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Reporte Critico


Enviado por   •  2 de Julio de 2013  •  1.322 Palabras (6 Páginas)  •  423 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública

Especialización: “Control de la Gestión Publica”

Cátedra: gestión pública Venezolana

REPORTE CRITICO

RELACION JURIDICA – ADMINISTRATIVAS / CONTROL Y LA FUNCION PUBLICA.

Prof. Autor:

Aurora Angarita Lcda. Mary Cruz Solano C.I. 18.667.103

Ciudad Guayana, Abril 2013.

RELACION JURIDICA – ADMINISTRATIVAS / CONTROL Y LA FUNCION PUBLICA.

Resumen.

La leyes Venezolanas a través de los últimos 14 años a evolucionado para la mejor distribución de responsabilidades y el resguardo del patrimonio publico, así como de las sanciones al realizar actos de corrupción, tomando en cuenta los principios Constitucionales emanado en el articulo 141 CRBV que menciona lo siguiente: “la Administración Pública se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho”, la cual los mismos principios son mencionados en la ley orgánica de administración publica en los artículos 12,13,19 y 20, etc. Con la promulgación de la constitución de 1999 se abre espacio a los ciudadanos y ciudadanas para intervenir de manera activa en el desarrollo y vigilancia de la administración publica, de allí nace la contraloría social que no es más que un conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan las personas, ya sea de manera organizada o independiente, basado en los principios de autonomía, transparencia, legalidad, Corresponsabilidad y rendición de cuenta; a raíz de la responsabilidad que se les otorga a los ciudadanos entra en vigencia la ley contra la corrupción, que es el mecanismo que se utiliza para salvaguardar el buen uso y garantizar el manejo adecuado y transparente del patrimonio publico y que se sustenta por los mismo principios constitucionales antes mencionados.

Tomando en cuenta que la ley contra la corrupción no solo fue creada para un solo sector de la sociedad si no para el conjunto de personas que hacen vida en la actividades públicas, y son resguardadas por la ley orgánica del poder ciudadano en el articulo 6 establece “es el sometimiento de la actividad que desarrollan los servidores públicos, a los principios de honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio,disciplina,eficacia,responsabilidad,transparencia y pulcritud”, La responsabilidad administrativa es propia de quienes ejercen cargos directivos, de quienes tomas las decisiones que luego causan los perjuicios, y son las consecuencias jurídicas de sus actos las que configuran la responsabilidad administrativa la que bien puede tener implicaciones penales o civiles.

La Procuraduría General de la República es la que se encarga de asesorar, defiende y representa judicial y extrajudicialmente los intereses patrimoniales de la República y será consultada para la aprobación de los contratos de interés público nacional según articulo 247 de la CRBV, por su parte la Contraloría General de la República se creo en el año 1938 por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional, con la reforma constitucional de 1947 adquirió rango constitucional, en la Constitución de 1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República, ellos se encarga del control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales

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