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Restitución De Menores


Enviado por   •  10 de Julio de 2015  •  3.794 Palabras (16 Páginas)  •  296 Visitas

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CONVENCIÓN DE LA HAYA SOBRE ASPECTOS CIVILESSUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES

TSDJBC 7/5/2009.

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EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO,

o tiene por objeto el estudio de los diversos métodos que se emplean para la resolución de problemas derivados del tráfico jurídico internacional, siempre que ese tráfico se refiera a las relaciones de carácter privado.

o FAMILIAR Y COMERCIAL.

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DERECHO UNIFORME

o El método que sigue la convención materia de esta platica, se encuadra dentro del conocido como DERECHO UNIFORME.

o Consiste en crear normas sustantivas que deben de ser consultadas y aplicadas directamente por los jueces nacionales en forma directa para encontrar en ellas la respuesta, y al aplicarlas dirimir la controversia.

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EL DERECHO DE FAMILIA

EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

o Se ha enfocado principalmente a tres problemas de la época:

o COMBATIR EL TRÁFICO DE MENORES.

o PENSIONES ALIMENTARIAS y

o LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL.

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COMBATE VS EL TRÁFICO DE MENORES

Por parte de sus familiares u otros

Mediante normas derivadas de tratados internacionales queaportan soluciones satisfactorias para los países miembros del tratado y que PERMITEN COMO REGLA

LA DEVOLUCIÓN DE INMEDIATA DE LOS NIÑOS A SUS HOGARES.

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DATOS

o Depositario: Países Bajos.

o Lugar de adopción: La Haya, Países Bajos.

o Fecha de adopción: 25 de octubre de 1980.

o Vinculación de México: 20 de junio de 1991. Adhesión.

o Aprobación del Senado: 13 de diciembre de 1990, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1991.

o Entrada en vigor: 1 de diciembre de 1983- General.

o Entrada en vigor en México. 1 de septiembre de 1991- México.

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DATOS

o Vinculación de los Estados Unidos. Los Estados Unidos de América fue firmante de la convención.

o En 30 de octubre de 1985 el Presidente Regan envió la convención al Senado, quien la ratificó por unanimidad, con 98 votos a favor, el 9 de octubre de 1986.

o En 29 de abril de 1988 se publicó la International Child Abduction Remedies Act, 42 U.S.C. 11601. La convención entró en vigor el primero de julio de 1988. 53 Fed. Reg. 23608-10.

o Estados Parte: Alemania; Argentina; Australia; Austria; Bahamas; Belice; Bélgica; Bielorusia; Bosnia y Herzegovina; Burkina Faso; Brasil; Canadá; Chile; China; Chipre; Croacia; Colombia; Costa Rica; Dinamarca; Ecuador; Eslovaquia; Eslovenia; España; Estados Unidos; Fidji; Finlandia; Francia; Georgia; Grecia; Honduras; Hong Kong; Hungría; Irlanda; Islandia; Israel; Italia; Luxemburgo; Macao; Macedonia; Malta; Mauricio; México; Moldova; Mónaco; Noruega; Nueva Zelandia; Países Bajos; Panamá; Paraguay; Polonia; Portugal; Reino Unido; República Checa; Rumania; San Cristóbal y Nieves; Sudáfrica; Suecia; Suiza; Trinidad y Tobago; Turkmenistán; Turquía; Uruguay; Uzbekistán; Venezuela; Zimbabwe

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HISTORIA

o El Decimocuarto período de sesiones de la Conferencia, que se desarrolló del 6 al 25 de octubre de 1980, confió la elabora ción del Convenio a su Primera Comisión que tuvo como Presidente al profesor A. E. Anton (Reino Unido) y como Vicepresidente al decano Leal (Canadá); uno y otro ya habían sido respectivamente Presiden te y Vicepresidente de la Comisión especial. Por otra parte, la profesora Elisa Pérez-Vera fue ratificada en su cargo de Ponente. D. Adair Dyer, Primer secretario de la Oficina Permanen te, que había redactado importantes documentos previos con vistas a los trabajos de la Conferencia, se encargó de la dirección científica de la secretaría.

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CONVENCIÓN

o LA CONVENCIÓN DE LA HAYA SOBRE ASPECTOS CIVILES DE SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES, la cual se ocupa de las relaciones de las personas y de las relaciones familiares de éstas, por lo cual automáticamente queda excluido el otro ámbito del derecho internacional privado, esto es, el de las relaciones vinculadas al comercio internacional.A

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ÁMBITO ESPACIAL

o LAS NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, TIENEN, EN PRINCIPIO, COMO ÁMBITO DE APLICACIÓN,

o los territorios de aquellos Estados que las acepten.

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ÁMBITO PERSONAL DE LA CONVENCIÓN DE SUSTRACCIÓNINTERNACIONAL DE MENORES.

o Artículo 4

o La Convención SE APLICARÁ A TODO MENOR que tuviera su residencia habitual en un Estado contratante inmediatamente antes de la infracción de los derechos de custodia o de visita. La Convención dejará de aplicarse cuando el menor alcance la edad de 16 años.

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o El problema y el objetivo primario al que se enfrenta y pretende combatir el Convenio, es:

o la lucha contra las sustracciones internacionales de menores.

OBJETIVO DEL CONVENIO

o También resalta la importancia dada en el DETERMINAR LO QUE SIGNIFICA el principio general conocido,

o como

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