte débil frente a la potestad del empleador, este principio constituye una manifestación general de protección reconocida a favor del trabajador como una de las partes que es la más débil en la relación de trabajo.

Es muy importante mencionar que en la Constitución Peruana, Art. 26, inciso 3. Se encuentra recogido el principio indubio pro operario, en los siguientes términos: “En la relación laboral, entre otros, se respeta el principio de interpretación favorable al trabajado en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma”. Consecuente a ello en la legislación peruana este principio es una norma jurídica, en este sentido, es obligación aplicable por parte del juez o intérprete.

  1. Principio de la norma más favorable.

Cuando existan normas distintas que son aplicables a una misma situación laboral, se deberá pone un eso la que conceda mayores beneficios o derechos del trabajador. No obstante ello, se deja en claro que puede tratarse de normas del mismo rango y ámbito; normas de rango semejante, pero de ámbitos distintos; y normas de distinto rango tanto como de distinto ámbito. En cualquiera de los casos planteados, lo que deberá hacerse es aplicar la norma que más beneficios represente para el trabajador[3].

Esta norma otorga un matiz especial al derecho laboral dado que rompe con los esquemas más rígidos y tradicionales de la jerarquía normativa, de manera que es aceptado, que una norma de inferior categoría sea aplicada en un caso concreto por encima de una contraria de superior categoría.

El límite de este principio lo encontramos en las “exigencias de orden público”,  así se aplicará la norma más favorable siempre que no exista ley prohibitiva del Estado. Esto existe cuando el bien común exige sacrificios de ventajas aparentes de los trabajadores en general.

  1. Principio de la condición más beneficiosa.

Como lo manifiesta Plá Rodriguez “La regla de la condición más beneficiosa supone la existencia de una situación concreta anteriormente reconocida  y determina que ella debe ser interpretada en la medida que sea más favorable al trabajador que la nueva norma que se ha de aplicar”[4].

Se produce cuando surgen nuevas normas que de alguna manera alteran las condiciones laborales, de modo que al aplicarse no causará menoscabo a los derechos del trabajador que existían anteriormente, pues las normas no se crean con la finalidad de recortar derechos al trabajador.

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