EL PROCEDIMIENTO DE TRABAJO INVESTIGACION DE ACCIDENTE
kevin.jaraInforme18 de Mayo de 2017
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Notificación de accidentes laborales.
Kevin Jara Palacio
Investigación de Prevención de Riesgos
Instituto IACC
08-04-17
PROCEDIMIENTO DE TRABAJO INVESTIGACION DE ACCIDENTE
1. INTRODUCCIÓN
La investigación de incidentes involucra el examen metódico de un evento no deseado que resulto o pudo haber resultado en lesión a las personas, daño a la propiedad o al medio ambiente como asi también perdidas en el proceso. Las actividades de investigación se dirigen hacia la definición de hechos y circunstancias relacionadas con el evento a la determinación de causas y al desarrollo de las acciones correctivas para controlar los riesgos.
La investigación de todos los incidentes contribuye a la identificación de las causas básicas, acciones correctivas y entrega la información que permite direccionar el comportamiento del trabajador para no repetir el suceso.
La investigación y el reporte de incidentes tienen muchos beneficios, entre los que se incluyen:
- El hallazgo de las causas básicas de incidentes.
- Evitar repeticiones de incidentes similares.
2. OBJETIVO
Entregar al investigador una orientación a fin de que pueda registrar y desarrollar la información requerida.
3. ALCANCE
A todos los involucrados de la línea de mando tales como; Administradores, Supervisores, Capataz y personal responsable de la investigación de incidentes.
4. DEFINICIONES
4.1. Incidente
Evento no deseado que ocurre por fallas en la gestión y que resulta o podría resultar en pérdidas.
4.2 Pérdida
Es todo desperdicio evitable de recursos, ésta puede afectar a las personas, a la propiedad y en general, al provecho económico del negocio.
4.3. Tipo de Incidentes
- Accidentes con lesión: Es aquel que produce una lesión a personas.
- Accidentes con daño: Es aquel que genera como resultados deterioro a la propiedad, equipos, máquinas, vehículos, materiales y medio ambiente.
- Falla operacional: Es aquel incidente que no genera como consecuencia lesiones a las personas ni daño a la propiedad, pero si ocasiona pérdidas que afectan a la continuidad de las operaciones (pérdidas de tiempo, deterioros de la imagen, deficiencias en la calidad).
- Cuasi-accidentes: Es aquel suceso acontecido que bajo ciertas circunstancias un poco diferentes habría provocado pérdidas. Un cuasi-accidente, si no es oportunamente controlado puede convertirse en un accidente con lesiones a las personas, daño a la propiedad o una falla operacional.
4.4 Fallas de Control
- Planificación: El incidente ha tenido como causa básica el no haber estimado satisfacer necesidades futuras de la operación. La planificación de la operación no consideró que se iba a ejecutar esta operación.
- Organización: No fue considerado un sistema estructurado de asignación de personas o equipos de trabajo, que incluye capacitación y recursos necesarios para la ejecución de la operación.
- Dirección: No se orientó al trabajador con apoyo o asesoría profesional o capacitación que contribuyera a su desarrollo, de tal forma, de cumplir las metas definidas.
- Control: No se identificaron y evaluaron oportunamente las desviaciones que se producían en la ejecución de las operaciones y por lo tanto, no hubo acciones de control sobre ellas.
4.5 Causas básicas
- Factores personales: se refiere a la acción del trabajador que incidió directamente en la ocurrencia del incidente.
- Factores del trabajo. Se refiere a las condiciones de trabajo presentes que produjeron el incidente.
4.6 Causas inmediatas
- Acto subestándar: se refiere al acto o conducta del trabajador que incidió directamente en el incidente.
- Condición subestándar: condición física que existía en el lugar cuando ocurrió el incidente.
5. MATERIALES Y EQUIPOS
- Registros.
- Computador.
- Los recursos que sean requeridos para aplicar controles según corresponda.
6. ENTIDADES INVOLUCRADAS.
- Jefe Departamento Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.
- Representante de la Gerencia.
- Responsables de Área “supervisión”.
7. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
7.1. Investigación de Incidente
La investigación de incidentes es una responsabilidad de la supervisión y de la administración aplicar un método para recopilar y evaluar la información relevante que esté ligada a la ocurrencia y a las consecuencias del hecho, basándose en las evidencias disponibles a fin de determinar las causas reales que lo provocaron.
7.2. Proceso de la Investigación
Los jefes directos y los mandos intermedios de este procedimiento, tendrán la responsabilidad de informar e investigar todos los accidentes del trabajo ocurridos en las dependencias a su cargo; corregir las causas y efectuar el seguimiento correspondiente de la implementación de las medidas correctivas.
La atención médica por accidentes laborales o enfermedades profesionales debe requerirse en la Organismo Administrador Sin embargo, excepcionalmente el accidentado podrá trasladarse en primera instancia a un centro asistencial que no sea el Organismo Administrador, solo en las siguientes situaciones: casos de urgencia o cuando la cercanía del lugar donde ocurrió el accidente y su extrema gravedad así lo requieran. Se entenderá que hay urgencia cuando la condición de salud o cuadro clínico implique riesgo vital y/o secuela funcional grave para la persona, de no mediar atención médica inmediata. En estos casos se deberá informar inmediatamente a la Mutual, a fin de que tome las providencias del caso.
7.3. En caso de Accidentes
Se establece que el objetivo de un análisis e investigación de accidente, es determinar las causas que lo produjeron, vale decir, detectar las condiciones y acciones inseguras que contribuyeron a producirlo, a fin de reparar o corregirlos y evitar su repetición. No tratándose de establecer culpabilidad, las entrevistas a los afectados y testigos serán de carácter meramente informativo.
7.4. Se establecen las siguientes normas y Procedimientos de Denuncias de Accidentes:
- Accidente con o sin tiempo perdido (lesión de las personas) será informado en el formulario entregado por el Organismo Administrador (Denuncia Individual de accidente de trabajo, conocido como DIAT), por el jefe directo, asesorado por el Prevencionista de riesgos (si hubiere), indicando además si hubo pérdida de material o daños a los bienes de la Empresa.
- Accidente con pérdidas de materiales o daños en los equipos: Aun no habiendo lesión personal, se hará un informe de las pérdidas, siendo evaluadas en lo posible, por el jefe directo del Área afectada.
- Estas investigaciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las que realice el Comité Paritario, cuando proceda.
- Todos los análisis e investigaciones de accidentes deberán remitirse al Departamento de Prevención de Riesgos de la Empresa (si correspondiere), dentro de las 48 horas de ocurridos.
Al producirse un accidente, se dejarán las condiciones tal como se encontraban al momento de ocurrir el hecho, hasta que se efectúe el análisis y el encargado de Seguridad lo autorice.
Este procedimiento de investigación no regirá en los casos de accidentes ocurridos en el trayecto. Sin embargo, el encargado de Seguridad se ceñirá para ello a lo dispuesto en el Art. 7° del Reglamento de la Ley 16.744, cuyo texto legal señala:
"El trayecto directo, a que se refiere el inciso 2° del Art. 5° de la Ley, es el que realiza entre la habitación y el lugar de trabajo y viceversa siendo también accidentes de trayecto aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque corresponda a distintos empleadores. En este último caso se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro”.
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