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Sentencias Judiciales

cirzz20 de Agosto de 2014

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La sentencia y su clasificación

1. Introducción

2. Importancia

3. Concepto

4. Clasificación de la sentencia

5. Sentencias Declarativas y Constitutivas

6. La Fuerza Probante de la Sentencia

7. Conclusión

8. Bibliografía

Introducción

La presente investigación, sobre la sentencia, se adecua a los requisitos exigidos por la alta casa estudios.

Este tema, se desarrolla con el interés de que el mismo sirva de aporte al conocimiento nuestro, así como de los demás colegas y que sirva además, como paso para obtener la meta alcanzada.

Entre los métodos específicos que se han de utilizar en la investigación acompañados de diversas técnicas y procedimientos, se encuentran los de consultas de diversos autores como el Dr. Artagnan Pérez Méndez, en su obra, Procedimiento Civil además del Código de Procedimiento Civil Dominicano y el Vocabulario Jurídico entre otros.

Dentro de lo que es la estructura formal del trabajo, se establecen las Clasificaciones de las Sentencias, su Redacción y pronunciamiento, su Publicidad y Notificación, y por último su Ejecución.

Nuestro interés sobre este tema es para con ustedes es que sepan que el sentido de la Sentencia es la decisión vendida para terminar un juicio o la que interviene en el recurso de la instancia.

Importancia

El interés de los autores del presente trabajo de investigación bibliográfica es presentar de manera precisa y concisa, dentro de lo posible y de acuerdo a las fuentes disponible e investigadas, la gran relevancia que presenta la sentencia en un juicio, el gran interés que tiene la sociedad sobre y quien la dicta.

Trataremos el tema de la sentencia la sentencia que declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla, además trataremos su clasificación.

Planteamiento

Es de conocimiento generalizado que la sociedad, tiene en su diario vivir de nuestra vida tenemos conflictos entre sí llevando antes los tribunales, teniendo así una decisión llamada sentencia.

Para esto la sentencia es para condenar a unas de las partes que se presenta ante los tribunales, buscando una solución a su problema, estando esta solución en manos de los jueces.

Propósito de la investigación.

Analizar la sentencia las sentencia y su clasificación.

Dentro de los objetivos específicos perseguidos por los autores del presente trabajo, están son los siguientes:

A) Dar a conocer la clasificación de la sentencia.

B) informar la ejecución de la sentencia.

C) explicar los requisitos de la misma.

Concepto

Sentencia judicial

La sentencia es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, o causa civil.

La etimología de la palabra sentencia viene del verbo Sentir, esto refleja lo que el juez siente, lo que el tribunal siente con relación al problema que se ha planteado. La sentencia contiene una estructura, es un juicio a manera Aristotélica, es decir, la Premisa mayor que es el caso concreto y la conclusión, que es el sentido de la sentencia.

La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla.

Se dicta sentencia como culminación del proceso, al término de la primera y de la segunda instancia, en los juicios escritos de doble instancia, y al terminar el proceso en sola instancia por el tribunal de instancia única, y al culminar las que recaen, cuando corresponde el recurso extraordinario, elevado por razones de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.

Clasificación de la sentencia

1.2 Sentencias contradictorias y en defectos.

La sentencia es contradictoria cuando han comparecido tanto el demandante como el demandado.

La sentencia es en defecto, cuando no ha comparecido una de las partes, normalmente el demandado, pues al menos, en materia civil ordinaria, de la competencia del Juzgado de Primera Instancia se considera que el demandante comparece desde que lanza el acto de emplazamiento.

La sentencia en defecto, bajo ciertas condiciones, es susceptible de ser atacada por medio del recurso de oposición. Las Sentencias contradictorias, rendidas en primera instancia, son impugnables por vía de apelación.

1.3 Sentencia en primera y última instancia.

Cuando un asunto puede recorrer dos grados, la sentencia se rendirá en primera instancia en el primer grado y en última instancia, cuando se haya dictado en el segundo grado.

La sentencia dictada en segundo grado se le conoce también como sentencia en última instancia, porque no puede recorrer más grados, con excepción de la casación, que no es un tercer grado de jurisdicción, sino un recurso sui generis.Cuando la sentencia no es susceptible de apelación se dice que es dictada en instancia única.

Sentencia definitivas.

Esta es la que decide todo el proceso o una fase del mismo. En el curso del proceso se puede solicitar medidas de instrucción o se pueden presentar diferentes incidentes. Las sentencias que se pronuncian en ocasión de los incidentes del procedimiento son definitivas. Una sentencia que acuerda daños y perjuicios a justificar por estado, cuando contiene juicio sobre la falta, el perjuicio y la relación de causa a efecto, es sentencia definitiva.

También se considera sentencia definitiva la que rehúsa ordenar una prueba solicitada por una de las partes. Se considera también como definitiva la sentencia que niega una medida de instrucción. .

Las sentencias definitivas producen los siguientes efectos: 1° tiene autoridad de cosa juzgada; 2°desapoderan al juez en relación a lo fallado; 3°pueden impugnarse por la vía de recurso procedente.

Conviene distinguir las sentencias definitivas de las irrevocables. La sentencia definitiva puede retractarse por el ejercicio de un recurso mientras que las sentencias irrevocables son todas aquellas que no pueden revocarse ni retractarse. Cuando una sentencia es rendida en instancia única es a la vez definitiva e irrevocable.

Sentencia previa.

Las sentencias previas son llamadas sentencias de antes de hacer derecho. Son rendidas antes de decidirse el fondo. Se dictan en el curso del proceso o en ocasión de una medida de instrucción o de una medida de provisional.

La sentencia previa se divide.

Es preparatoria

Es preparatoria la sentencia que ordena una comunicación de documentos. Por ende, no podría apelarse.

También se ha decidido que es preparatoria la sentencia que ordena la comparecencia personal de las partes. Es igualmente preparatoria la sentencia que dispone aportar documentos de carácter procesa.

Es preparatoria la sentencia que ordena una información testimonial, la que ordena la reapertura o continuación de debates y la que reenvía una causa.

Es preparatoria la sentencia que aplaza un fallo y también la que ordena pura y simplemente un descenso a los lugares litigios. En fin, es preparatoria toda sentencia dictada para sustanciar la causa.

Sentencias interlocutorias.

Es aquella que el tribunal pronuncia en el discurso de un pleito, antes de hacer derecho, ordenando prueba, verificación o trámites de sustanciación que prejuzga el fondo.

La sentencia que ordena un informativo y un contrainformativo para establecer la prueba contraria de los hechos alegados por unas de las partes es interlocutoria.

No tiene carácter interlocutorias las sentencias por las cuales el juez ordena de oficio y sin contradicción de las parte, medidas de instrucción.

Se considera interlocutorias las sentencias que rechazan el pedimento hecho por unas de las partes de alguna medida de instrucción, porque la negativa del juez prejuzga el fondo.

1.5 Sentencias Provisionales

No resuelven el fondo del proceso en lo cual se distinguen de las definitivas. Su característica principal es que por medio de ellas de ordenan medidas urgentes.

Las medidas provisionales pueden adoptarse durante la instancia, por toda la duración de ésta a fin de proteger a una de las partes contra los perjuicios que se pueden derivar de la lentitud de la justicia; estas no tiene autoridad de cosa juzgada, por lo que las medidas ordenadas en ellas pueden revocarse ulteriormente por el tribunal apoderado.

1.6 La sentencia mixta

Es la que resuelve una parte de lo provisional y a la vez ordena una medida de instrucción o una medida provisional. Es decir que una sentencia mixta puede contener disposiciones de carácter interlocutorio y también definitivo. También tienen carácter mixto las sentencias que a la vez contienen disposiciones preparatorias e interlocutorias, ya que una misma decisión puede contener más de una disposición.

Según el profesor Froilán Tavares, las sentencias mixtas no pueden impugnarse por vía del recurso ni sobre los puntos interlocutorios ni sobre los definitivos.

Régimen de las Sentencias Mixtas: Conforme el criterio que predomina en los tribunales franceses, en lo relativo a la autoridad de la cosa juzgada de las sentencias mixtas, estas no tienen dicha autoridad, sino en lo que se refiere a lo que ha sido fallado definitivamente.

Por ejemplo, si el juez ordena una medida de instrucción, cuando el asunto vuelva ante ese mismo juez, este no puede insistir ni decidir nada en la parte del litigio que ya fue resuelta definitivamente.

Al contrario, la autoridad

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