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Politica Criminal En Morelos


Enviado por   •  13 de Febrero de 2015  •  3.526 Palabras (15 Páginas)  •  389 Visitas

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U. C. J.

(UNIVERSIDAD DE CIENCIAS JURIDICAS)

TITULO DE INVESTIGACION

“RETOS A VENCER EN EL SISTEMA JUSTICIA PENAL ADVERSARIAL”

NOMBRE DEL CATEDARTICO: LIC. NORBERTO CALDERON

ALUMNO: LIC. CARLOS DOMINGUEZ PLIEGO

FACULTAD: MAESTRIA EN JUICIOS ORALES

SEMESTRE: PRIMERO

INTRODUCCION PAG. 2, EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ADVERSARIAL PAG. 2 ¿SOLUCION O PROBLEMA? PAG.2, DESAFIOS DEL SISTEMA PENAL DE JUSTICIA PAG. 3, INCONVENIENTES INESPERADOS PAG 4, EL JUICIO ORAL PAG. 6, CONCLUSIONES PAG. 8, BIBLIOGRAFIA PAG. 10

INTRODUCCION

Este pequeña investigación la realizo con la finalidad de poder emprender un diálogo sobre la reforma de la justicia penal de la que Morelos aun siendo uno de los principales estados que mayormente han consolidado este sistema al igual casi que los estado del norte, pero que sin embargo refleja una insatisfacción general con respecto a la falta de eficacia y legalidad demostrada por el sistema para solucionar los conflictos sociales o para generar una sensación de seguridad que permita a las partes alcanzar una estabilidad legal en nuestra sociedad, en base claro a la resolución de problemas jurídicos que hemos vivido a lo largo del tiempo.

EN NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ADVERSARIAL ¿SOLUCION O PROBLEMA?

El sistema ha sido la fuente de inseguridad adicional debido a la existencia de la corrupción y de las violaciones documentadas de derechos humanos por parte de los actores del sistema de administración de justicia ha sido el tope que frena el a la justicia adversarial en su lucha por lograr alcanzar sus verdaderas metas para lo que fue implementado, no solo en la agilización de los procesos mismos si no también la reducción del índice delincuencial, y la despresurización de la carga de trabajo en que se sumergían las diversas mesa de trámite y las procuradurías de justicia.

No obstante, ha habido esfuerzos desde que la reforma penal entro en vigor en diversos estados de la república incluyendo el nuestro (MORELOS), por otra parte las instituciones de administración de justicia y de la comunidad legal intentan enfrentar estas deficiencias y tratar de ser más efectivos en el combate a la impunidad, así como más sensibles a las necesidades públicas. El debate sobre la reforma legal, no obstante, carece de información efectiva, confiable sobre la incidencia, la naturaleza de la actividad delincuencial y sobre la manera en que el sistema de administración de justicia está haciendo frente al desafío. Forzándonos esto mismo a preguntarnos

¿EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ADVERSARIAL, DE VERDAD SE CONVERTIRÁ EN UN SISTEMA EFICIENTE EN LA IMPARTICIÓN DE LA LEY EN NUESTRO PAÍS?

La imagen pública del funcionamiento del sistema de administración de justicia está distorsionada y esto es gracias a la relación deficiente con las víctimas, los testigos y los acusados, así como por el nivel de la delincuencia en su conjunto, tomando en cuenta el gran número de delitos que ni siquiera son denunciados a las autoridades. Permitiendo de esa manera que diversos que a falta de esa organización gran número de personas logren evadir la acción de la justicia, aprovechando las diversidad de lagunas jurídicas que este sistema presenta y la falta conocimiento a trasfondo de este sistema ya sea muchas veces por parte de los fiscales o bien de igual manera de los defensores de oficio u abogados particulares. Ahora, si bien es cierto la corrupción puede ser significativa para percibir el poco futuro que le aguarda a dicho sistema, la falta de respuesta, el diseño poco transparente del sistema, y el desconocimiento de su correcta aplicación también alimentan la percepción acerca de la ineficiencia y la ilegitimidad del sistema. Debido a estas circunstancias lo que se ha provocado es que exista un indicador alto que refleje la falta de confianza de la población en el sistema de administración de justicia. Nuestro modelo de justicia penal es insuficiente para dar respuesta eficaz a la demanda de seguridad y justicia por parte de la sociedad. Las instituciones encargadas de la seguridad y la justicia en nuestro país sufren obsolescencia, frente a una criminalidad mejor organizada, con recursos y que aprovecha los vacíos legales para delinquir. El sistema de enjuiciamiento penal no respeta los derechos de quienes intervienen en el proceso penal, por el simple y sencillo hecho que esto sería equivalente a una carga laboral mayor las autoridades al hacerles del conocimiento a las partes de de dichos derechos y por ello verse forzada la autoridad a hacerlos valer.

(PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA)

DESAFIOS DEL SISTEMA PENAL DE JUSTICIA

Los desafíos del sistema penal mexicano son tanto de carácter peculiar (es un sistema injusto) como diversas (es muy ineficiente y se registra una impunidad alarmante). En lo peculiar, el sistema penal viola Derechos Humanos; y el proceso penal es muy inequitativo, pues da muchas ventajas a quien acusa, el ministerio público, ya que sus actuaciones, realizadas en la penumbra de los separos y frecuentemente sin que las personas investigadas tengan la asesoría de un abogado, tienen enorme peso legal durante el proceso.

En lo general es un sistema muy ineficaz, que no da atención adecuada a las denuncias que recibe.

Según el IFAI:

“La probabilidad en México de que una persona cometa un delito y sea puesta a disposición de un juez es de 2%; las agencias del ministerio público y los juzgados están colapsados ante enormes cargas de trabajo que se acumulan por tener que procesarse conforme a procedimientos ambiguos. Y por si fuera poco en México dedicamos entre el 70% y 80% a investigar, procesar y encarcelar a los autores de delitos menores, mientras el crimen organizado goza de completa salud.”

Las iniciativas de reforma que se plantean en México buscan en un principio hacer frente a estos dos desafíos: en lo cualitativo se propone un sistema garantice, privilegie, avale los derechos de todos los actores del proceso penal; así como diseña un proceso adversarial, acusatorio en el que exista equidad entre las partes de la misma parte exista transparencia en el proceso.

Particularmente se propone despresurizar los tribunales, las prisiones desarrollando sanciones alternativas a la prisión y mecanismos de justicia alternativa, acuerdos de reparación del daño y otras salidas alternativas en caso de delitos menores o no violentos. En nuestro estado (MORELOS), lo que más ha llamado la atención de estas iniciativas es que entre estas medidas, se incluye la propuesta de restaurar la oralidad en el proceso penal, marginada en la práctica por un sistema escrito en el que la averiguación previa como comúnmente era llamada se ve sustituida por el debate entre las partes. Por ello, se refiere a la reforma por uno de sus elementos:

“LOS JUICIOS ORALES”.

(JUSTIFICACION)

INCONVENIENTES INESPERADOS

Sin embargo, en México las autoridades locales han mostrado mayor interés por los mecanismos de descongestión, como una forma de quitarse trabajo de encima; en vez de poner mayor enfoque a los cambios generales del sistema, por ello son cuestionados o postergados, en lugar de llevar a cabo su funcionamiento de una manera concreta, es decir propiamente para lo que fue diseñado. Aceptar estas reformas parciales implica el riesgo de hacer más eficiente un sistema penal injusto.

Algunas autoridades y críticos de la reforma advierten a la sociedad sobre la impunidad que sobrevendría con una justicia planteada en términos de una supuesta mayor equidad. Indican que muchos casos, actualmente sustentados en confesiones obtenidas en los separos de la policía investigadora (gracias a sistemas interrogativos poco ortodoxos por parte de la policía investigadora), serían desechados si se retira la validez a dichas confesiones hechas sin la presencia del juez. Efectivamente, un sistema equitativo, transparente, justo y que demanda profesionalismo tanto de quien investiga los delitos, como de quien lleva una acusación a tribunales y quien lleva una defensa por su puesto.

En síntesis los inconvenientes son:

• A nivel económico.- El costo es tan alto que nuestro sistema de justicia es un freno definitivo al desempeño económico del País: es importante valorar objetivamente el costo de cambiar contra el costo que ya absorbemos con el sistema vigente.

• Las diversas ineficiencias institucionales, organizacionales y de incentivos negativos hacen al sistema judicial mexicano totalmente obsoleto e insuficiente.

• El sistema de justicia penal mexicano no es transparente ni equitativo: los jueces emiten sus sentencias sólo de acuerdo a los elementos que reciben del Ministerio Público, sin presencia del inculpado.

• La política criminal vigente esté provocando que aumente considerablemente la población penitenciaria por el abuso de la prisión preventiva.

• La justicia mexicana está orientada a castigar a la mala, a abusar constantemente: tenemos un modelo procesal diseñado para violar los derechos humanos y estas violaciones se vuelven más ineludibles en la medida en que somos más pobres.

El Sistema de Justicia Penal, el cual se encuentra integrado por los subsistemas de Seguridad Pública, Procuración, Impartición de Justicia y Ejecución de sanciones, presenta una deficiencia importante la cual es que no existe coordinación entre éstos, es decir, no hay interrelación o comunicación entre los objetivos y fines que cada uno persigue, por lo que estos mismos suponen no necesitar el uno del otro para su correcto funcionamiento manejándose como un sistema autónomo, lo cual da a demostrar que nuestro sistema de justicia penal ya no responde ni en calidad ni en cantidad a la demanda que se genera por una criminalidad que cada día parece más desbordada.

El sistema de justicia penal en México, se encuentra en una grave crisis, debido a la obsolescencia de las instituciones que lo conforman. Nuestro sistema de justicia penal y las instituciones que lo integran no han podido estar a la altura del reto que les han planteado tanto la delincuencia común como la organizada.

DESARROLLO

EL JUICIO ORAL

Ahora bien el juicio oral, el cual es parte del nuevo sistema penal adversarial es un nuevo proceso penal que transparenta y acerca la justicia a la sociedad. Poniendo en evidencia el trabajo de jueces, ministerios públicos, policía investigadora, peritos y defensores, transparentando de una mejor manera la expedición de justicia en México, logrando así poner en evidencia la eficacia de nuestras autoridades en base a los mecanismos impartidores de justicia.

En la audiencia, se celebra en forma pública, abierta, siempre en presencia de los Jueces que conforman el Tribunal, donde la defensa y el ministerio público presentarán sus testimonios, argumentos para defender su postura del caso; las pruebas tendrán que ser presentadas en ese momento, por lo que la policía que haya investigado científicamente el caso y los peritos que hayan colaborado, deberán acudir a la audiencia para presentar sus resultados, los cuales serán de gran importancia para la decisión que tome el tribunal, ya que no se basará solamente en las declaraciones de los inculpados.

Una vez que se haya terminado de presentar las pruebas, el tribunal tiene un máximo de 24 horas para declarar al acusado culpable o inocente y en su caso se dictará sentencia, permitiendo así una disminución importantísima respecto a la duración de los procesos jurídico- pénales que en algún momento dado su durabilidad era muy extensa y agotante para ambas partes que participaban en él. Este proceso permite que la sociedad conozca el curso del proceso, ya que al ser las audiencias abiertas al público, podrán escuchar argumentos, testimonios, ver las pruebas recabadas, por lo que tendrán la certeza de que la persona declarada culpable o inocente, realmente lo es. La oralidad en los juicios da transparencia a los procesos, permite que se logre una igualdad además de un equilibrio entre las partes involucradas para que la justicia penal se humanice, otorgándole a la víctima un trato más digno, logrando el respeto de los derechos humanos del acusado.

¿ESTE SISTEMA FORTALECE LA SITUACIÓN DEL INCULPADO O DE LA DE LA VÍCTIMA?

A pesar de la controvertida pregunta que se hace al principio de este subtema este sistema a pesar de todo guarda situaciones igualitarias para ambas partes, no reservando derechos mayores para ninguna de las dos partes, sino manteniéndolos en una situación de igualdad.

Una de las ideas mas innovadoras que este sistema plantea sin duda es el referente a que se concede igualdad procesal tanto a la víctima como al imputado, lo que permite cumplir con las responsabilidades internacionales derivadas de la firma de los principales tratados internacionales de derechos humanos que en el pasado México ha sido participe.

Es cierto que el nuevo sistema que se plantea implementar prevé diversos derechos a favor del imputado, todos ellos dirigidos a dar adecuada satisfacción a la garantía de un proceso justo. Ello se traduce en un beneficio para todos los gobernados, tanto los que son imputados como los que no lo son, en la medida en que amplía la presunción general de libertad que obra a favor de todos y amplía las dimensiones del régimen democrático.

Pero además de tales derechos, el modelo procesal en discusión, también confiere amplios poderes a la víctima para que ésta pueda defender sus intereses, entre ellos, la posibilidad de ejercer una profunda investigación sobre el modo en que las autoridades de procuración de justicia ejercen sus funciones; la posibilidad de litigar directamente ante los tribunales, concretando el derecho de acceso a la justicia previsto en el artículo 17 constitucional, y, finalmente, la ampliación de los intereses que pueden ser defendidos por la vía del sistema de justicia penal.

Ahora bien una de las incertidumbres que mas se presenta en este nuevo sistema es la reforma en que se pretende transformar el régimen de la prisión preventiva misma que se considera se traducirá en mayor impunidad y desamparo para las víctimas, sin embargo esto pudiere no ser tan cierto. Como hemos de observar y contrastarlo con lo dicho anteriormente respecto a que los derechos del imputado y de la víctima no se contraponen ya que es posible salvaguardar unos y otros sin que ello implique contradicciones. Esto a razón de lo siguiente:

“De acuerdo con la normativa internacional en materia de derechos humanos, en específico lo preceptuado por el artículos 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como por el 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el principio de presunción de inocencia es una de las principales directivas que disciplinan el diseño del proceso penal.”

Es por todos conocido que la prisión preventiva es una práctica que inevitablemente afecta dicho principio, por lo cual, los supuestos de su procedencia deben estar lo suficientemente justificados para que la medida pueda ser considerada legítima, de hecho, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha formulado el criterio de que si un sistema procesal establece una serie de delitos por los que no se puede procesar a una persona en libertad, ello implica una violación al principio de presunción de inocencia. Ello en razón de que los jueces tienden imponer sentencias condenatorias cuando el imputado ya ha estado preso en prisión preventiva por largos períodos de tiempo, y ello con el objeto de legitimarla.

CONCLUCION

En el desarrollo del presente trabajo nos percatamos que desafortunadamente han sido diversas las ineficiencias institucionales, organizacionales y de incentivos negativos hacen al sistema judicial mexicano anterior totalmente obsoleto y al nuevo totalmente insuficiente. En consecuencia la política criminal vigente esté provocando que aumente considerablemente la población penitenciaria por el abuso de la prisión preventiva. Así miso se debe reconocer que nuestro sistema de justicia penal mexicano no es transparente ni equitativo los jueces emiten sus sentencias sólo de acuerdo a los elementos que reciben del Ministerio Público, sin presencia del inculpado, violentando de manera grave los derechos del mismo y los principios mismos del derecho.

Nuestro sistema de justicia está orientado a castigar a la mala, a abusar constantemente con un modelo procesal diseñado para violar los derechos humanos y estas violaciones se vuelven más inevitables en la medida en que somos más pobres y desconocemos mas nuestros propios derechos.

Implementar el sistema de juicios orales, protege mejor los derechos del imputado y eleva la calidad de la información sobre la cual los jueces deciden; obliga a la rapidez en la resolución de los casos, en beneficio de las partes; ofrece mayor calidad de pruebas; garantiza la presunción de inocencia. En contraste con el sistema escrito que genera desconfianza entre ciudadanos y autoridades porque es totalmente alterable o por qué no comprado.

Cualquier reforma penal integral con vías de implementar un sistema acusatorio eficiente requiere del consenso y el acuerdo político entre los tres poderes de los Estados, así como, un plan estratégico en el ámbito legislativo, administrativo y financiero que permita su propia sustentabilidad.

Situación que en nuestro País lamentablemente es imposible ya que nuestros gobernantes carecen de preparación y sobe todo criterio para defender a la sociedad que los han elegido anteponiendo sus intereses, mismos que son los que se oponen o retrasan la propuesta de “juicios Orales”

La implementación de los juicios orales requiere de una reestructuración del Poder Judicial donde el juez debe adoptar un nuevo papel como “facilitador” que procure la comunicación de y entre las partes para la solución de conflictos y deben prevalecer los principios de libertad probatoria y libre valoración de pruebas. Para el funcionamiento del sistema de juicios orales se requieren nuevas estructuras para el Ministerio Público, así como para las defensorías de oficio y mejorar la calidad y funciones policíacas sobre todo que son las encargadas de aportar los elementos clave en la búsqueda de la verdad histórica de los hechos que se presentaren investigar.

La reforma constitucional para incluir el principio de presunción de inocencia en la búsqueda del respeto de las garantías individuales dado que se manifestó que la principal problemática en el proceso legislativo es generada por el desconocimiento del tema y la idiosincrasias de que “ERES CULPABLE HASTA QUE DEMUSTRES LOS CONTRARIO”. Si bien la justicia oral es sólo uno de los elementos que se requieren para una reforma profunda del sistema judicial, la oralidad en los juicios fortalece la transparencia en los procesos debido a la publicidad de las audiencias, y al acercamiento mismo de la sociedad para la demostración a esta de que nada se esconde.

Cubrir la gran necesidad de que la justicia penal se humanice y logre la equidad y el equilibrio entre las partes. Una valoración general del funcionamiento del sistema de justicia penal nos indica que existen importantes problemas en prácticamente todas sus etapas. De esta manera, encontramos que existen carencias en la protección ofrecida por el sistema tanto para víctimas como para los indiciados. De igual manera, el sistema funciona con débil y con lentitud. Los funcionarios responsables de su operación parecen tener una preparación limitada y no se muestran especialmente dispuestos a proporcionar un servicio de calidad. Las dinámicas internas del sistema parecen generar incentivos que tienden a fomentar los vicios existentes. La legitimidad de los órganos encargados de operar el sistema cada día se ve más desgastada.

Todo parece indicar que la justicia penal se encuentra en una profunda crisis. Sin embargo, el primer paso para salir de la misma es el reconocimiento de su existencia. Todavía hay muchos funcionarios del sistema de justicia que no reconocen la presencia de problemas en la procuración y administración de justicia penal. Una vez establecido un consenso sobre los problemas existentes es fundamental explorar las alternativas que existen para su solución.

En ese sentido, me parece que el fortalecimiento de la publicidad de los procesos, la presencia de los jueces en las audiencias y, en general, la introducción de principios que permitan garantizar efectivamente el debido proceso, puede significar importantes avances para el mejoramiento de la justicia penal. El diseño e implementación de un verdadero procedimiento acusatorio puede traer consigo muchos beneficios. Sin embargo, la construcción de un proceso que proporcione más garantías a los ciudadanos-indiciados y víctimas por igual no parece suficiente. También se estima necesario rediseñar los procedimientos existentes, des formalizar muchos trámites y diligencias, así como sensibilizar a los funcionarios que laboran en las instituciones que procuran y administran justicia.

BIBLIOGRAFIA

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