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PROGRAMA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO


Enviado por   •  17 de Diciembre de 2021  •  Exámen  •  2.047 Palabras (9 Páginas)  •  84 Visitas

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Nombre. Ricardo del Ángel Robledo Valadez  

Matrícula. 1907209658

INSTRUCCIONES

LEE DETENIDAMENTE Y RESPONDE A LO QUE TENGA DERECHO EN CADA CASO.

CASO 1.- Mr. X labora en una empresa con un salario mensual de $15,000, trabaja una jornada de 6 a 14 horas de lunes a sábado, tiene una antigüedad de 30 años en su puesto de trabajo.

Está última semana su jefe le pidió quedarse a laborar dos horas extras al horario que se refirió anteriormente para el lunes, una hora extra el martes y dos horas extras el jueves; asimismo le pidió que trabajara el domingo.

Las jornadas de trabajo según la Ley Federal del Trabajo son:

Artículo 59.- El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.

Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.

Artículo 60.- Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.

Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.

Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

Respecto a las horas extras que el patrón le pidió quedarse la Ley establece que las primeras 9 horas deben pagarse al 100% y si excede esas horas debe pagar al 200% más del salario ordinario:

Artículo 67.- Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

Artículo 68.- Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo.

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.

Las horas que le pidieron laborar de tiempo extraordinario son 2 el día lunes, 1 hora el martes y 2 horas el jueves, las cuales no exceden las 9 horas semanales por lo que tendrá que pagarle al 100%.

Salario mensual $15,000.00

Salario diario $500.00

Salario por hora $62.50

Pago horas extras: $625

Lo que le corresponde de pago por trabajar el día domingo es la cantidad de $125.00 de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

CASO 2.- La empresa generó utilidades por $150,000.00, y además están los siguientes trabajadores:

a) Regina, con 365 días trabajadas y un ingreso de $48,000 b) Yolanda, con 225 días trabajadas y un ingreso de $60,000 c) Régulo, con 333 días trabajadas y un ingreso de $120,000 d) Dionicio con 205 días trabajadas y un ingreso de $70,000

Monto a repartir $150,000.00

Regina

Yolanda

Régulo

Dionicio

Total

Días trab.

365

225

333

205

1128

Ingreso

$48,000.00

$60,000.00

$120,000.00

$70,000.00

$298,000.00

Factor por días trabajados                            Factor por salario percibido

66.49                                                             0.2517

PTU por días laborados

PTU por salario

Total PTU

a) Regina

$24,268.62

$12,080.5369

$36,349.15

b) Yolanda

$14,960.11

$15,100.6711

$30,060.78

c) Régulo

$22,140.96

$30,201.3423

$52,342.30

d) Dionicio

$13,630.32

$17,617.4497

$31,247.77

CASO 3.- El Doctor Fémur Lumbar Muerte, tiene firmado un contrato individual como empleado de la Clínica El Paso al Final S. de R. L., y aunque su contrato no indica cuales servicios debe prestar, el funge como cirujano y lleva trabajando así más de 13 años.

El día 05 de marzo de 2014, pese a que se negaba a viajar y menos a hacer una cirugía, el doctor tuvo que acudir, amenazado con el despido, a la Ciudad de San José en Costa Rica a efecto de realizar una importante intervención quirúrgica, ya que la Clínica en la que labora, ofrece sus servicios en el extranjero.  

El vuelo de regreso arribó a la ciudad a las 7 horas, sin embargo, a la llegada, el doctor tuvo que ser bajado del avión por el personal de seguridad de la aerolínea, ya que bebió demasiado durante el viaje.  El doctor trató de recuperarse en el baño del aeropuerto, pero no le fue posible y tomó un taxi con rumbo a la clínica, ya que tenía 3 cirugías programadas ese día. Al llegar, el Gerente de Recursos Humanos le indicó que no podía estar en esas condiciones en el centro de trabajo y que tenía que retirarse. El doctor vociferó palabras altisonantes y ofensas en contra del dueño de la empresa y de su madre y luego se retiró.

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