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PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO


Enviado por   •  17 de Junio de 2017  •  Tareas  •  673 Palabras (3 Páginas)  •  164 Visitas

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Título de la tarea: Notificación de Accidentes Laborales.

Nombre Alumno: Dussan Rojas Alarcón, control n° 2.

Nombre Asignatura: Investigación de Prevención de Riesgos.

Instituto: IACC.

Fecha: 06/04/2017.

PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO.

OBJETIVO

Establecer las acciones de forma ordenada y clara para proceder en la investigación y notificación de accidentes del trabajo.

ALCANCE

El presente procedimiento es aplicable para todos los empleados de la empresa, en especial a las jefaturas de cada sección e unidad de prevención de riesgos quienes serán encargados en la investigación y notificación de accidentes laborales.

RESPONSABLES

Jefe Directo/Jefe de Sección/Unidad de Prevención de Riesgos:

  1. Verificar la ocurrencia del Accidente.
  2. Realizar DIAT.
  3. Notificar a Gerencia, Organismo Administrador, Seremi de Salud, Inspección del Trabajo e Instituciones de Carabineros, Policía de Investigaciones y Fiscalía.
  4. Investigación de Accidentes.

Trabajadores:

  1. Notificar los accidentes Jefatura directa, Jefes de sección o unidad de Prevención de Riesgos.

Comité Paritario de Higiene y Seguridad:

  1. Realizar investigación de Accidentes laborales.

MARCO LEGAL

  1. Ley n°16.744 establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  2. Circular 2.345 de la SUSESO, que imparte instrucciones respecto a las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos cuarto y quinto del artículo 76° de la Ley n° 16.744 y en virtud a lo establecido en la Ley n° 20.123 de subcontratación.
  3. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
  4. DS. n° 54 Aprueba reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

DEFINICIONES

  1. Accidente Fatal: Aquel accidente que provoca la muerte de un trabajador en forma inmediata.
  2. Accidente Grave: Cualquier accidente de Trabajo que Obligue a realizar maniobras de reanimación, u obligue a realizar maniobras de rescate, u ocurra por caída de altura de más de 2 metros o provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo o involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal.

DESARROLLO

  1. Cualquier funcionario debe notificar inmediatamente ocurrido el accidente leve, grave o fatal a su jefatura directa quién a su vez le informará a la Unidad de Prevención de Riesgos.
  2. Para accidentes leves, el jefe directo deberá realizar el DIAT quien se colocará en la unidad de prevención de riesgos, quienes a su vez se contactarán con el organismo administrador.
  3. El jefe directo de cada sección verificará la ocurrencia del accidente en conjunto con la unidad de prevención de riesgos por parte del empleador y quienes serán los encargados de notificar inmediatamente a la gerencia de la empresa el evento; Además comenzarán con la recopilación de datos para la investigación del accidente tanto para los accidentes Sin Tiempo Perdido (STP) y Con Tiempo Perdido (CTP).
  4. La investigación de accidentes también la podrá realizar el Comité Paritario de Orden, Higiene y Seguridad.
  5. Para accidentes con consecuencias fatales o graves se suspenderá de forma inmediata todas las labores de la empresa, y de ser necesario, se permitirá la evacuación del personal de los lugares de trabajo; sobre todo si existe la probabilidad de que ocurra un nuevo accidente. Esta detención de los trabajos se debe procurar no alterar las condiciones del lugar de ocurrencia para facilitar la investigación.
  6. La unidad de Prevención de Riesgos con el jefe de la directo, será la encargada de cercar o delimitar el área del donde ocurrió el accidente con cinta de poliuretano que indique “área restringida no pasar”, el ingreso sólo podrá realizarlo personal autorizado.
  7. Informar inmediatamente de lo ocurrido a la Inspección del trabajo y Seremi de salud. Además a las instituciones correspondientes de carabineros, policía de investigación y fiscalía.
  8. Esperar en el lugar la llegada de del SEREMI de salud e inspección del trabajo, quienes serán los encargados de mantener la paralización de la empresa o el levantamiento. (documento por escrito o correo electrónico)
  9. Las jefaturas de cada sección ante un evento deben disponer de todos los registros básicos legales, tales como: entrega del reglamento interno, entrega de elementos de protección personal, el deber de informar, y la investigación preliminar del Comité Paritario de Higiene y Seguridad o de la misma jefatura.

Bibliografía

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