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Perdón y reconciliación: una perspectiva psicosocial desde la noviolencia


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2017  •  Ensayos  •  2.141 Palabras (9 Páginas)  •  289 Visitas

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Nombre y apellidos del autor de la reseña: Ingrid  Castro Mendoza

Perdón y reconciliación:        una perspectiva psicosocial desde la noviolencia

Autor (es):        Juan David Villa Gomez

Referencia:        Villa Gómez, J. Perdón y reconciliación. Una perspectiva psicosocial desde la noviolencia, Polis [En línea], 43 | 2016, Publicado el 09 junio 2016, Consultado el 30 septiembre 2016.URL: http://polis.revues.org/11553

Palabras clave:        Perdón, reconciliación, victimas, conflicto armado, Justicia transicional

Propósito:                        Que aprendamos a entender los orígenes de la violencia en Colombia, la propuesta del estado para lograr una paz entre víctimas y victimarios, los elementos morales y culturales para la proposición del perdón individual y colectivo y la aceptación de la culpa del victimario. Que veamos la influencia de los grupos políticos en el origen, evolución y sostenimiento de la violencia como su herramienta de campaña.

Tesis del autor(es):        El tratadista no expresa de manera clara y definida en qué consiste el perdón y la reconciliación en el proceso de paz que se adelanta en Colombia y sus diferentes formas de manifestación.

Resumen expositivo:

El tratadista plantea que la violencia tiene una base psicosocial que es necesario reconocer: un ethos que es transmitido, además, por el sistema escolar y los medios de comunicación, unas orientaciones emocionales vinculadas y una memoria colectiva para mantener la violencia encendida, y por ello plantea la discusión en torno al perdón y la reconciliación en contextos de violencia política, fundamentando su propuesta en los estudios, entrevistas y resultados de otros conflictos ocurridos en otras regiones y en los estudios y resultados del propio conflicto interno. Así mismo, deja ver que el conflicto interno contiene tres tipos de memoria, “memoria colectiva[1], memoria herida[2] y una memoria incluyente[3]”, las cuales constituyen la estructura social para organizar una estructura jurídica que contenga los elementos esenciales del proceso de paz, siendo estos elementos el perdón, la reconciliación, la no repetición y el retorno de las víctimas a una vida social estable.

Cuestiona el papel influyente de los medios de comunicación, quienes de manera directa promueven el mantenimiento del conflicto armado, al mismo tiempo alimenta nuestro conocimiento sobre el conflicto armado y las fases de perdón y reconciliación con las experiencias narradas y vividas por los involucrados en el conflicto como víctimas o victimarios.

Deja claro la paradójica participación de la clase política del país, la cual ha participado de manera directa en la creación y agrandamiento del conflicto armado, utilizando como caballo de batalla los actos de barbarie o acciones terroristas y los convierten en sus eslogan, para con ello cautivar o hacer a sus filas a los opositores de esos actos, manteniendo la llamada de la guerra encendida como herramienta de masificación de votantes a su favor.

Resume el tratadista la función social del perdón y la reconciliación en un párrafo que por su contenido exacto y preciso tenemos que exponerlo textualmente “Por eso, también hay que decirlo, el perdón y la reconciliación, según lo trabajado en las investigaciones referidas, no se puede imponer, por el contrario, debe ser un proceso lento, que incluya una perspectiva de derechos; no se puede trivializar ni manipular ni servir a los fines políticos, económicos o sociales de las élites. Debe incluir necesariamente los puntos de vista y las necesidades reales de las personas afectadas directamente por la violencia.”

Así mismo, hace énfasis en el campo jurídico expuesto por el gobierno en materia de penas para los delitos cometidos por los victimarios, pronunciamiento sobre el cual conservamos el mismo respeto “Quiero clarificar algunos puntos en relación con la dimensión jurídica: en estos términos, el perdón se da cuando hay una acción del Estado que permite disminuir o eliminar la pena que corresponde al delito que cometió una persona. En contextos de violencia política, esta se da cuando se ha negociado o se han desmovilizado los grupos armados. Se tipifica en tres formas: la amnistía, el indulto y la rebaja de penas o las penas alternativas. La primera suprime la investigación y la responsabilidad de los ofensores, implica impunidad absoluta. El segundo permite la investigación, la identificación de los responsables, pero se les “perdona” el cumplimiento de la sanción penal, la impunidad es menor que en la amnistía total; pero su nivel dependerá de la forma como se hace la negociación, de los procesos de verdad, que pueden dar cara a la sociedad y sacar a la luz lo que se ha vivido, de los procesos de reparación y de la participación de las víctimas en el proceso. En el tercer caso, se da la sanción, que puede ser penal o restaurativa, en estos casos puede afirmarse que no hay impunidad, sino procesos de justicia transicional que favorecen la reconciliación, Por lo tanto, el perdón jurídico sin un proceso social que admita niveles de verdad, justicia y reparación puede dificultar el perdón subjetivo y favorecer procesos de venganza”[4].

Exposición de argumentos:

El autor del artículo “Perdón y reconciliación: una perspectiva psicosocial desde la noviolencia”, publicado por la revista latinoamericana Polis, hace un análisis exhaustivo al planteamiento del perdón y la reconciliación dentro del conflicto armado que se vive en Colombia y que se encuentra en la fase previa a la firma del acuerdo de paz[5]; él define que el perdón no puede ser atado como una obligación a la víctima ni se puede imponer a la fuerza, y fundamenta esa posición en tres elementos claves - En primer lugar abstenerse de “invitar” al perdón como solución sociopolítica, como deber, como obligación o como acción “necesaria” para la paz. Porque puede haber paz sin perdón. En segundo lugar, tampoco se puede caer en la actitud inversa: juzgar o no legitimar las experiencias de perdón que emergen de la gente, aun cuando no haya condiciones de justicia, de reparación o de cambio en el sistema que propicia la injusticia. Es decir, es fundamental acoger, respaldar y fortalecer procesos de perdón que surgen por propia iniciativa de la gente; y valorar estas dinámicas, tanto en el plano personal, como colectivo. - Finalmente, el trabajo por la memoria, la dignidad de las víctimas, la búsqueda de justicia social y la lucha por los derechos no va en contravía de las lógicas del perdón. Al contrario, las requiere y se enriquecen.-” 

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