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Titulos Y Valores


Enviado por   •  13 de Diciembre de 2012  •  6.606 Palabras (27 Páginas)  •  298 Visitas

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TITULOS VALORES

Literalidad, necesidad, autonomía: atributos de los títulos valores.

Análisis de la jurisprudencia de las cortes constitucional y suprema de justicia colombianas 1992-2008*

1. LOS TÍTULOS VALORES

La teoría general de los títulos valores ha atribuido a éstos el carácter de bienes muebles; pero debe recordarse que ellos son muebles de naturaleza diferente de la de un mueble ordinario, en el cual hay una unidad en sustancia y forma. En el título valor se configura un mueble cuando se incorporan en una materialidad unos requisitos que son presupuesto de existencia de cada título valor. La materialidad, normalmente un pedazo de papel, cuya función total es ser papel, se transforma en ese mueble especial llamado título valor. Éste se caracteriza porque la forma, el bien mueble, el cual puede llamarse el continente, no deriva un valor transaccional de sí mismo sino del hecho de que él contiene un derecho, el cual viene a ser el contenido.

Ese derecho, como se acaba de expresar, se configuró cuando en el papel se incorporaron unos requisitos precisados por la ley como suficientes para delinearlo. Existe una razón de índole económica para tratar el título valor como bien mueble: permitir que pueda ser objeto de transacciones, esto es, que circule como si fuera mercancía. Pero esa circulación no se basa en el valor que tiene la forma como tal, sino en el hecho de que de ella se extrae un contenido (la suma de dinero, los bienes que se pueden reclamar o los derechos de participación y que constituyen una obligación, un compromiso personal, que se objetiva en el título). Esto marca la diferencia que existe entre el bien ordinario que tiene valor en sí mismo y el bien llamado título valor, cuyo valor –el derecho– depende de la persona deudora contra la cual se va a reclamar.

Ocurre que mientras el título valor está vigente, esto es, no se ha hecho exigible, la obligación contenida en él (o el derecho que se puede reclamar de él) está objetivada y, por ello, lo que se negocia es el título mismo. Vencido el título, la ley, sin desconocer la existencia de él, desobjetiva la obligación y empieza a darle preponderancia a la relación obligacional que constituye el contenido de aquél. Debido a esta forma especial de ser de este mueble y a la necesidad de que como tal circule, pueda ser transado o negociado,

confianza que pueda suscitar un bien de esa clase, la ley lo tuvo que revestir de ciertos atributos, los cuales, al fundir en una sola entidad contenido y continente, otorgan protección adecuada a los eventuales adquirentes del título.

Estos atributos son la literalidad, la necesidad y la autonomía; se enuncian en el artículo 619 del Código de Comercio2 y son precisados en los artículos 624, 626 y 627. Se propone, en este escrito, exponer dichos atributos acorde con la legislación comercial colombiana, para luego analizar la manera como han sido interpretados y aplicados por las altas cortes colombianas.

El ambiente natural de discusión de problemas relacionados con títulos valores y, específicamente, con los atributos de literalidad, necesidad y autonomía, son los juzgados de instancia y los tribunales de apelación, pues los procesos ejecutivos dentro de los cuales se hacen efectivos los títulos valores no son susceptibles de recurrirse en casación. Allí deberían buscarse las aplicaciones e interpretaciones jurisprudenciales que se les haya dado a aquéllos. Esta investigación, no obstante, se concentró en las decisiones de las altas cortes nacionales: la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, a pesar de que los temas de derecho

cambiario llegan a ellas por vías anormales, en fallos de tutela y de revisión de constitucionalidad en la Corte Constitucional, y en discusiones sobre asuntos cambiarios en procesos ordinarios que se revisen en casación ante la Corte Suprema de Justicia.

1 “Una de las materias reguladas en dicho Código [se refiere al Código de Comercio colombiano] es la atinente a los títulos valores, bienes mercantiles regulados por el Código en su libro tercero. Como es bien sabido, éstos constituyen en sí mismos un derecho distinto a los propios de la relación contractual que les dio origen. Una de sus principales funciones es la de brindar seguridad jurídica al acreedor. La seguridad jurídica cobra una importancia particular al tratarse del cheque, no sólo por la cantidad de cheques que se emiten y circulan diariamente, en comparación con otros títulos valores, sino porque, al ser un instrumento de pago, que sirve de reemplazo al dinero en efectivo, es de uso generalizado en ámbitos que rebasan el del gremio de comerciantes” (Sentencia C-451 de 12 de junio de 2002).

2 Cuando no se indique otra referencia, todos los artículos que se mencionan en el texto son del C. de C. colombiano.

Literalidad, necesidad, autonomía: atributos de los títulos valores.

Análisis de la jurisprudencia de las cortes Constitucional y Suprema de Justicia colombianas 1992-2008

El tratamiento del problema en las cortes de apelación habría conllevado un estudio más amplio que las pretensiones de este trabajo, lo cual implicaría, debido a la falta de sistematización completa de estas decisiones, un trabajo de campo de varios años para poder al menos pretender tomar una muestra significativa en diferentes regiones del país.

La metodología de selección de sentencias que se evaluarían consistió en revisar, para el caso de la Corte Constitucional, las normas sobre títulos valores, contratos mercantiles y obligaciones que han sido atacadas por inconstitucionales y que tocan directamente con los atributos y las funciones económicas o jurídicas que cumplen los títulos valores. La búsqueda se orientó, también, a identificar sentencias de tutela en las que los hechos narrados por los accionantes tuvieran relación con la creación, emisión, transferencia y pago de títulos valores. En cuanto a la Corte Suprema de Justicia, el criterio de búsqueda se orientó hacia sentencias de casación sobre decisiones en procesos de conocimiento que involucraran problemas relativos a la definición de título valor, sus atributos y la función que ellos cumplen en la economía.

El propósito, entonces, es mostrar los apartes más relevantes de cada decisión, en cuanto al tema de estudio, y establecer, mediante un análisis comparativo, los eventuales conflictos o fricciones entre las definiciones de la doctrina

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