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Pena De Muerte

dodge18 de Marzo de 2013

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La pena de muerte

Pena capital o ejecución consiste en provocar la muerte a un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos por los cuales se aplica esta sanción suelen denominarse «delitos capitales».

Uso de penas de muerte en el mundo (2009): Abolida Suprimida para los crímenes no cometidos en circunstancias excepcionales (como los cometidos en tiempo de guerra) Contemplada como una sanción penal, pero ya no usada en los últimos años porque nadie reunió las condiciones para ser ejecutado. Contemplada como una sanción penal, aún aplicada.

La muerte de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por algunas sociedades en un momento de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disidencia política. Actualmente la pena de muerte ha sido abolida y penalizada en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). La mayoría de países latinoamericanos han abolido la pena de muerte, mientras que en países como los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe aún sigue siendo aplicada. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como Japón e India. En África, aún se usa en Botsuana y Zambia.

En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se usa como un castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En China, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política son castigados con la pena de muerte. En algunos países la pena de muerte se utiliza por motivos políticos, con la máxima difusión posible, como «escarmiento» de masas: en 2007 en Corea del Norte el director de una empresa fue ejecutado públicamente en un estadio deportivo, ante 150.000 personas como castigo por haber realizado llamadas telefónicas al extranjero.

El tema de la pena de muerte es muy controvertido. Los simpatizantes de la misma opinan que su realización reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo para el asesinato. Los detractores argumentan que no reduce el crimen en mayor medida que la cadena perpetua; son peores que el delito, son Holo cáusticas y es una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres que puedan no tener recursos suficientes en el sistema legal.

Según el informe anual de ejecuciones judiciales de Amnistía Internacional, en el año 2003 fueron ejecutadas al menos 1.146 personas en 28 países. El 84% de las muertes documentadas ocurrieron en cuatro países: la República Popular China llevó a cabo 726 ejecuciones, Irán mató a 108 personas, Estados Unidos a 65 y Vietnam a 64. La última nación en abolir la pena de muerte para todos los crímenes fue Uzbekistán, a principios de 2008.4

"El Día Mundial Contra la Pena de Muerte" se celebra el 10 de octubre.

La pena de muerte es ejercida por algunos Estados como castigo a crímenes graves (aquellos que son intencionales y tienen consecuencias fatales o extremadamente graves). Si bien existen normas internacionalmente aceptadas que tipifican situaciones en las que el Estado y sus representantes pueden hacer uso de la fuerza letal, difícilmente una justificación de orden penal puede imponerse a los argumentos de derechos humanos que justifican su abolición.

La pena de muerte viola dos derechos humanos fundamentales: el derecho a la vida y el derecho a no ser sometido a penas crueles, inhumanas o degradantes, ambos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en otros instrumentos sobre la materia regionales e internacionales, así como en leyes y constituciones nacionales. La crueldad de la pena de muerte queda de manifiesto no sólo en la ejecución en sí, sino además en el tiempo que permanece el preso en espera de la ejecución, pensando constantemente en la inminencia de su propia muerte. Alcanza también a sus familiares, a los funcionarios encargados de su custodia y a los encargados de realizar la ejecución. Instrumentos y ligas: Seguimiento del tema Amnistía Internacional - La pena de muerte: preguntas y respuestas Campaña por la Abolición de la Pena de Muerte La Pena de Muerte en México Documentos: Directorio de enlaces Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Destinado a Abolir la Pena de Muertes Salvaguardas para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte

De acuerdo con los informes del Relator Especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias, así como de diversas organizaciones no gubernamentales, los presos son en muchos casos condenados en juicios que no cumplen con las normas internacionales relativas a los juicios con debidas garantías. Con frecuencia, la pena de muerte se aplica desproporcionadamente a miembros de grupos sociales desfavorecidos, lo cual contradice los artículos 2 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

El argumento de que la pena de muerte contribuye a disuadir a los delincuentes ha perdido fuerza ante las numerosas investigaciones científicas que demuestran que su efecto en los índices delictivos no es mayor al de otro tipo de penas.

Ante este panorama, se han hecho grandes esfuerzos internacionales para limitar y finalmente abolir la pena de muerte. Tal es el sentido de tratados como el Protocolo 6 al Convenio Europeo de Derechos Humanos; el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles de la y Políticos de la ONU y el Protocolo Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la OEA. El ritmo de la abolición se aceleró desde la segunda mitad del siglo XX. A principios del siglo, sólo tres Estados -Costa Rica, San Marino y Venezuela- habían abolido la pena de muerte. Hoy, 63 países la han abolido para todos los delitos. 16 la han limitado a los delitos excepcionales. Veinticuatro la han abolido de hecho, al no haber llevado a cabo ninguna ejecución en los últimos quince años. En total, 103 países han abolido la pena de muerte. Muchos aún la conservan por distintas razones, pero el avance de la lucha por la defensa de los Derechos Humanos fundamentales sigue.

Teoría de la pena de muerte.

Es la privación de un bien jurídico que el poder público, a través de sus instituciones impone a un individuo que ha cometido una acción perturbadora del orden jurídico. Al principio de la historia la pena fue el impulso de la defensa o de la venganza, es decir, la consecuencia de que un ataque injusto Actualmente la pena de muerte ha pasado a ser un medio con el que cuenta el Estado para preservar la estabilidad social. El concepto de pena ha tenido varias definiciones. Para Raúl Carranca y Trujillo, es "un tratamiento que el Estado impone a un sujeto que ha cometido una acción antisocial o que representa una peligrosidad social, pudiendo ser o no ser un mal para el sujeto", para el famoso jurista Carrara, citado por el mismo Raúl Carranca, la …"pena es de todas suertes un mal que se infringe al delincuente, es un castigo; y como tal, atiende a la moralidad del acto; al igual que el delito, la pena es el resultado de dos fuerzas: la física y la moral, ambas subjetivas y objetivas…" Para Edmundo Mester, la pena en sentido general, dentro de la que se incluye la pena de muerte…"es una privación de bienes jurídicos que recaen sobre el autor del ilícito, con arreglo al acto culpable; imposición de un mal adecuado al acto". Para Franz Von Liszt, "es el mal que el juez infringe al delincuente a causa de un delito, para expresar la reprobación social respecto al actor y al autor". Fernando Castellanos Tena dice que "es castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente, para conservar el orden jurídico"; para Constancio Bernardo Quiroz, citado por Castellanos Tena, la pena es "la reacción social jurídicamente organizada contra el delito".

Para Ignacio Villalobos, es "un castigo impuesto por el poder público, al delincuente, con base en la ley, para mantener el orden jurídico".

De lo anterior podemos establecer que Edmundo Mesmer, Von Liszt, Ignacio Villalobos, así como castellano Tena, estaban de acuerdo en que la pena es un castigo, un deterioro o mal contra el delincuente. Para estos autores el castigo tiene varias causas inmediatas; para Castellanos Tena y Mesmer, es la misma ley para mantener con ello el mismo orden jurídico establecido, para el último la pena se impone como una retribución y es consecuencia del acto, adecuada al mismo; para Von Liszt, esta se aplica en base a la reprobación social del acto. Constancia Bertoldo Quiroz no considera a la pena como un mal, sino que lo enfoca como dialéctica, pues la considera como la antítesis de la conducta y el delito, lo cual debe ser legal. Raúl Carranca y Trujillo, no consideran a la pena como un castigo, sino como una medida de readaptación. De todo lo anterior se puede concluir que los autores mencionados consideran a la pena como dos direccionales: como un castigo y como un medio para alcanzar otros fines determinados. En conclusión, el concepto de pena implica el castigar a quien resulte penalmente responsable de un ilícito; es la reacción legal que el Estado tiene y utiliza contra quien demuestre ser un peligro para la sociedad; la pena es el medio que responde a la

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