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RESUMEN MANUAL


Enviado por   •  25 de Abril de 2013  •  4.148 Palabras (17 Páginas)  •  512 Visitas

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RESUMEN

En el presente Manual se detallan los procedimientos que se aplicaran en el Comité de Cultura del Consejo Comunal Por Estas Calles. Este Manual apunta en primer término a ser una herramienta de ayuda y guía, la cual permita a los integrantes del comité a realizar un correcto procedimiento en las distintas actividades.

Todo trabajo debe ser divulgado para conocimiento y utilización del grupo respectivo de la organización. Para alcanzar este objetivo. Es preciso consolidarlo y presentarlo adecuadamente, bajo un documento conocido como manual, que debe ser aprobado por la autoridad estatutaria, para que adquiera la fuerza necesaria y se aplique como corresponda, ya que existe la tendencia a resistir cualquier norma reguladora que limite la libertad de improvisar y de hacer lo que mas le convenga a cada uno.

Por manual debemos entender la colección sistemática de los procesos que indique al personal de la empresa las actividades a ser cumplidas y la forma como deben ser realizadas.

INTRODUCCIÓN

Es impresionante observar que, en las organizaciones de hoy, se hace Indiscutible y necesario diseñar e implementar Programas de Revisión Constantes sobre los sistemas, métodos y procedimientos en la ejecución operativa. El desarrollo empresarial depende, en gran medida, de las estrategias que se tengan para implementar dichos programas de revisión. Los Programas de Revisión Constantes, sólo se pueden llevar a cabo con la creación de guías, que orienten el curso de acción dentro de las empresas.

La necesidad de elaborar guías, o también llamadas “Manuales”, sobre la actuación individual o por funciones dentro de las empresas, se hace cada día más notoria; ya que es la única forma de establecer parámetros de acción operativa de los empleados, y por ende, agilizar la puesta en marcha de los objetivos que se quieran lograr. Cada empresa está encaminada a la consecución de unas metas en específico, por lo que es importante el empleo de los manuales como auxiliadores para obtener el control deseado del personal que labora en las organizaciones, y que las actividades se cumplan de acuerdo a lineamientos, sin perder la sintonía o concordancia con las demás funciones dentro de la entidad.

Estos Manuales deben estar diseñados para campos operativos en específico. En las organizaciones de hoy, y de acuerdo a su naturaleza, tamaño y otros factores, podemos observar que estos manuales deben estar adaptados a cada una de las funciones que realizan las entidades. Dentro de ellos podemos encontrar: Los Manuales de Organización, de Producción, de Comercialización, de Procedimientos (en funciones específicas), de Políticas y de Contenido múltiple. Cada uno de ellos goza de importancia dentro de las organizaciones, por su vasta utilidad en el desenvolvimiento de las funciones y como medio para lograr el cumplimiento de los objetivos fijados.

SUSTENTO LEGAL QUE RIGEN EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO PARA LA REALIZACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTA:

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Artículo 7: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta constitución”.

Ley Orgánica de los Consejos Comunales:

Artículo 3: La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de genero, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.

Artículo 30: La unidad administrativa financiera comunitaria es la instancia del consejo comunal que funciona como u ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Esta integrada por cinco habitantes de la comunidad, electas o electos a través de un proceso de elección popular.

Artículo 31. Son funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria:

1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el área de su competencia.

2. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados.

3. Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de cuenta pública cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinación comunitaria o por cualquier otro órgano o ente del Poder Público que le haya otorgado recursos.

4. Prestar servicios financieros y no financieros en el área de su competencia.

5. Realizar la intermediación financiera comunitaria, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital.

6. Apoyar las políticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economía social, popular y alternativa.

7. Proponer formas alternativas de intercambio de bienes y servicios para lograr la satisfacción de las necesidades y fortalecimiento de la economía local.

8. Promover el ahorro familiar.

9. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evaluación y análisis de los créditos de las organizaciones socio productivas previstas en el Decreto Nº 6.129 con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular.

10. Consignar ante la Unidad Contraloría Social del consejo comunal, el comprobante de la declaración jurada de patrimonio de los voceros y voceras de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria al inicio y cese de sus funciones.

11. Administrar los fondos del consejo comunal

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