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Tecnica Juridica


Enviado por   •  11 de Octubre de 2014  •  11.516 Palabras (47 Páginas)  •  171 Visitas

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La Técnica Jurídica

“Teoría de la Técnica Jurídica”

Aclaración Previa

Como se ha explicado, el derecho es un objeto cultural y por lo tanto obra del hombre; en EFECTO , son los hombres los que dictan las normas que han de regir la convivencia y también los que las aplican. Ahora bien, como toda actividad humana, la formulación de normas jurídicas y su aplicación a los casos concretos, puede también ser tecnificada, es decir, guiada por una serie de reglas que prescriben un conjunto de procedimientos especiales, cuya observancia permite un trabajo bien organizado y asegura RESULTADOS más fructíferos. Resulta pues indudable, la necesidad y ventajas de una buena técnica jurídica.

La técnica y la práctica jurídica

No debe confundirse la Técnica con la Práctica Jurídica (también llamada por algunos judicial, aunque en realidad, ésta es sólo uno de sus aspectos), puesto que práctica, en GENERAL , es “el conjunto de conocimientos empíricamente adquiridos y aplicados a la realización material de las distintas actividades u operaciones de cualquier profesión u oficio”.

Conviene aclarar un poco más este aspecto conceptual, para evitar mal entendidos. En efecto, la técnica tiene ALGO de científico y algo de práctico.

a. De científico, porque todo CONOCIMIENTO técnico, en el auténtico sentido de la palabra, presupone por lo menos el conocimiento de ciertos principios generales referentes a la ciencia respectiva y,

b. Algo de práctico, pues por tratarse de la realización del fin perseguido que, en nuestro caso, es la realización del derecho.

Reglas, Técnicas y NORMAS Jurídicas

Una regla TÉCNICA por la circunstancia de haber sido incorporada a un régimen jurídico, no deja de ser técnica, pues la calificación del técnica jurídica depende DEL PUNTO de vista que nos coloquemos, en efecto si atendemos a la realización del fin concreto, la calificaremos técnicamente buena o mala y por su parte, si la encaramos desde el punto de vista de la interferencia intersubjetiva de las conductas (en cuanto a otro sujeto, ej. exigir tal PROCEDIMIENTO técnico), dicha norma será jurídica y nos permitirá establecer si tal o cual técnica es licita o ilícita. Del mismo modo, una determinada técnica quirúrgica puede ser considerada a los efectos de saber si es lícita o ilícita, por que como es lógico, podría prohibirse la técnica determinada.

Concepto: Entiendo por Técnica en General, el conjunto de procedimiento que siguen para llegar a un objetivo dado, es decir, para realizar un fin concreto.

Relación de la técnica jurídica con la Ciencia del Derecho

Enfoque filosófico de la técnica jurídica: como corresponde a la filosofía, se encara la técnica en su dimensión más amplia, razón por la cual no corresponde estudiar la técnica jurídica propia de tal o cual derecho. Este aspecto queda para la Ciencia Dogmática

Medios Técnicos – Jurídicos

El contenido de la técnica jurídica abarca una serie de medios técnicos, que han sido divididos en formales y sustanciales. Los sustanciales son llamados así porque se refieren más bien a la sustancia o contenido de las normas jurídicas, pero sin dejar por ello de ser medios técnicos.

1. Lenguaje: Toda ciencia tiene un vocabulario propio, tanto más rico cuando más evolucionada está y lo mismo pasa con las Ciencias Jurídicas, porque es evidente la necesidad de una terminología ad hoc que responda a sus necesidades. “Cuando hablando en general, Condillac afirmó que la ciencia era sólo una lengua bien hecha, deseaba destacar cuánto significaba la adecuada ADOPCIÓN y el empleo de los términos técnicos”.

Hasta aquí se ha hecho referencia al lenguaje técnico - jurídico en general, pero PODEMOS enfocar concretamente algunas de sus manifestaciones. Veamos las siguientes:

A. Vocablos

a) En primer término, las Ciencias Jurídicas, como sucede con todas las DISCIPLINAS científicas, tienen palabras propias. Por ejemplo: hipoteca, debentures, protocolización, warrant, etc.;

b) Además, la nomenclatura jurídica registra muchos vocablos del lenguaje común, pero asignándoles un significado estrictamente jurídico. Por ejemplo: cosa, servidumbre, fundación, prescripción, habitación, etc.

B. FÓRMULAS

Son también numerosas y muchas de ellas se conservan por la fuerza de la tradición. Por ejemplo: “hágase saber”, “ante V.S. como mejor convenga en derecho me PRESENTO y digo”, que suele emplearse al comienzo de escritos judiciales “será justicia”, que se agrega al final de los mismos, etc.

Estas expresiones solemnes han perdido terreno en el derecho actual. Dice al respecto Martínez Paz: “En la vida moderna parece más BIEN QUE las fórmulas jurídicas tendieran a desaparecer, es raro el caso, como el de la celebración del matrimonio, en que se conserve la fórmula en su estricto sentido, en el que es necesario pronunciar determinadas palabras para que el acto alcance validez legal; se explica que este rigor de la fórmula deba ceder ante el principio que reconoce que la fuerza jurídica de los actos viene tan solo del poder de la voluntad individual que los crea. En Roma, por el contrario, las fórmulas ocupaban en la vida del derecho un amplio campo; bastaría recordar las acciones que protegían los derechos, que en su totalidad estaban aseguradas por el empleo de fórmulas sacramentales; este modo correspondía ciertamente a una condición primitiva en la que se trataba de despertar un estado de conciencia por la repetición de formas exteriores”.

Aforismos y Sentencias

Son muy comunes, tanto en los libros jurídicos como en los escritos forenses. Entre ellos abundan los procedentes del Derecho Romano, que suelen enunciarse en latín. Por ejemplo: ad referéndum, ad probationem ubí ex non distinguid, nec nos disringuere debemus, ubí societas, ibi jus, surmmun jus, summa injuria, etc. Además, hay otros que se enuncian en castellano, COMO POR ejemplo “a confesión de parte revelo de prueba”; “lo que no está prohibido está tácticamente permitido”;

Estilo

Además de emplearse las palabras como precisión, sobre todo cuando sean equívocas, es necesario ajustarse a un estilo sencillo, claro y CONCISO . Esta exigencia,

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