Sindrome De Alineacion Parental
joseluis605815 de Julio de 2014
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El síndrome de alienación parental: una forma de maltrato infantil
The parental alienation syndrome: a way of mistreatment on children
C. Segura1, MJ. Gil2 y MA. Sepúlveda3
1 Licenciada en Psicología. Experta Universitaria en Criminología y en Mediación y Orientación Familiar. Coordinadora de Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
2 Licenciada en Psicología. Experta Universitaria en Mediación y Orientación Familiar. Psicóloga de Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
3 Especialista en Medicina Legal y Forense. Experta en Mediación y Orientación Familiar. Supervisora del Programa Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
Correspondencia
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RESUMEN
El modelo tradicional de familia ha sufrido grandes cambios en los últimos años existiendo en las últimas décadas un gran incremento de separaciones y divorcios. Es importante garantizar el derecho fundamental de los/as menores a relacionarse adecuadamente tanto con su padre como con su madre manteniendo todos sus vínculos. Sin embargo, hay situaciones en las que existen obstaculizaciones por parte de uno de los progenitores a las relaciones de sus hijos e hijas con el otro progenitor que desembocan en el Síndrome de Alienación Parental, una de las formas mas sutiles de maltrato infantil, casi desconocida hasta ahora, pero que está cobrando vigencia día a día y que produce un grave daño en el bienestar emocional y en el desarrollo de los menores que lo sufren.
En este trabajo se estudia el Síndrome de Alienación Parental como forma de maltrato infantil y se exponen algunas de las conductas maltratantes por parte de las personas que lo ejercen. Finalmente, se presentan dos casos extraídos de la práctica del Servicio Punto de Encuentro Familiar de Sevilla, donde se detecta la existencia de este síndrome, y se analizan las consecuencias psicopatológicas que estas situaciones desarrollan en la infancia así como las vías de intervención.
Palabras clave: Divorcio, Punto de Encuentro Familiar, Síndrome de Alienación Parental, Maltrato Infantil.
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ABSTRACT
The traditional model of family has suffered in the last years important changes and a great increase of splitting and divorces have been produced. It's important to guarantee the fundamental right of children to be related adequately with both parents, mother and father, keeping on all their affective attachments. However, sometimes one of the progenitors hinders the relationship among the other one with their children, and it leads to the Parental Alienation Syndrome, one of the most subtle ways of mistreatment in children, almost unknown up to now, although it is getting transcendence since it produces an important damage in the emotional welfare and the development of children affected.
Parental Alienation Syndrome is presented in this paper as a way of children abuse and some kind of mistreating behaviours, psychopathological consequences on childhood and the ways to intervene are exposed. Two cases taken from our experience in the Familiar Meeting Point Service of Seville, where the existence of this syndrome has been detected, as well as the ways of intervention are also presented.
Key words: Divorce, Familiar Meeting Point, Parental Alienation Syndrome, Children Mistreatment.
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Introducción:
La infancia es la etapa más bella de la evolución hacia la madurez, en la que existe una gran vulnerabilidad que debe ser protegida. Se considera que la familia es la primera fuerza (en el tiempo y por su trascendencia) que interviene modulando las experiencias infantiles determinando conductas y participando en la personalidad progresiva [1], es en ella donde nos tenemos que centrar para dar explicación a las conductas y comportamientos de nuestros menores.
El modelo tradicional de familia en los últimos años ha sufrido grandes cambios, tanto en sus estructuras como en sus interacciones, existiendo en las últimas décadas un enorme incremento de separaciones y divorcios, que hacen necesaria la creación de instrumentos procesales por parte del ordenamiento jurídico. Así, la legislación ha tenido que ir adaptándose a las nuevas realidades familiares y ha tenido que regular las relaciones entre los hijos de padres y madres separados. A través del articulo 94 del Código Civil Español se establece que "el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores o incapacitados gozará del derecho de visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía; el Juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho, que podrá limitar o suspender si se dieren graves circunstancias que así lo aconsejen o se incumplieren grave y reiteradamente los deberes impuestos por resolución judicial".
Sea cual fuere el miembro de la pareja (madre o padre) con quien conviva el niño se ha de garantizar la relación con ambos tras la separación; los regímenes de visitas tienen varias e importantes funciones psicológicas para el desarrollo de la infancia [2]; las visitas protegen los derechos del menor de acceso al progenitor no custodio, al igual que los de este último; así mismo, se protege el vínculo emocional entre el niño y sus progenitores, ya que se le proporcionan modelos de rol alternativos y, por último, se permite al progenitor custodio que descanse de su responsabilidad en la crianza.
El problema surge no por el hecho de que los padres, responsablemente, decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hacen partícipes a sus hijos e hijas de los conflictos que ha generado la separación. Entonces los niños se ven inmersos en los problemas de los adultos, tomando partido en el conflicto, pasando a formar parte de los bloques enfrentados, y reproduciendo las disputas de los mayores. En estos casos, la opinión de los menores estará mediatizada, en mayor o menor grado, por el problema en el que están inmersos y por las presiones que están recibiendo. En determinados casos, es fácil apreciar como el niño adquiere un papel protector del progenitor al que siente como más débil, "el perdedor o el abandonado", ejerciendo una función defensora que no le corresponde. Esta función puede llevarle incluso a rechazar cualquier contacto con el otro progenitor, justificando su postura ante todas las instancias que le pide explicaciones, incluido el Juez. Por otra parte, los menores envueltos en una situación de ruptura familiar conflictiva sufren una aguda sensación de shock, de miedo intenso, teñido todo ello por un sentimiento de profunda confusión [3], con consecuencias negativas a nivel psicoemocional y conductual [4,5,6]. Estos menores presentan, con frecuencia, sentimientos de abandono y culpabilidad, rechazo, impotencia e indefensión, inseguridad, así como estados de ansiedad y depresión y conductas regresivas, disruptivas y problemas escolares [7].
Esta sintomatología puede verse incrementada al ser presionado para participar en actos legales derivados del conflicto de separación, pasando a formar parte de la propia disputa en la medida en que sus sentimientos son utilizados como argumentos o armas arrojadizas. Los padres pueden tomar al pie de la letra esta negativa expresada y utilizarla para descalificarse mutuamente, e incluso pueden decidir llevar a su hijo delante del Juez para que este también pueda escucharle y valorar si es influencia de uno o, por el contrario, la ineficacia del otro, lo que motiva dicha actitud. La persistencia del conflicto, especialmente cuando las disputas se pretenden resolver judicialmente, produce un agotamiento mental de quien se encuentra inmerso en él, disminuyendo la capacidad atencional para responder de manera efectiva y adaptada a las demandas propias y del entorno, repercutiendo negativamente en la capacidad de detectar y satisfacer las necesidades de sus hijos, especialmente las emocionales. Sin duda alguna los procedimientos contenciosos generan un estrés en los progenitores y en los hijos e hijas que repercuten negativamente en el equilibrio emocional de todos ellos, y que llega a ser de tal magnitud que las necesidades infantiles quedan relegadas a un segundo plano, pudiendo llegar a constituir un factor de riesgo de enfermedad mental en la infancia.
Por hacernos una idea de la magnitud del problema, en España en los años 2003 y 2004 hubo 188.824 y 205.520 Procesos de Familia de los cuales 53.895 en 2003 y 58.542 en el año 2004 fueron de tipo contencioso [8].
Dentro de los conflictos más frecuentes que surgen, y a veces de más difícil solución judicial, son los relacionados con el cumplimiento del régimen de visitas. En este contexto surge como solución alternativa el Programa Punto de Encuentro Familiar, como un lugar neutral, destinado a facilitar el cumplimiento de las medidas acordadas por los Juzgados de Familia y otras instituciones como la Administración Autonómica, respecto al ejercicio del derecho de visita o relación entre el/la menor y sus familiares, dotados de profesionales que actúan interviniendo sobre las familias desde distintas esferas psicosociales. En el Punto de Encuentro se realizan las visitas de los casos derivados judicialmente y a su vez se ejecuta un programa de orientación e intervención familiar individualizado, adecuado a la problemática de cada caso.
El problema más importante y frecuente detectado en los Puntos de Encuentro, tanto de España y resto de Europa como de Estados Unidos y Canadá, por la frecuencia que se produce y por sus graves consecuencias para la necesaria relación del niño con el progenitor sin la custodia, es el de las interferencias en las visitas por parte del progenitor
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