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Resumen Unidad 1 A 4 Curso De Derecho Constitucional


Enviado por   •  11 de Abril de 2013  •  1.415 Palabras (6 Páginas)  •  770 Visitas

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UNIDAD 1: LA CIENCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

Derecho constitucional: es la rama que se ocupa de la inserción de la persona en el estado, la distribución de las magistraturas dentro del gobierno y de las competencias de cada órgano. Lo que proporciona el encuentre jurídico al fenómeno político.

Objeto: el estudio de las instituciones políticas.

Dentro del derecho constitucional de diferencian:

1. Estructuras constitucionales: dentro de ellas se encuentran la presidencia, el gabinete, el congreso, la corte suprema, el consejo de la magistratura, el ministerio público, la defensoría del pueblo, las universidades nacionales y las provincias.

2. Proceso constitucional: se refiere a la dinámica del poder político como por ejemplo las transiciones, la democratización, la participación, la comunicación.

También dentro del hay dos porciones:

1. Parte dogmática de la constitución: (derecho constitucional de la libertad) que comprende los derechos subjetivos.

2. Parte orgánica de la constitución: (derecho constitucional del poder) que comprende los órganos ejecutivo, legislativo y judicial.

Relaciones con otras disciplinas:

1. Ciencia política: Durante el siglo XX se fusiono con el Derecho Constitucional y surgió la “CIENCIA POLITICA-CONSTITUCIONAL”, Bidart Campos concluyo en que ambas comparten el mismo objeto material (el Estado) y diferente objeto formal ya que el Derecho Constitucional brinda el encuadre jurídico al fenómeno político.

2. Ciencias de la conducta: (sociología, psicología social y antropología), la Constitución es una obra cultural ya que detrás de las Constituciones documentales hay una red de ideas, creencias, principios y valores que las articulan, sustentan y le otorgan sentido.

3. Ciencias económicas: varios procesos constitucionales se explican a partir del dato económico.

Métodos constitucionales:

1. Deductivo: utilizado por las ciencias formales como la matemática y la lógica, parte de premisas generales para arribar a conclusiones individuales.

2. Inductivo: utilizado por las ciencias fácticas como la biología o la medicina, parte de un dato individual y concreto para arribar a conclusiones generales.

Técnicas constitucionales: son mecanismos de recolección de información.

1. Técnicas cuantitativas: tienen que ver con el uso de modelos matemáticos o numéricos, estadísticas, encuestas de opinión, gráficos y cuadros comparativos, esto, acerco a los que buscaban integrar el derecho constitucional y la ciencia política.

2. Técnicas cualitativas: técnicas por excelencia dentro del derecho constitucional, se orientan a hacia el contenido de los datos.

3. Técnicas de elaboración: tienen que ver con el proceso previo a la elaboración de una constitución.

4. Técnicas de interpretación: son las estrategias que despliega el intérprete para determinar el sentido y el significado de una norma constitucional.

Enfoque: es el punto de vista, Angulo o perspectiva con el que el constitucionalista aborda o se aproxima a tal o cual temática.

UNIDAD 2: FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

La constitución y su fuerza normativa: la constitución es fuente de valides de todas las normas positivas. Es norma de normas y ley de leyes.

Concepto político: el concepto de constitución ha sido funcional a una determinada realidad histórica es decir, es producto de un momento dado, época del constitucionalismo.

La finalidad del constitucionalismo no era introducir una norma denominada constitución si no asegurar la garantía de la libertad frente al poder público.

Concepto jurídico: evoca la calidad de normas fundamentales de la organización del estado o régimen político.

La constitución se autoproclama suprema y se define como en mayor rango en relación con la legislación ordinaria.

Validez: una norma será valida cuando ha sido creada de acuerdo con el procedimiento fijado por una norma anterior, la norma fundamental es la constitución de la que derivan las demás normas.

Vigencia: la norma deja de tener vigencia y eficiencia cuando cesa su aplicación por el poder encargado de sancionar su inobservancia. La norma jurídica tiene vigencia cuando la realidad determina que debe ser y es aplicada por aquellos a quienes compete que así sea.

Fuentes formales y fuentes materiales:

Las fuentes del derecho constitucional son las formas o modos de manifestación de las normas jurídico-constitucionales y comprende:

Fuentes formales: procedimientos de manifestación.

• Directas o inmediatas: constitución y costumbres.

• Indirectas o mediatas: jurisprudencia, doctrinas.

Fuentes materiales: los factores que determinan su contenido.

El derecho judicial o jurisprudencia: Los jueces interpretan las reglas generales y abstractas introduciendo pautas y criterios de valoración necesarios. La jurisprudencia es dinámica y permite la adaptación de textos antiguos a la realidad actual.

Costumbre o derecho espontaneo: el derecho consuetudinario es una fuente del derecho constitucional (directa y no escrita). La costumbre, para originar derecho, requiere dos elementos: uno de índole objetivo (la repetición de actos concordantes en el tiempo) y uno de índole subjetivo (la convicción de la obligatoriedad jurídica de esas conductas).

Derecho comparado: permite plantearse problemas comunes y evaluar cursos alternativos de acción frente a determinadas encrucijadas.

UNIDAD

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