Rol Del Kinesiologo
rociorue27 de Abril de 2014
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Rol del kinesiólogo
El kinesiólogo es un profesional del área de la salud capacitado para prevenir, evaluar, diagnosticar, tratar cualquier tipo de lesión debido a su formación académica basada en la anatomía, fisiología, biomecánica, semiología corporal con el objetivo de mejorar optimizar y recuperar la función y/o capacidad perdida o disminuida
Concepto de Salud Pública
Es la actividad encaminada a mejorar la salud de la población. Ahora bien, para entender mejor esta definición tenemos que desglosar los términos utilizados en ella, a saber, "salud" y "población". Es la disciplina dedicada al estudio de la salud y la enfermedad en las poblaciones. La meta es proteger la salud de la población, promover estilos de vida saludables y mejorar el estado de salud y bienestar de la población a través de programas de promoción y protección de la salud y prevención de enfermedades.
Además, se provee información, adiestramiento y las destrezas necesarias para mejorar la efectividad y la prestación de servicios médicos. La salud pública contribuye al conocimiento a través de la investigación y la aplicación de las ciencias poblacionales y sociales a los problemas de salud de individuos y poblaciones.
Salud pública es la respuesta organizada de una sociedad dirigida a promover, mantener y proteger la salud de la comunidad, y prevenir enfermedades, lesiones e incapacidad. El propósito fundamental es alcanzar los más altos niveles de bienestar físico, mental y social, de acuerdo a los conocimientos y recursos existentes.
Evolución histórica de la salud pública
Civilizaciones Antiguas: la primera referencia de salud pública escrita data del año 1500 a.C., incorporada por los hebreos. Código de Higiene. Son los primeros que tienen un interés por la mejora en la salud pública.
Cristianismo: la belleza corporal queda en un segundo plano. Aumenta la importancia de la belleza del alma. Hay un gran retroceso de los avances conseguidos en las civilizaciones antiguas. Aparecen las diaconisas.
Período científico: descubrimiento de la vacuna contra la rubéola por E. Jenner (1798). Chadwick (1837-1842) hace un estudio y lo presenta a las autoridades sanitarias sobre cuáles eran las situaciones laborales relacionando la contaminación con los problemas de salud. Pasteur (1873) virus rabia. R. Dock (1882) bacilo de la tuberculosis.
Período actual: Primera conferencia: Atención Primaria (1978 Alma-Ata). Declara que debe haber más recursos sanitarios para la atención primaria que para la atención especializada.
Desde 1984 hasta 2002: 38 objetivos Europa/Ottawa (86) Adelaida (88)/ Sundswall (91)/Lubjana, Yacarda.
Las características sanitarias difieren según su localización. La oficina regional de Europa enuncia 38 objetivos que recogen todas las propuestas declaradas en la conferencia de atención primaria. Cada país puede establecer su objetivo para su sistema sanitario.
- 55ª Asamblea OMS (2002): evidenciar desigualdades en salud. Dedicar recursos para mejorar el sistema de salud e igualdad.
Estos objetivos se van desglosando en función de las necesidades.
- Ottawa (86): primera Conferencia Promoción de la Salud.
- Sundswall (91): Primera Conferencia en donde se pedía la acción para mejorar el medio ambiente.
Desde 2003 hasta 2006:
- 56ª Ass. OMS (2003): programas Sida, SARS, tabaco. Potenciar información Atención Primaria.
- 58ª Ass. OMS (2005): aprobada Reglamento Sanitario Internacional en emergencias, malaria, gripe, discapacidades, cáncer, alcohol.
- 59ª Ass OMS (2006): dotación recursos humanos.
El sistema sanitario hace estrategias para detectar una enfermedad en niveles latentes.
El sistema nacional de salud
LEY Nº 1032
El congreso de la nación paraguaya sanciona con fuerza de ley
CAPITULO I
DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Artículo 1o.- Créase el Sistema Nacional de Salud, en adelante "el Sistema", en cumplimiento de una política nacional que posibilite la plena vigencia del derecho a la salud de toda la población.
Artículo 2o.- El Sistema tiene el objetivo de distribuir de manera equitativa y justa los recursos nacionales en el Sector Salud, y a través del mismo se establecen conexiones intersectoriales e intra sectoriales concertadas e incorpora a todas las instituciones que fueron creadas con la finalidad especifica de participar en las actividades de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud y prevención de la enfermedad de individuos y comunidades, dentro del territorio de la República.
Artículo 3o.- El Sistema tiene como finalidad primordial prestar servicios a todas las personas de manera equitativa, oportuna y eficiente, sin discriminación de ninguna clase, mediante acciones de promoción, recuperación y rehabilitación integral del enfermo.
Artículo 4o.- El Sistema operará mediante la oferta de servicios de salud de los subsectores públicos, privados o mixtos, de seguros de salud y de las universidades, coordinados por el mismo, de acuerdo con las normas de derecho público y privado vigentes.
Artículo 5o.- El Sistema tendrá como pilar básico, el concepto científico de atención integral de la salud, que armoniza como un todo, las funciones de protección de la salud, prevención de la enfermedad, curación y rehabilitación del enfermo, y lo incorpora como estrategia capaz de controlar las causas bio-socio-económicas y culturales de la enfermedad.
Artículo 6o.- El Estado es responsable de mantener la igualdad de los deberes y derechos de los ciudadanos para lo cual desarrolla el Sistema, como ente integrador y regulador de las instituciones y servicios con el fin de establecer una cobertura integral de la salud, que dé a todos los individuos la posibilidad del pleno acceso a los recursos del mismo.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACION DEL SISTEMA
Artículo 7o.- Serán incorporadas al Sistema, a más de lo establecido en el Artículo 4o. de la presente Ley, otras nuevas formas de prestaciones de servicios de salud creadas o a crearse, para lo cual deberán estar acreditadas, según las normas vigentes.
Artículo 8o.- El Sistema da plena vigencia al derecho a la salud mediante, la extensión de cobertura, facilitando la accesibilidad, eficiencia y calidad, sin discriminación para lo cual implementa:
a) La coordinación de todas las acciones de los organismos y servicios del Sector Salud, con las otras áreas y sectores del gobierno y fuera de él;
b) Un sistema de atención médica que garantiza equidad, eficiencia y eficacia, y que optimice el uso de los recursos disponibles;
c) Asistencia técnica a institutos y servicios de salud públicos, privados o mixtos y de las universidades, así como de seguros de salud públicos, privados o mixtos para el diseño de organización y funcionamiento de los recursos de salud en sistemas abiertos, teniendo como mecanismo administrativo básico, la descentralización de funciones y responsabilidades a través de redes regionales y locales, con el fin de garantizar la accesibilidad, la coordinación y la complementación de los servicios.
La asistencia técnica se regirá por un reglamento elaborado por el Comité Ejecutivo del Sistema y se hará a solicitud de las instituciones del sector;
d) La redefinición de rol del Hospital Público para la atención médica integral, docencia e investigación en salud que le son propias.
Los programas y normas serán elaborados por el área técnica respectiva del Sistema, y debidamente aprobados para su vigencia en los niveles de complejidad adecuados de servicios;
e) Mecanismos de incorporación de las instituciones del sector salud, a la red del
Sistema, para la acreditación de acuerdo a las normas técnicas administrativas y operativas que se establezcan según el nivel de complejidad que le corresponda;
f) Estrategias y programas de atención primaria de la salud, como base fundamental de extensión de cobertura a toda la población urbana y rural;
g) Mecanismos de desarrollo y fortalecimiento de Sistema Locales de Salud (SILOS), mediante la reglamentación e implementación de una descentralización financiera y operacional eficiente y conveniente para el país; y,
h) La institucionalización del método de Control Total de Calidad (C.T.C.) en todos los servicios del Sistema.
Artículo 9o.- El Sistema debe erradicar, evitar o disminuir los riesgos de enfermar y morir, mediante acciones sanitarias sostenidas y concertadas, entre instituciones sectoriales, extra sectoriales, gubernamentales y no gubernamentales, preferentemente dirigidas a poblaciones de mayor pobreza estructural y a aquellas de máximo riesgo, todo esto mediante:
a) Promoción y estímulo a la investigación socio-epidemiológica con el fin de conocer el estado de salud de la población, las necesidades insatisfechas y la demanda oculta de atención médica y sanitaria;
b) Campañas nacionales destinadas a prevenir, controlar o erradicar enfermedades endémicas y epidémicas con trascendencia social;
c) Programas de protección y prevención de riesgos dirigidos a los grupos vulnerables;
d) Estimulo y desarrollo de la investigación y producción de agentes biológicos y farmacológicos destinados a prevenir y tratar patologías prevalentes; y
e) Coordinación y participación con otras instituciones en las tareas de conservación y mejoramiento del ambiente, programas de saneamiento y equilibrio ecológico tendientes a mejorar el nivel de salud y la calidad de vida de la
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