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TEMA 4.2 ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA


Enviado por   •  18 de Febrero de 2020  •  Apuntes  •  885 Palabras (4 Páginas)  •  200 Visitas

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TEMA 4.2

ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA

SUPUESTO DE HECHO Y CONSECUENCIA JURÍDICA

Si se da X (supuesto de hecho) es consecuencia que se de la consecuencia Y (la consecuencia jurídica).

Ej: Si el individuo ha cumplido 18 años de vida entonces es mayor de edad.

Para comprobar si ha ocurrido o no esto, es necesario calificarlos jurídicamente. El juez dicta en que molde va, es decir si es una asesinato, obligatoriamente el juez tiene que hacer derivar la consecuencia jurídica que marque la norma. El juez lo que no puede es estar suponiendo indefinidamente, tiene que decidirse.

El juez tiene que interpretar los artículos con muchos otros más, ya que hay muchos mas artículos que exigen agravantes, eximentes, atenuantes(afectos del alcohol). El juez lo interpreta todo sistemáticamente, todo junto.

TIPOS DE NORMAS SEGÚN LOS ELEMENTOS DE LAS NORMAS JURÍDICAS

CARÁCTER

Las normas también tienen carácter y en función del mismo las podemos clasificar en prohibiciones, obligaciones y permisos.

CONTENIDO

El contenido de la prohibición de fumar, el contenido es la acción, prohibida obligada o permisiva. A veces no esta claro, es difícil saber que nos esta prohibiendo o obligando, como se cumple la disposición que dice que todos tienen derecho a la vida.

CONDICIÓN DE APLICACIÓN

Son las circunstancias que tienen que producrise para que pueda realizarse el contenido de la norma. Puede estar manifestada en la propia norma, en que circunstancias se tiene que cumplir. En el caso que alguien asesine esa norma se tiene que aplicar obligatoriamente. A veces esa norma se omite, ej: si llueve cierra la puerta, pero puede estar omitido, cierre la puerta.

Categóricas: No tiene condición de aplicación. Siempre se tiene que cumplir, las religiosas (no matar, amar a tus semejantes, no robar). Obligación perenne, no tiene que darse.

Hipotéticas: Cuando las normas solo se aplican en determinadas circunstancias. En caso de guerra, atentado terrorista, si roba.

AUTORIDAD

La autoridad normativa es quien dicta, quien la hace, quien la emana, quien hace la norma, La gente que emite o dicta la norma.

Es característica del derecho que las normas jurídicas sean impersonales, que no emanan de una voluntad particular, no las dicta nadie con nombre y apellidos (un monarca absoluto un dictador). Porque las normas pueden ser personales o impersonales, en derecho son impersonales no puedes señalar a quien promulga la norma. En cambio un mandato, una prescripción sí, el atracador es una persona con nombre y apellidos. La excepción seria la sentencia, ya que es el juez quien la dicta, a pesar de que el lo único que hace es interpretar esa ley, que han hecho los representantes

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